Boletín 111 | Breve y sin objeciones proceso de los 104 elegibles al CNE

Primera quincena, agosto de 2023

Quedan dudas abiertas del procedimiento que recién terminó el Comité de Postulaciones Electorales 2023. Por ejemplo, si informaron de manera oportuna la manera de ejercer el derecho ciudadano a objetar postulados. Al conocer los nombres de los nuevos rectores electorales, el país espera de la clase política gobernante señales de apertura, reconocimiento del otro, pluralidad y paz

La expectación política se posa, otra vez, sobre la Asamblea Nacional (AN). El poder público del Estado constitucionalmente facultado para designar rectores electorales tiene, por segunda vez en esta legislatura, una lista de elegibles a integrar el Consejo Nacional Electoral (CNE).

El trabajo del Comité de Postulaciones Electorales 2023 terminó de manera formal el pasado jueves, 10 de agosto, cuando en sesión ordinaria de la AN consignó a la plenaria la lista definitiva de 104 aspirantes al ente rector del Poder Electoral.

Repasemos, de entrada, qué es un Comité de Postulaciones Electorales. Se trata de una instancia, compuesta por 11 diputados y 10 representantes de sociedad civil, que tiene por objetivo convocar, recibir, evaluar, seleccionar y presentar ante la plenaria de la AN la lista de los candidatos calificados a integrar el CNE, de conformidad con lo establecido en la Constitución y en la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), de donde nos basaremos de aquí en adelante.

En esta oportunidad el proceso duró casi dos meses (56 días), desde que el 15 de junio se conformó la comisión preliminar de diputados, primer paso establecido en la norma. La vez anterior que se activó el comité, en 2021, el proceso se cumplió en poco más de tres meses, 99 días, entre el 19 de enero y el 27 de abril de ese año. ¿Por qué la brevedad de ahora? Revisemos.

El artículo 27 de la LOPE habla de las objeciones: “Luego de publicada la lista de postulados, la secretaría del Comité recibirá por escrito durante seis (6) días continuos las objeciones de acuerdo con el formato establecido por el Comité de Postulaciones Electorales”.

El artículo 28 se refiere a los descargos: “Al vencimiento del lapso contemplado en el artículo anterior, los postulados que sean objetados recibirán copia de las objeciones hechas en su contra, y se les concederán seis (6) días continuos para consignar sus descargos o argumentos en contra de las objeciones”.

Y el artículo 29 precisa cómo debe hacerse el envío de la lista de elegibles: “Vencido el lapso de descargos, en los dos (2) días siguientes, el Comité de Postulaciones Electorales conformará un único expediente por postulado, el cual contendrá todos los requisitos exigidos para la postulación; el perfil y criterio utilizado para la selección, así como las objeciones y descargos, si existieren. Una vez cumplido lo anterior, el Comité de Postulaciones Electorales enviará la lista de los seleccionados y sus expedientes respectivos a la plenaria de la AN”.

¿Cuándo transcurrieron las fases de objeciones y de descargos? ¿Dónde se publicó el formato establecido para las objeciones? ¿Cómo se comunicaron horarios y lugar para consignar las objeciones? No fue lo suficientemente informado a la opinión pública cómo, cuándo y dónde ejercer esta parte del proceso.

A falta de más información al respecto, supongamos que transcurrió en paralelo a las etapas de verificación de requisitos legales, evaluación de perfiles y celebración de entrevistas a los aspirantes. Si la lista de postulados se publicó el lunes 31 de julio, el jueves 10 de agosto apenas transcurría el día 11 de los 14 continuos que, sumando los lapsos de ley, necesita el comité para resolver las objeciones, los descargos y la conformación final de expedientes.

El 4 de agosto, con 121 aspirantes entrevistados, el comité concluyó la segunda fase de su trabajo. “El proceso de entrevistas inició con 132 postulados, de los 153 convocados, que se redujo al aplicar la revisión de credenciales”, informó una nota de la AN.

¿Cómo podían los ciudadanos ejercer objeciones sin la publicación de una segunda lista de esos postulados que seguían, y si se ignoraban públicamente los nombres de los 32 excluidos?

Por el contrario, si revisamos el proceso de 2021, que excepcionalmente contó con dos lapsos distintos de postulaciones bajo el alegato de la pandemia, tanto el 11 de marzo como el 10 de abril de ese año se publicaron en prensa las segundas listas de candidatos postulados que habían superado el proceso de evaluación. Las entrevistas habían terminado justo antes de esas fechas de publicación, y los lapsos de objeciones transcurrieron inmediatamente después de esas fechas de publicación. En la primera de esas tandas de postulaciones, por ejemplo, recibieron 46 y aceptaron 7 objeciones. En el Boletín OEV 62 documentamos una cronología con todo ese procedimiento.

El 10 de agosto de 2023 el comité entregó estas cajas rojas a la plenaria, contentivas de los 104 expedientes | Fotografía @Asamblea_Ven

El pasado 10 de agosto, mientras entregaba informe de gestión y expedientes a la plenaria, el presidente del comité, diputado Giuseppe Alessandrello (PSUV/La Guaira), hizo un alto para informar sobre este punto: “no se recibieron objeciones como tales”, dijo. Al comité llegó un ciudadano presentando un “reclamo” en torno a uno de los postulados. Lo analizaron y no encontraron pruebas fehacientes de cara a los requisitos de elegibilidad. Por eso lo descartaron.

Los próximos rectores electorales deben cumplir, entre otros, con requisitos como estos:

1. Ser venezolanos, mayores de 30 años y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos. Venezolanos por naturalización, deben haber transcurrido al menos 15 años de haber obtenido la nacionalidad.

2. Haber obtenido título universitario, tener por lo menos 10 años de graduado y haber estado en el ejercicio o actividad profesional durante el mismo lapso. Preferentemente, tener experiencia o estudios de posgrado en el área electoral o en materias afines.

3. No estar vinculado a organizaciones con fines políticos.

4. No haber sido condenado penalmente con sentencia definitivamente firme por la comisión de delitos en los últimos 20 años.

5. Quien ejerza la presidencia o vicepresidencia del CNE deberá ser venezolano por nacimiento.

En el proceso de 2021, la objeción más frecuentemente consignada fue la de aspirantes vinculados a organizaciones con fines políticos. En la lista publicada el pasado 31 de julio también aparecían nombres de postulados vinculados públicamente a partidos. El CNE y sus rectores, por principios constitucionales, deben ser independientes.

La fase final

Una vez recibida la lista definitiva de elegibles, el pasado jueves 10 de agosto se abrió un lapso de hasta 10 días continuos para que la plenaria de la Asamblea Nacional designe y juramente a los nuevos rectores electorales. Antes del 19 de agosto en el hemiciclo se conocerán 15 nombres: los de cinco rectores electorales (principales) y 10 rectores suplentes.

Al día siguiente de esta muy próxima designación y juramentación, los rectores principales deberán realizar una sesión de instalación para elegir, de su seno, los cargos de presidente y vicepresidente, así como para conformar los tres órganos subordinados del CNE y la incorporación a estos órganos de tres de los rectores suplentes.

El mundo político se encuentra expectante, primero, a la decisión que comunique la plenaria de la AN y, a partir de su juramentación, al desempeño que muestren los nuevos rectores electorales.

Son altos el compromiso y la responsabilidad: el nuevo CNE deberá encarar el próximo ciclo electoral que comprenderá la renovación de todos los cargos de elección popular de la República en el bienio 2024-2025: un presidente de la República, 277 diputados a la AN (de mantenerse esta inconstitucional composición de escaños de 2020), 23 gobernadores, alrededor de 250 legisladores estatales, 335 alcaldes y casi 2.500 concejales municipales.

En el OEV hacemos votos por la designación del mejor CNE posible, fruto del diálogo político con todos los sectores del espectro partidista, sin exclusiones. El país espera de la clase política gobernante señales de apertura, reconocimiento del otro, pluralidad y paz.


Efecto UCV: autónomas se disponen a salir de la mora electoral

Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo | Fotografía de archivo

El reglamento transitorio que destrabó el conflicto político y permitió elecciones para renovar todas sus autoridades después de 15 años en la Universidad Central de Venezuela quedó sin efecto luego de la toma de posesión de las nuevas autoridades. Mientras la UCV piensa cómo estabilizar esta normativa a mediano y largo plazo, otras universidades públicas autónomas toman decisiones para también salir de la mora electoral en la que se encuentran sumidas.

UC: con fecha y cronograma

La más avanzada en este sentido es la Universidad de Carabobo (UC). La Comisión Electoral Universitaria (CEU) de esta casa de estudio publicó en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 700 de la UC el “Estatuto transitorio de elecciones”, de fecha 20 de julio de 2023.

La votación será el 29 de noviembre y, de ser necesaria una segunda vuelta, estaría prevista para el 6 de diciembre. Escogerán 18 cargos: rector, vicerrector académico, vicerrector administrativo, secretario, decanos y representantes profesorales ante el Consejo de Apelaciones de las siete facultades.

Como en la UCV, tendrán derecho al voto estudiantes de pregrado, personal docente, administrativo, obrero y egresados de pregrado de la UC, que estableció los mismos porcentajes de participación a cada sector que la Central, los cuales se calcularán sobre el número total de profesores votantes.

La UC también anunció el Cronograma para la Elección de las Autoridades Rectorales, Decanales y Consejo de Apelaciones, período 2023-2027.

Los egresados de pregrado pueden inscribirse, entre el 1 de agosto y el 15 de septiembre, en el registro convocado a través de la página web www.ceu.uc.edu.ve con el fin de que puedan participar en los comicios manuales de noviembre.

La UC no se embarcará en la misma megalección que la UCV. Han anunciado que en los próximos meses darán a conocer los cronogramas para las elecciones de representantes profesorales ante el Consejo Universitario, representantes profesorales ante los Consejos de Facultad y Consejos de Escuelas o afines y representantes estudiantiles.

La CEU está integrada por su presidenta, Evelin Ruiz; el vicepresidente William Guevara; el representante profesoral, William Aranguren; la representante de los egresados, Isabel Tibisay Gómez, y el representante estudiantil, bachiller Marlon Díaz.

ULA: hicieron consulta

La Universidad de los Andes (ULA) celebró el mes pasado una “consulta virtual al claustro”, a la cual estaban convocados 3.368 docentes, 15.908 estudiantes y 43 representantes de egresados. Preguntaron si estarían de acuerdo en ampliar los sectores que integran el padrón electoral de la ULA, con la finalidad de que puedan participar en las elecciones de autoridades rectorales y decanales los profesores instructores, empleados administrativos y obreros, tanto activos como jubilados.

La opción SÍ generó 823 votos, el NO 199 y hubo un voto nulo. Participaron 657 docentes (19,51 % de los convocados), 349 estudiantes (2.19 %) y 17 representantes de egresados (39,53 %), informó Prensa ULA.

La propuesta de reglamento electoral en la ULA quedó desde el 27 de julio en manos de una comisión designada por el Consejo Universitario, integrada por los profesores Luis Alfonso Rodríguez, Argimiro Castillo y Juan Carlos Rivero.

La representación estudiantil ante la Comisión Electoral fue designada el 1 de agosto. Los bachilleres Rafael Porteles, de la Facultad de Arte, y Álvaro Parra, de la Facultad de Ciencias, se integraron a la comisión.

LUZ: conformando comisión electoral

El Consejo Universitario de la Universidad del Zulia (LUZ) aprobó el 19 de julio la celebración de elecciones para renovar a las autoridades. La comisión electoral se definirá en septiembre. El Consejo Universitario no llegó a un consenso sobre todos los integrantes antes del actual receso docente, informó El Pitazo.

La rectora, Judith Aular, aseguró en entrevista a Aula Abierta Radio, el 27 de julio, que por mayoría absoluta decidieron acogerse al reglamento transitorio de la UCV (que habilita a votar al personal administrativo y obrero) tras una propuesta presentada por una comisión de juristas, que coordina la decana de Ciencias Jurídicas y Políticas, Diana Romero La Roche.

Luego de definida y aprobada la comisión electoral en septiembre, los representantes del Consejo Universitario estiman que en los seis meses siguientes -marzo de 2024- se deben celebrar las votaciones para elegir a las nuevas autoridades, indica la nota de El Pitazo.

Algunas voces han mostrado discordia con estas decisiones. El representante de la Asamblea Nacional ante el Consejo Nacional de Universidades (CNU), Lermit Rosell Puche, declaró a Últimas Noticias que “las universidades no deben aplicar el reglamento establecido por la UCV, sino buscar la paridad del voto que dice la Ley Orgánica de Educación”, se lee en nota publicada el 6 de agosto.


Primaria: los números del voto desde el exterior

Infografía de la Comisión Nacional de Primaria

Está definido el registro de los casi 400.000 electores que, desde el exterior, podrán ejercer su derecho al sufragio en la primaria presidencial opositora del 22 de octubre próximo.

Observado desde el punto de vista del ejercicio de derechos constitucionales, se puede prestar atención a la manera como el árbitro, la Comisión Nacional de Primaria, conformó este padrón. Sobre todo, en el contexto de la actual imposibilidad de millones de migrantes venezolanos en el mundo para inscribirse o actualizar su residencia en los consulados de la República.

Estos son los números que comunicó la CNP:

-En general:

397.168 electores en el exterior están habilitados para participar en este proceso.

-De ese total:

297.602 ciudadanos ya estaban inscritos en el Registro Electoral (RE) para votar dentro de Venezuela, y actualizaron sus datos en la plataforma en línea para poder sufragar en alguna de las 81 ciudades del extranjero en las que se habilitarán centros de votación.

-Además:

4.767 electores, que ya estaban inscritos para votar fuera de Venezuela, migraron a ciudades del extranjero distintas a las que aparecen en el RE exterior.

Y otros 9.125 electores actualizaron sus datos para votar en las mismas ciudades del mundo en las que ya están inscritos con el actual RE, de casi 108.000 venezolanos con derecho a voto fuera del país.

-También cuentan:

85.674 migrantes que no hicieron actualizaciones en la plataforma digital creada por la Comisión Nacional de Primaria. Ellos también podrán participar en esta elección, pues están inscritos en el RE y viven en ciudades habilitadas dentro de los 31 países en los que la oposición planea instalar mesas de votación.

¿Y cómo se comportó el proceso, por países?

Este es el top cinco de países con más electores inscritos:

1. Estados Unidos, con 96.333.

2. Chile, con 65.459.

3. España, con 55.482.

4. Colombia, con 50.557.

5. Perú, con 36.462.

Recordemos, para terminar, que esta actualización de datos no tiene efectos sobre el Registro Electoral del CNE. Una de las acciones apremiantes para los nuevos rectores será la apertura del RE no solo en Venezuela, sino en el exterior.


TSJ interviene el Partido Comunista y nombra junta ad hoc

Bandera del PCV | Fotografía de archivo

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) consumó la intervención del Partido Comunista de Venezuela (PCV), al nombrar una junta directiva ad hoc que reemplazará a sus representantes. La decisión está contemplada en la sentencia Nº 1160 de la Sala Constitucional, que declara procedente una acción de amparo constitucional mediante la cual se nombra una junta directiva ad hoc encabezada por Henry Parra, quien introdujo el recurso de amparo el mes pasado.

Esta junta ad hoc tendrá la responsabilidad de “organizar los procesos democráticos internos que garanticen los derechos de participación política de los asociados” del PCV.

Esta sentencia y el amparo introducido un mes antes se sustentan en denuncias de presunta exclusión y corrupción en el seno de la organización, emitidas bajo la vocería de Henry Parra, pese a que en noviembre de 2022 se llevaron a cabo elecciones en el partido.

No es la primera vez que el TSJ es utilizado como brazo ejecutor de la intervención de partidos políticos. El antecedente más claro ocurrió a mediados de 2020, cuando partidos de la oposición mayoritaria, e incluso oficialistas disidentes, fueron tomados con sentencias similares.

Así lo presentamos en nuestro informe preelectoral 2020:

Las decisiones del TSJ contra partidos políticos tomadas en el año 2020 | Infografía del OEV

Ni el presidente del PCV, Perfecto Abreu, ni el secretario general, Óscar Figuera, tendrán autorización para utilizar la tarjeta electoral de la organización ante el CNE, sino los representantes de esta junta ad hoc. (Con información de Tal Cual)


Recomendación al cierre

La campaña electoral de Ecuador enseñó uno de los peores rostros posibles de un ciclo electoral: el repudiable asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio, el pasado 9 de agosto. Villavicencio era candidato por el Movimiento Construye con un fuerte discurso anticorrupción. Tres semanas antes, el 23 de julio, el alcalde de la ciudad de Malta también había sido asesinado. Este 20 de agosto Ecuador celebra elecciones presidenciales y legislativas anticipadas. Con la tensión elevada por la violencia, se elegirá al presidente y a los 137 asambleístas que integran el parlamento. Siete candidatos presidenciales quedan en la papeleta electoral. Habrá observación electoral nacional e internacional. AQUÍ PUEDES VER las preguntas clave Y AQUÍ ACCEDER al especial de El Universo sobre este proceso.

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