Boletín 52 | Solo un mes de campaña y con protocolos biosanitarios

Segunda quincena, octubre de 2020

El CNE pondrá a disposición de todos los partidos postulantes su plataforma web oficial para la campaña, que corre a partir del 3 de noviembre. Queda abierta la posibilidad de que la autoridad electoral establezca directrices específicas, por primera vez, a la propaganda en redes sociales

Electores con mascarillas que participaron en el simulacro del 25 de octubre, en el centro de Caracas | Fotografía de Federico Parra, de la AFP

En virtud del estado de alarma vigente para enfrentar la pandemia de covid-19, contentiva de normas sobre distanciamiento social y medidas biosanitarias, las actividades de los partidos durante la campaña, relativas a reuniones públicas y manifestaciones, y en general, cualquier tipo de evento de masas, quedarán sometidas al régimen excepcional vigente.

Así lo determina el artículo 14 del Reglamento especial sobre campaña y propaganda electoral para las elecciones Asamblea Nacional 2020”. El texto de 19 artículos está en la Gaceta Electoral número 964, del 26 de octubre. Los partidos políticos y el país en general lo conocieron el martes 27, apenas siete días antes del inicio de la campaña electoral.

Sin perjuicio de lo establecido, el texto incorpora unas “condiciones especiales” referidas en el artículo 15: “A instancia de parte, se podrán evaluar las condiciones especiales propuestas por las organizaciones con fines políticos y autorizar aquellos actos que no vulneren las medidas vigentes”. El CNE, asimismo, “podrá evaluar la flexibilización de estas medidas conforme a las resoluciones que dicte, posteriormente a la publicación de este Reglamento, el Poder Ejecutivo Nacional”.

Se trata, pues, de un Reglamento dictado en el marco de las disposiciones administrativas y legales previstas para la lucha contra la pandemia de covid-19, como lo indica desde su artículo 1.

“Los actos de campaña que impliquen reuniones públicas o manifestaciones, se sujetarán totalmente a las previsiones administrativas establecidas por la autoridad competente en la lucha contra la pandemia covid-19. Serán de estricta observancia y cumplimiento los protocolos sanitarios y de bioseguridad”, establece, por su lado, el artículo 2.

En definitiva, luego de dos modificaciones, el lapso de campaña electoral será de un mes: desde las 6:00 a.m. del 3 de noviembre hasta las 12:00 de la noche del 3 de diciembre. El 1 de julio, cuando la autoridad electoral hizo la convocatoria al proceso, se anunció que esta actividad sería del 21 de noviembre al 5 de diciembre. Y cuando fue publicado el Cronograma Electoral íntegro, se especificaba que iría del 19 de noviembre al 3 de diciembre.

“Cooperación y apoyo”

El CNE podrá, atendiendo a razones de equidad e igualdad, “coadyuvar y cooperar en la difusión de propaganda electoral con el fin de motivar el ejercicio del derecho al sufragio”. Para tal objetivo, el CNE podrá “ceder los espacios que le corresponden en los medios de comunicación social” (artículo 13).

En la misma sintonía, y “sin perjuicio de la creación de una página web especial”, el CNE pondrá a disposición de todos los partidos postulantes “su plataforma web oficial para la campaña electoral, mediante la cual, podrán hacer uso eficiente y gratuito de este servicio” (artículo 16).

Otras disposiciones

  • Entre la finalización de la campaña y el acto de votación inclusive, el CNE prohíbe todo acto de proselitismo político, incluida “la colocación en la vía pública de puestos, tiendas o carpas” por parte de los partidos (artículo 3).
  • Las prescripciones son aplicables también a la propaganda difundida a través de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación electrónica. El Reglamento apunta que la red o internet también constituye un medio de comunicación (artículo 5).
  • Propaganda en televisión: los partidos podrán contratar hasta cinco minutos diarios de propaganda, no acumulables, por prestador de servicio de señal abierta o por cada canal de la televisión por suscripción (artículo 7). Dos minutos más que en 2015.
  • Propaganda en radio: los partidos podrán contratar la difusión de propaganda por un tiempo máximo de 10 minutos diarios por prestador, no acumulables (artículo 8). Seis minutos más que en 2015.
  • Propaganda en impresos: los partidos podrán publicar en periódicos estándar media página diaria, y en tabloides hasta una página diaria, no acumulable (artículo 9). Igual que en 2015.
  • Prensa digital: el CNE “podrá establecer directrices específicas a fin de garantizar el pluralismo y la igualdad entre las distintas candidaturas, así como, el cumplimiento de los principios de confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia en el proceso electoral” (artículo 9).
  • Mensajes de texto: los partidos podrán contratar hasta un mensaje diario, no acumulable (artículo 10). En 2015 eran hasta tres semanales.
  • Propaganda en redes sociales: los partidos podrán contratar la difusión de propaganda en redes sociales, “en todo caso con apego a las directrices específicas que establezca el CNE”.

Comparativamente, en cuanto a lapsos en los cronogramas, la campaña 2020 será 10 días más larga que la campaña 2015. Se evidencian algunos aumentos en los tiempos de difusión de mensajes en medios, en relación con la campaña de hace cinco años, comprensibles desde las limitaciones de contacto físico que impone el curso de la pandemia.

Nada menciona el Reglamento sobre qué pasa si un partido no cumple con la norma. De haber alguna sanción para el infractor, ¿cuál sería?, ¿a quién sancionaría; al partido contratante de la cuña, al proveedor del servicio o a ambos? El Reglamento no contempla mecanismo para mejorar la equidad e igualdad en la campaña, salvo por la disposición de que todos pueden usar gratuitamente su plataforma web. No hay ninguna disposición establecida para los prestadores de servicios: ¿puede alguna radio, por ejemplo, negarse a contratar cuñas de algunos candidatos?, ¿puede establecer tarifas diferenciadas?

-¿Qué es campaña electoral? Las actividades de carácter público desarrolladas por los candidatos, organizaciones con fines políticos y grupos de electores que tengan como propósito captar, estimular o persuadir al electorado para que vote a favor de un candidato dentro del lapso señalado por el CNE, quien establecerá para cada proceso electoral el lapso de campaña electoral y sus regulaciones específicas.

-¿Qué es propaganda electoral? El conjunto de elementos y piezas publicitarias, difundidas y expuestas por todos los medios a su alcance, por parte de las organizaciones con fines políticos, grupos de electores, las comunidades u organizaciones indígenas, y sus candidatos, que expresen llamados a votar por determinada candidatura o por alguna parcialidad política.

Propaganda adelantada

En la práctica, la campaña y la propaganda empezaron hace varias semanas, repitiendo un patrón de ventajismo también observado en procesos anteriores. Durante los últimos tres meses, en medios públicos se ha visto la transmisión de videoconferencias de direcciones de partidos políticos para afinar estrategia electoral, se ha dado cobertura continua a actos de parcialidades políticas y han sido transmitidas alocuciones oficiales en los que se han incluido mensajes o contenidos de corte partidista. A estas trasmisiones, en algunos casos, se han plegado canales privados de televisión, sin que haya mediado la figura de retransmisión obligatoria. Y una parte de los candidatos, entre tanto, ya se volcó a la calle a hacer recorridos y dirigir asambleas, sin haberse iniciado propiamente la campaña.

“Ante la necesidad de que el proceso electoral en Venezuela goce del reconocimiento de la mayoría, el oficialismo se empeña en el uso abusivo de los medios de comunicación del Estado, promoviendo a sus candidatos, empañándolo, distorsionándolo. Un exceso, que en nada ayuda”, consideró el rector suplente incorporado Juan Carlos Delpino, en un tuit emitido el pasado 22 de octubre.

El Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL), un programa del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), ha recomendado en sus fascículos de elecciones en tiempos de pandemia que, de conformidad con la normativa electoral vigente y en armonía con los reglamentos nacionales establecidos para la pandemia, se deben revisar los procedimientos y reglamentos que regulan las campañas electorales.

También recomiendan identificar las herramientas o alternativas virtuales para realizar la campaña electoral, los discursos y debates. Privilegiar opciones como: redes sociales, medios de comunicación impresos, televisivos y radiales.

El argentino Alejandro Tullio, miembro del Consejo Electoral de UNASUR y del Executive Board de A-WEB, expresa en unos de los fascículos del IIDH-CAPEL que los actos públicos masivos tradicionales son incompatibles como una estrategia de distanciamiento social y cuidado intensivo sanitario.

Las campañas no son únicamente un instrumento publicitario de los partidos y candidatos, dice el experto. “Son un medio por el cual se contribuye al debate público y al voto informado; desde ese punto de vista, constituyen un derecho de las agrupaciones políticas, pero también de los electores”.

Las campañas puerta a puerta, condiciona Tullio, pueden realizarse siempre que se desplace un número limitado de personas y que en ellas se respete la distancia social.

Y finaliza con esta idea: “Si bien las campañas electorales tienden cada día más a utilizar internet y redes sociales, la brecha digital hace que las restricciones de actos presenciales deban complementarse con campañas en medios de comunicación tradicionales como radio y televisión; por esta razón es menester asegurar a todas las fuerzas y candidatos contendientes en una elección, acceso mínimo garantizado a redes y medios, de modo que la restricción de los actos masivos afecte en la menor medida posible las condiciones de la competencia y la libertad de expresión”.

Es menester asegurar a todas las fuerzas y candidatos contendientes en una elección, acceso mínimo garantizado a redes y medios”

Alejandro Tullio | IIDH-CAPEL

Como consecuencia de la falta de consensos amplios por parte de todos los actores políticos para acometer el proceso, esta elección viene acumulando irregularidades como la designación del árbitro electoral por parte del TSJ sin que la Asamblea Nacional agotara su procedimiento de ley, la judicialización de procedimientos internos de varios partidos políticos, las modificaciones continuas al cronograma electoral (las dos postergaciones a la fecha del simulacro y, ahora, la posibilidad de otro, son una nueva muestra) y la inobservancia de aspectos de la legislación, como los cambios en la composición de escaños en contravención del artículo 186 constitucional, así como la elección de los diputados de la representación indígena.

América y Europa cuestionan el proceso electoral en curso

El jefe de la diplomacia francesa, Jean-Yves le Drian, indicó el 21 de octubre que la Unión Europa no reconoce el proceso electoral legislativo. “La manera en la que se prepara la elección del 6 de diciembre es totalmente discutible. No reconocemos el proceso en marcha, es una posición clara y es una posición europea”, declaró el ministro francés en el Senado. “Queremos garantizar la legitimidad de esas elecciones, pero pudimos constatar que las garantías de transparencia no están reunidas, no están propuestas” por el gobierno, dijo, citado por AFP.

Con 21 votos a favor, 4 en contra y 9 abstenciones, la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos aprobó la resolución “La carencia de condiciones democráticas mínimas, para garantizar elecciones libres, justas y transparentes en la República Bolivariana de Venezuela”, del 21 de octubre. Allí declaran que “el reconocimiento de las elecciones a la Asamblea Nacional de Venezuela dependerá del establecimiento de las condiciones necesarias de libertad, justicia, imparcialidad y transparencia, garantizando la participación de todos los actores políticos y de la ciudadanía, la liberación de los presos políticos, con plazos razonables para su celebración y que cuenten con observación electoral internacional independiente y creíble”.

El Gobierno, entre tanto, mantiene su postura de rechazo y repudio a estas declaraciones y resoluciones.


¿Un segundo simulacro antes del 6D?

El CNE comunicó el pasado 27 de octubre que evaluaba, y oportunamente haría saber, la posibilidad de realizar un segundo simulacro rumbo a las elecciones parlamentarias 2020, con la finalidad de reforzar el cumplimiento de los mecanismos que se establecieron para el ejercicio al voto.

El mismo día que se conoció esta posibilidad, desde la alianza electoral oficialista Gran Polo Patriótico también consideraron útil, a los efectos del sistema electoral venezolano, que se haga otro simulacro de votación en fechas más cercanas al evento electoral. Notaron “que se quedó mucha gente con deseos de ver y probar la máquina de votación”, como argumentó en rueda de prensa Jorge Rodríguez, exministro, candidato y jefe nacional del comando.

Al cierre de la edición de este boletín, el 30 de octubre, todavía no había decisión ni fecha. De confirmarse, este sería el primer proceso electoral para el cual se organicen dos y no solo un simulacro nacional de votación.

Un antecedente parecido lo podemos hallar en las presidenciales 2012: hubo un simulacro parcial, el 5 de agosto, que contempló 55 centros para probar el entonces nuevo sistema de autenticación integrado; y el simulacro nacional del 2 de septiembre, con máquinas en 1.553 centros.

De cara a las elecciones parlamentarias de diciembre, el 25 de octubre se desarrolló el Simulacro Nacional de Votación 2020. En el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) desplegamos una vez más nuestra red nacional de observación electoral independiente. 351 observadores, distribuidos en los 23 estados y en Distrito Capital, asistieron a la jornada, la percibieron durante varias horas y en distintas franjas horarias del día y registraron sus impresiones, con rigor de veracidad e imparcialidad.

En términos generales, el 51% de los observadores del OEV calificó como bueno el desenvolvimiento del simulacro, 27% lo percibió regular y 13% lo encontró excelente.

En muchas filas a las afueras de los centros, los electores no respetaron la sana distancia física de al menos metro y medio entre ellos, algunos de los cuales se quitaban o se ponían mal el tapaboca antes de ingresar a la instalación. Se trata de un comportamiento social que, a decir verdad, no dista mucho de lo que se puede observar en una cola cotidiana para acceder a un supermercado o a una farmacia en cualquier ciudad del país.

Auditorías

Al cierre de octubre, han transcurrido cuatro auditorías al proceso electoral 2020.

Como enseña el acta del noveno y último día de la auditoría del software de máquinas de votación, han participado representantes de los principales partidos políticos nacionales, de organizaciones indígenas y del Consejo de Expertos Electorales de Latinoamérica (CEELA), con representantes desde Ecuador, Honduras, Perú, Colombia y El Salvador, así como por dos expertos electorales de Argentina y un representante del órgano electoral de Turquía.

En la generación de las claves, se cuentan 18 actores e igual número de valores hash entre los cuales se cuentan partidos críticos a la administración central como el Partido Comunista o de oposición como Avanzada Progresista. Los partidos participantes en las auditorías introducen cada uno de ellos una clave compartida, al igual que el CNE; todas estas claves generan el cifrado de los archivos de las máquinas. La única forma de poder descifrar un archivo es que todas las organizaciones políticas y el CNE se pongan de acuerdo para hacerlo.

Al cierre de esta auditoría, se afirmó que los auditores verificaron que el software de máquina de votación “garantiza el resguardo y secreto del voto, y el principio de ‘un elector, un voto’”. Adicionalmente, verificaron que “la información del voto no contiene ningún tipo de información del elector y se guarda de forma no secuencial”.

Entre tanto, en el acta del primer día de la auditoría de datos electorales fase I se lee que las preguntas que se hicieron fueron respondidas por los especialistas técnicos del CNE y representantes de la empresa Ex Cle S.A.

Con las modificaciones al cronograma electoral, noviembre será un mes que concentrará cinco auditorías.

Centros reubicados

En el mes de octubre se conoció que el CNE había tomado la decisión de reubicar 200 centros de votación, en 18 estados y el Distrito Capital, para la elección a la Asamblea Nacional 2020 (ver listado). Esto coincide con la persistencia de reclamos de electores publicados en medios sobre cambios inconsultos de centros de votación.

La manera más sencilla de reconfirmar dónde votas o si has sido seleccionado como miembro de mesa, es ingresar a cne.gob.ve e introducir tu número de cédula en el recuadro “Registro Electoral. Consulte sus datos”.

Modificación al Reglamento de la LOPRE

El CNE aprobó el 14 de octubre la reforma del Título XIV del Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), en lo concerniente a la observación nacional electoral y el acompañamiento internacional. En nota de prensa se conoció que el CNE introdujo una sustitución de la terminología utilizada hasta ahora, de “observación nacional electoral y acompañamiento internacional electoral”, pasa ahora a llamarse veeduría nacional electoral y veeduría internacional electoral.

“Esta reforma se fundamenta en la experiencia acumulada por el órgano comicial en esta materia y por la propia regulación vigente, que condiciona la presencia de observadores con base en principios como la no injerencia, la soberanía y el respeto a las autoridades”, dice el boletín de prensa.

El CNE actualizó la publicación de la Gaceta Electoral en su sitio web. La número 963, de fecha 21 de octubre, contiene la modificación al Reglamento. Este título contenía y sigue conteniendo 18 artículos. Algunas novedades dentro de algunos de ellos, son:

-Artículo 471: agrega que el CNE tiene la competencia exclusiva para decidir la acreditación en materia de veedora y/o veedor nacional e internacional electoral.

-Artículo 475: El CNE podrá acreditar como veedores nacionales electorales a determinados ciudadanos, que se hayan destacado por su conocimiento, trayectoria o reconocida labor en materia electoral. Hasta acá llegaba el segundo párrafo del artículo. En la reforma se añadió que no solo sea en materia electoral, sino también “cultural, académica, deportiva, entre otras”. Y añade: “Asimismo, podrá disponer la invitación en calidad de veedores a representantes de instituciones públicas o privadas, representativas de diversos sectores del país”.

-Artículo 479: incorpora que “el CNE determinará, según criterios de oportunidad y conveniencia, el número de veedores nacionales electorales”.

-Artículo 482: incorpora que “el CNE determinará, según criterios de oportunidad y conveniencia, el número de veedores internacionales electorales”.

El Reglamento General de la LOPRE contiene más de 480 artículos y no había sido modificado desde el año 2013. Como hemos señalado antes, la Constitución establece en su artículo 298: “La ley que regule los procesos electorales no podrá modificarse en forma alguna en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma”.


Bolivia lo hizo bien, en un contexto complejo

El nuevo presidente de Bolivia, Luis Arce Catacora, y el nuevo vicepresidente, David Choquehuanca | AFP

Sin necesidad de segunda vuelta, y con 26 puntos porcentuales de ventaja, el candidato de la izquierda Luis Arce fue electo como presidente y David Choquehuanca como vicepresidente de Bolivia, nación sudamericana que el domingo 18 de octubre también eligió a 130 diputados titulares, 36 senadores titulares y 9 representantes ante organismos parlamentarios supranacionales.

El proceso electoral de Bolivia fue acompañado por distintas misiones de observación nacional e internacional. Los informes reconocen la vocación democrática de los ciudadanos y la confiabilidad del proceso electoral.

El Centro Carter calificó la jornada de tranquila y bien organizada. “El Poder Electoral garantizó el pluralismo político y condujo con independencia e imparcialidad un complejo proceso electoral que devuelve al país a la normalidad constitucional”, dijeron, al subrayar que el nombramiento del árbitro electoral fue “fruto de un amplio consenso político”, dice en su informe preliminar.

Destaca el Centro Carter que, tras años de ausencia, las organizaciones de la sociedad civil boliviana pusieron en marcha iniciativas de observación electoral a gran escala, acreditadas por el Tribunal Supremo Electoral. Las dos plataformas de observación principales son Observa Bolivia y Observación Ciudadana para la Democracia (OCD). Ambas realizaron una observación de largo plazo y la segunda publicó boletines periódicos con información y análisis de las distintas fases del proceso electoral. “El Reglamento de observación electoral del TSE para las elecciones de 2020 está orientado a facilitar la observación nacional e internacional de todas las fases del proceso”.

El informe preliminar de la Organización de Estados Americanos expresa que la ciudadanía votó libremente y el resultado ha sido contundente. “Bolivia tiene una autoridad electoral independiente y tuvo una contienda más equitativa, lo que dio como resultado una jornada electoral exitosa en la que no se presentaron acciones fraudulentas”. Apuntan que el trabajo técnico de la OEA ha estado y está centrado en la calidad de los procesos y no en los resultados.

Fue precisamente la misma misión de observación de la OEA la que hace un año documentó el fraude electoral en el que había resultado electo Evo Morales y que derivó en la anulación de la elección y la renuncia del mandatario.

La Unión Europea rindió homenaje al pueblo de Bolivia, que ha demostrado un fuerte compromiso con la democracia electoral al concurrir en gran número, a pesar de los desafíos relacionados con el covid-19, y ejercer pacíficamente sus derechos democráticos. “Felicitamos a todos los actores que contribuyeron a un proceso electoral pacífico que permitió a los bolivianos votar libremente”.

*Resultado: el Movimiento al Socialismo (MAS) con 55,10% obteniendo 3.393.978 votos; Comunidad Ciudadana (CC) con 28,83% obteniendo 1.775.943 votos; Creemos 14% con 862.184 votos; FPV 1,55% con 95.252 votos; PanBol 0,52% con 31.765.

*Participación: fue de 88,4 % de entre sus 7,3 millones de habilitados para votar, el segundo registro más alto de la historia democrática de ese país.


Por aplastante mayoría Chile aprobó que se redacte una nueva Constitución

Celebración en las calles de Santiago la noche del 25 de octubre | Foto agencia EFE

También resultado de un amplio acuerdo político tras un estallido social, el plebiscito de Chile, inicialmente programado para el 26 de abril, pero postergado por la pandemia, permitió a los chilenos decidir el domingo 25 de octubre por una aplastante mayoría del 78% reemplazar su actual Constitución, redactada durante la dictadura de Augusto Pinochet.

El Servicio Electoral diseñó un protocolo sanitario especial para el referéndum, que incluyó un horario especial preferencial para mayores de 60 años y el uso de cámaras sin cortinas para marcar el voto. El uso de mascarilla era obligatorio y se recomendó llevar un lápiz para votar, reseñó BBC. Aunque el voto es voluntario en Chile, hubo quienes no pudieron ejercerlo: las personas contagiadas de covid, lo cual generó críticas sobre su derecho al sufragio.

Las 155 personas que integrarán la convención ciudadana que redactará la nueva Constitución serán elegidas por votación popular el 11 de abril de 2021. Dispondrán de nueves meses, prorrogables una sola vez por tres meses más, para elaborar el nuevo texto, informó El Mundo.

El texto resultante será sometido a un nuevo referéndum, ya en 2022, que será de voto obligatorio y en el que los ciudadanos decidirán si lo aprueban o rechazan.

“Estamos frente a la mayor votación de la historia de Chile desde el punto de vista de votación en votos absolutos, y además, rompimos la barrera que no se superaba desde el 2012 con voto voluntario, el 49,2% (…) Incluso se supera el plebiscito de 1988. Sin duda es la mayor participación de la historia de la República”, señaló el Presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral, Patricio Santamaría Mutis.


Estados Unidos: aumentó el voto anticipado

La votación presencial anticipada y por correo para las elecciones del 3 de noviembre en Estados Unidos superaron el registro de las elecciones de 2016, según estudios. Preocupados por la pandemia de coronavirus o motivados por los riesgos del enfrentamiento electoral entre el presidente republicano Donald Trump y el exvicepresidente demócrata Joe Biden, los estadounidenses han votado por adelantado por millones.

En 2016, votaron por adelantado 57 millones de estadounidenses, ya sea en persona o por correo, según la Comisión de Asistencia Electoral. Ahora, hasta el 30 de octubre iban más de 84 millones de sufragios.

Los demócratas, que han estado impulsando la votación anticipada este año, parecieran liderar temporalmente el número de votos emitidos hasta fines de octubre, pero no está claro si esto puede ser una indicación de tendencia sobre el resultado final. Por su parte, Trump y los republicanos han dicho que la votación por correo abre posibilidades de fraude, y se espera que muchos votantes republicanos sufraguen el día de las elecciones, el 3 de noviembre, informaron agencias.

Más de 150 millones de estadounidenses están convocados a las urnas para elegir a su próximo presidente.


Recomendación al cierre

Hay varias cosas que puedes hacer para protegerte y proteger a otros de la covid-19 mientras trabajas, ya sea en el puesto de trabajo habitual o haciéndolo desde tu casa. Tómate dos minutos para que VEAS ESTE VIDEO de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) sobre “Prevención de la COVID 19 en el lugar de trabajo o al hacer teletrabajo”. No es tiempo de bajar la guardia con las medidas preventivas.

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