Boletín 80 | El TSJ no ha cerrado la puerta del 21N

Primera quincena, marzo de 2022

La Sala Electoral y su Juzgado de Sustanciación aceptaron revisar las elecciones de dos alcaldías en Miranda, una alcaldía y algunos legisladores en el Zulia y la gobernación de Lara. Durante febrero resultaron admitidos cinco recursos contencioso-electorales; cuatro promovidos por opositores y uno por oficialistas. En paralelo, el Comité de Postulaciones Judiciales promete los nombres de los nuevos magistrados del TSJ antes de que termine marzo

Edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia en Caracas | Fotografía de archivo

Cuatro meses después de las elecciones regionales y municipales en Venezuela, en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) revisan cinco recursos contencioso-electorales relacionados con cargos sometidos a elección popular. Las respectivas sentencias corresponden tres a la Sala Electoral y dos a su Juzgado de Sustanciación. Aquí describiremos sus contenidos en orden cronológico.

El 16 de febrero la Sala Electoral publicó sus sentencias números 1, 2 y 3 del año 2022, mediante las cuales declaró la admisión de tres recursos contencioso-electorales interpuestos contra las elecciones del 21 de noviembre de 2021 en igual número de alcaldías del país.

Caso 1

En la sentencia número 1 la Sala Electoral admitió el recurso presentado por parte del excandidato del Gran Polo Patriótico (GPP) Luis Alberto Aponte León, contra la proclamación del opositor José Morales (FV, MAS, MUD y otros) al cargo de alcalde del municipio Carrizal en el estado Miranda.

El hoy alcalde Morales aventajó al oficialista por 107 votos, equivalentes al 0,59% de la votación, según resultados del CNE. El núcleo de esta reclamación, como se desprende de la sentencia, radica en que el oficialista considera que al ganador no le pueden adjudicar los votos de algunas tarjetas que le fueron computados, según su recurso, “de manera ilegítima” a Morales. Como la del MAS, que le aportó más de 2.000 votos al ganador.

Caso 2

La sentencia 2 admitió el recurso contencioso electoral presentado por el excandidato opositor José Luis Rodríguez (FV, MUD y otras tarjetas) a la alcaldía del municipio Guaicaipuro, en el estado Miranda, contra el hoy alcalde Farith Fraija, vencedor en ese cargo público.

El abanderado municipal del GPP ganó por 389 votos de ventaja, o el 0,44% de los sufragios. De nuevo tenemos acá un reclamo relacionado con el sistema de postulaciones, renuncias y sustituciones. En este caso, el opositor dice que no le sumaron los votos de cuatro partidos (MR, BR, Compa y Nuvipa) que, asegura, adhirieron a tiempo sus tarjetas a su candidatura. De los resultados del CNE se desprende que serían 558 votos, superiores a la actual diferencia.

Caso 3

La sentencia 3 de la Sala Electoral admitió el recurso presentado por el excandidato de la oposición José Luis Ferreira (MUD) contra la victoria del candidato del GPP Luis Caldera Morales, en el cargo de alcalde del municipio Mara del estado Zulia.

El oficialista se impuso por 2.055 votos (2,67%). En el escrito consignado ante el TSJ, el opositor Ferreira describe algunas irregularidades como “abusos cometidos por algunos coordinadores de centros de votación designados por el CNE”, que “una vez culminado el acto de votación, no imprimieron las respectivas actas de escrutinio para ningún cargo” en 16 mesas, que totalizan casi 12.000 electores y, finalmente, que hay una diferencia de 271 votos a alcalde en relación con las listas municipales.

¿Qué sigue con estos recursos? “A partir de estas admisiones, la Sala revisaría cada uno de los procesos electorales impugnados y, en consecuencia, podría declarar con lugar o no el recurso interpuesto en cada caso, pudiendo incluso ordenar la repetición de la elección”, explicó sobre este asunto la organización no gubernamental Acceso a la Justicia, mediante una #AlertaLegal del pasado 9 de marzo.

Expertos consultados indicaron que la admisión de estos recursos por parte del TSJ es para que haya un juicio; esto implica que deberán ser respetados y cumplidos los respectivos lapsos procesales y, luego, debería haber sentencia.

Lo deseable, consideramos en el OEV, es que el TSJ decida con la imparcialidad debida, ajustándose a las normas establecidas, sin que tengan lugar manejos políticos como los ocurridos en experiencias anteriores.

Recordaremos la reciente abrupta intervención del TSJ en la dilatada totalización, adjudicación y proclamación del cargo de gobernador de Barinas, no solo suspendiendo este proceso autónomo e independiente del CNE, sino ordenando una repetición de la elección e incluso inconstitucionalmente asignando la fecha de esa sobrevenida votación.

#EnContexto

En las sentencias 1, 2 y 3 la Sala Electoral ya declaró improcedentes las solicitudes cautelares que pedían una suspensión de efectos de la proclamación para estos cargos municipales, o bien efectuar una nueva totalización y sumatoria de votos.

Llama la atención que el mismo 16 de febrero la Sala Electoral, en su sentencia 4, declaró la improcedencia de una acción de amparo cautelar contra la adjudicación de Nidia Gutiérrez Pérez, antes candidata de la MUD y ahora alcaldesa del municipio La Cañada de Urdaneta del estado Zulia. En este caso que no revisará el TSJ la diferencia en la votación es de más de 5.000 votos, que se traducen en casi 20% de ventaja de la opositora sobre la oficialista Ana Bracho. El mandato de Gutiérrez “se mantiene en plena vigencia”, resolvió la Sala, tras comprobar que sí estaba habilitada y sin causas de inelegibilidad para optar al cargo (la oficialista afirmaba lo contrario).

Por su lado, el Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral emitió par de sentencias el 21 de febrero relacionadas con las elecciones regionales y municipales.

Caso 4

El excandidato a gobernador del estado Lara Henri Falcón interpuso recurso contencioso electoral contra la elección de gobernador de ese estado llevada a cabo por el CNE. En la sentencia 51, el Juzgado de Sustanciación admitió el recurso, y ordenó notificar a Falcón, al CNE y al Ministerio Público.

Igualmente, se acordó notificar del contenido del auto de admisión del recurso a los candidatos al cargo de gobernador del estado Lara. Asimismo, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara a los fines de que practique las referidas notificaciones.

Hasta acá, lo que se sabe de manera oficial de esta sentencia, puesto que al 12 de marzo todavía no había sido publicada en extenso.

¿Qué pasó en Lara el 21 de noviembre? Ganó el candidato del GPP Gustavo Pereira, con 261.192 votos (46,55%) mientras que el voto no oficialista quedó dividido entre Henri Falcón con 229.916 votos (40,98%) y Luis Florido con 41.977 votos (7,48%).

¿Qué dice Falcón? que las elecciones estuvieron viciadas y que se presentó un “fraude al elector” similar al que el TSJ afirma que ocurrió en el estado Barinas, donde uno de los candidatos (Freddy Superlano) estaba inhabilitado por la Contraloría; y, por lo tanto, no podía postularse. En el caso de Lara se refiere al exdiputado Luis Florido, ilustra una nota del portal Crónica.uno.

Lo que decidió el máximo juzgado ahora en febrero de 2022 es, hasta ahora, apenas revisar otro recurso del exaspirante a gobernador, luego de que el pasado 8 de diciembre ya la Sala Electoral había considerado que los casos de Barinas y Lara son diferentes.

Henri Falcón el 7 de diciembre de 2021 a las afueras del TSJ luego de interponer un primer recurso, que fue rechazado | Fotografía de archivo

¿Qué dice la sentencia de diciembre de 2021? “Del listado anexo al Oficio número 01-00-372 de fecha 31 de agosto de 2021, traído a los autos por la Contraloría General de la República y el Consejo Nacional Electoral, se encuentran habilitados para la inscripción o participación en el proceso electoral celebrado el 21 de noviembre de 2021, un conjunto de ciudadanos y ciudadanas, entre los cuales se identifica al ciudadano Luis Germán Florido Barreto (…) por lo cual, no observa la Sala condición alguna de inelegibilidad respecto del mencionado ciudadano, a los fines de su participación en la contienda electoral”, se lee en la sentencia número 81 de 2021.

Falcón indica, por su parte, que la Contraloría sí sancionó a Florido junto a un grupo de miembros de la anterior Asamblea Nacional y para ello esgrime una nota de prensa de febrero de 2021, contextualiza Crónica.uno. Falcón también señala que si no se le hubiera permitido participar a Florido él se habría impuesto en las urnas.

Caso 5

La sentencia 52 da respuesta a Luis Miguel Barboza González y Argilio Gil Teherán, candidatos a legisladores al Consejo Legislativo del estado Zulia, por la MUD, quienes interpusieron un recurso contencioso-electoral contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación de legisladoras al Consejo Legislativo del Zulia, emitida por la Junta Regional Electoral del estado el 22 de noviembre de 2021.

El Juzgado de Sustanciación admitió el recurso y acordó notificar a las partes. De igual forma, decidió comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia a los fines de que practique las correspondientes notificaciones. Si no se conocen más detalles es porque hasta el 12 de marzo la sentencia completa no había sido publicada.

Se aclara que estas admisiones para ir a juicios no quieren decir en modo alguno que, en la definitiva, el Judicial obligatoriamente vaya a dar la razón a quienes interpusieron los recursos.

¿Cuánto tiempo tardará el TSJ en dar respuesta a estos cinco recursos electorales? No se sabe. Lo cierto es que estas sentencias de admisión coinciden en el tiempo con el proceso de reforma judicial que adelanta el Comité de Postulaciones Judiciales de la Asamblea Nacional, instancia que ha prometido los nombres de los nuevos 20 magistrados del TSJ (12 menos que la composición actual) antes de que termine este mes de marzo. La lista final quedó en 271 aspirantes, y 30 de los 32 magistrados actuales del TSJ quieren ser reelectos.

Si bien en los procesos electorales de Venezuela el CNE actúa como ente rector, el TSJ y otros órganos de la administración pública como la Contraloría se han caracterizado reiteradamente por intervenir, no pocas veces socavando la autonomía e independencia del Poder Electoral. Según la Constitución, la jurisdicción contencioso electoral es ejercida por la Sala Electoral del TSJ; en la práctica, este ejercicio ha derivado en una cuestionada falta de independencia del TSJ y la motivación política de sus decisiones.

Una selección de jueces transparente, apolítica y basada en el mérito, para evitar la invasión de las competencias del Poder Electoral, es una de las recomendaciones prioritarias de la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea al Estado venezolano.


Colombianos en Venezuela no pudieron votar en consulados (y 10 claves de la elección al Congreso y la consulta)

La fila sobre el puente internacional Simón Bolívar la mañana del 13 de marzo | Fotografía del diario La Nación del estado Táchira

🇨🇴 Decenas de colombianos hicieron filas el domingo 13 de marzo sobre el puente internacional Simón Bolívar, que conecta San Antonio (Táchira, Venezuela) con Cúcuta (Norte de Santander, Colombia) para poder votar en las elecciones al Congreso que se desarrollaron durante esa jornada en el vecino país.

Migración Colombia, sin embargo, únicamente dejó pasar a aquellos ciudadanos colombianos que, al ser revisados en el censo de la Registraduría, aparecían como votantes en algún consulado de Colombia en Venezuela. Quienes están inscritos en algún centro de votación del territorio colombiano, pero la jornada los tomó en territorio venezolano, perdieron el viaje hasta la frontera porque no les fue permitido el paso.

El del puente Simón Bolívar es uno de los cinco tramos binacionales a través de los cuales los colombianos en Venezuela pudieron cruzar para ejercer su derecho al voto en suelo colombiano en las legislativas del 13 de marzo. Los otros puntos corresponden a las fronteras del Zulia y Apure. Aunque en la actualidad se mantienen pasos peatonales controlados, estos fueron cerrados el fin de semana electoral como es tradición cuando hay elecciones en alguno de los dos países.

Pero ¿por qué esta vez los colombianos en Venezuela no pudieron votar en los consulados incluso durante una semana, como ha sido costumbre? Las difíciles relaciones bilaterales entre los gobiernos de Venezuela y Colombia llevaron al cierre de todas las oficinas diplomáticas de Colombia en suelo venezolano. Amparándose en tal situación, la Procuraduría General de la Nación colombiana anunció con antelación que no serían instalados puestos de votación en Venezuela.

La decisión imposibilita el ejercicio del voto a aproximadamente 220.000 colombianos residentes en nuestro país, y debidamente registrados para votar, no solo en la pasada cita del domingo 13, sino en las presidenciales de mayo próximo (primera vuelta).

En compensación, la Registraduría ofreció instalar en cinco puntos cercanos a la frontera, pero en territorio colombiano, mesas electorales para que los votantes residentes en Venezuela e inscritos originalmente en consulados pudieran trasladarse a sufragar en ellas.

En Colombia hay 112.900 mesas de votación y en cada una los votantes encontraban tres urnas identificadas para Cámara, Senado y Consultas | Fotografía de la Registraduría Nacional

El OEV hizo monitoreo a los principales medios televisivos, digitales y radiales de Colombia durante el 13 de marzo y, a continuación, ofrecemos 10 claves sobre cómo transcurrió la votación:

1. En Colombia el sufragio es manual, con papeletas o tarjetones de colores. Los votantes de este 13 de marzo debían tomar, en principio, dos: una para el Senado de la República (108 curules en disputa) y otra para la Cámara de Representantes (188 escaños sometidos a votación), que son las dos corporaciones que componen el Congreso, la rama legislativa del poder público nacional en Colombia.

2. Si el votante así lo deseaba, podía además solicitar a los jurados (como llaman allá a los miembros de mesa) un tercer tarjetón, pues los colombianos podían votar también en alguna de las consultas internas que tres coaliciones de partidos realizaron para escoger a su candidato para las presidenciales del 29 de mayo. La idea era despejar el camino: pasar de casi una veintena de aspirantes a apenas media decena, explicó El Espectador.

3. Organizaciones nacionales de observación electoral, como la Misión de Observación Electoral (MOE), volvieron a evidenciar un problema muy enraizado en los comicios colombianos: la compra de votos, una irregularidad en el voto libre. La compra de votos incluso se hace por paquetes de miles de votos, y no solo a cambio de dinero sino de otras prebendas, reseñó la corresponsalía de El País de Madrid. En la jornada electoral del 13 de marzo la MOE recibió 158 reportes de corrupción al sufragante. “Este delito corresponde a la compra de votos o entrega de dádivas para condicionar el voto de una persona”, explicaron en su informe de cierre.

4. Más de 38 millones de electores estaban habilitados para sufragar. Una denuncia muy frecuente fueron las fallas que durante varias horas de la jornada presentaron el sitio web de la Registraduría y la aplicación móvil “Infovotantes”, recursos ambos para que el elector consulte su puesto de votación. Algo así como el equivalente a insertar el número de cédula en la consulta del RE del CNE venezolano. La Registraduría adjudicó las fallas de su página a un “alto flujo inusitado” de visitas.

5. En perspectiva de género, cuatro de cada diez candidatos eran mujeres, dijeron fuentes a Noticias Caracol. El tema de la llamada cuota de género no aplica para todos los 32 departamentos, sino en 14, los cuales sí deben cumplir con la cuota del 30% de candidaturas femeninas en sus listas a la Cámara de Representantes. ¿Qué pasa con los departamentos sin cuota establecida? Que tradicionalmente eligen menos mujeres.

6. Por primera vez, las víctimas del conflicto armado colombiano tienen 16 llamados “curules de paz” en la Cámara de Representantes. Las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz buscan dar voz a las víctimas directas del conflicto. Esta figura legislativa es herencia de los Acuerdos de la Habana, en los cuales la mediación del gobierno venezolano fue clave. Por estos 16 representantes pudieron votar todos los electores inscritos en regiones declaradas como zonas afectadas por el conflicto armado, pidiendo un tarjetón adicional para elegir a uno de estos aspirantes en sus respectivos municipios. Analistas de observatorios políticos dijeron en Espacios de Twitter que esta novedad estuvo muy desprovista de garantías para los candidatos y electores y que varias renuncias también la empañaron.

7. Hay irregularidades que, como verá, no son exclusivas de Venezuela: durante la jornada los medios y los equipos de observación nacional reportaron casos de cambios inconsultos de centros de votación, jurados de votación (equivalente a miembros de mesa) con poca capacitación o confusión y con distintivos de campaña y, en este mismo sentido, distribución de propaganda electoral en inmediaciones de los puestos de votación e incluso en el interior de los mismos, algo prohibido tanto aquí como allá.

8. ¿Cómo quedaron las consultas de las coaliciones de partidos rumbo a la carrera presidencial? Con una izquierda cohesionada, con opciones de llegar por primera vez al poder, que enfrentará a coaliciones de derecha, de centro e independientes, sintetizó la AFP. El exsenador Gustavo Petro alcanzó la nominación de la izquierda; el exalcalde de Medellín Federico Gutiérrez será el candidato de la coalición de la derecha y Sergio Fajardo, exgobernador del departamento de Antioquia, representará a la alianza de centro. No serán los únicos candidatos de finales de mayo: otros presidenciables que no se sometieron a consulta ahora son el independiente Rodolfo Hernández e Íngrid Betancourt, excandidata presidencial y ex rehén de las FARC. El exministro Óscar Iván Zuluaga, del Centro Democrático (el partido del presidente saliente), declinó el 14 de marzo.

Mucha expectación con la ambientalista afro Francia Márquez, precandidata presidencial de la izquierda que, llegando de segunda dentro de su coalición, detrás de Petro, sacó más votos en la consulta que, por ejemplo, el ahora candidato de centro Fajardo.

9. Marchó lento en la noche electoral el preconteo de votos, según emisiones estelares de noticiarios como el de RCN.

La coalición que lidera Petro se proyecta como la primera fuerza del Senado junto a los conservadores, con 16 escaños cada uno, y por delante de los liberales (15). En la cámara de diputados el Pacto Histórico obtiene 25 de las 165 curules, detrás de los liberales (32) y empatada con los conservadores, de acuerdo con la Registraduría. Las fuerzas de izquierda conquistan al menos 41 asientos en ambas cámaras, más del triple que en las pasadas legislativas y por encima de las 17 que obtuvieron en 2006, hasta entonces su mejor resultado, reseñó AFP.

La elección supone también un castigo para el Centro Democrático, el partido del expresidente Álvaro Uribe y que llevó al poder a Iván Duque. Desplazada por la izquierda, esa fuerza de derecha bajó de 51 parlamentarios a 30.

Los 108 escaños del Senado se reparten así, según explicación de la W Radio: 100 senadores por circunscripción nacional; 5 escaños que, sin importar los resultados, van para el partido Comunes, de las FARC (el acuerdo de paz de 2016 estableció que tienen 5 puestos en el Senado y 5 en la Cámara), 2 escaños indígenas y uno adicional es para el candidato a la Presidencia que quede segundo en las elecciones.

Resultados nacionales al Senado | Imagen de la Registraduría

10. La jornada transcurrió en relativa calma (medios reportaron dos ataques con igual número de militares muertos en el sur del país), y con participación del 46%, equivalente a 18 millones de votantes. En Colombia la Registraduría va emitiendo boletines parciales en su web y en su sede desde que cierran las mesas, y los medios de comunicación tienen libertad para contar cómo avanza el preconteo de votos. Así, en las seis primeras horas (de 4:00 a 10:00 p.m., hora local) iban 34 boletines y 95% de mesas informadas.

“Un ejercicio libre, responsable e informado del derecho al voto sigue siendo un arma poderosa para lograr una mejor sociedad. El balón está del lado de la gente”, terminaba el editorial dominical de El Tiempo, principal periódico colombiano.


Recomendación al cierre

“No es posible bañarse dos veces en el mismo río, se dice que observó el filósofo griego Heráclito. Hemos cambiado nosotros y ha cambiado el río”, introduce la articulista de The New York Times Zeynep Tufekci, profesora de la Universidad de Carolina del Norte, a propósito del segundo aniversario de la declaratoria de pandemia. Lee aquí su ensayo “Así es como el mundo habría podido evitar la pandemia de la COVID-19”.

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