Segunda quincena, agosto de 2020

Decisiones judiciales no solo han desarticulado al G-4 opositor, sino que recientemente boicotearon alianzas de izquierda alternativas a la cúpula del partido gobernante. En los últimos dos meses y medio el TSJ acumula 9 decisiones contra partidos, tarjetas y postulaciones que impactan la oferta electoral de los venezolanos en las próximas elecciones

Autoridades impuestas en partidos como PPT podrán hacer uso de sus tarjeta, logo, símbolos, emblemas y colores; aquí, militantes de ese partido en una movilización de calle | Foto archivo

Será en septiembre cuando se conozcan las listas de candidatos a las elecciones parlamentarias 2020. En la segunda quincena de agosto, mientras el Consejo Nacional Electoral postergó hasta dos veces la presentación de postulaciones, en paralelo, el Tribunal Supremo de Justicia intervino las directivas de dos partidos históricos de la alianza oficialista mientras habilitó a representantes de otras tres formaciones para inscribir aspirantes.

El Cronograma Electoral 2020 del CNE contemplaba un lapso de 10 días, del 10 al 19 de agosto, para la presentación de postulaciones. Era incluso el doble del tiempo dedicado al mismo proceso en el calendario parlamentario del proceso anterior (3 al 7 de agosto de 2015). Esta vez la primera extensión dio continuidad a esta actividad hasta el 26 de agosto. Y una segunda prórroga la extendió hasta el 4 de septiembre. En total, 26 días continuos.

Prorrogar en el Cronograma Electoral la actividad denominada “Presentación de postulaciones” implica que desde ya se solape en el tiempo con otras derivadas de ésta, como la presentación de recursos en contra de la admisión o rechazo de las postulaciones (del 11 al 24 de agosto, en principio) y la decisión de los recursos contra la admisión o rechazo de las postulaciones (inicialmente, del 15 al 24 de agosto).

El Cronograma Electoral debe ser actualizado y la nueva versión, divulgada, con los ajustes a que haya lugar como consecuencia de la extensión concedida a la presentación de postulaciones. Hasta el 28 de agosto no había cronograma actualizado en la web del CNE.

Las postulaciones consignadas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral serán extemporáneas y se tendrán como no presentadas, dice la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Su Reglamento, entre tanto, agrega que el CNE solo podrá modificar el Cronograma Electoral respecto a etapas, actos y actuaciones en los cuales no se afecten los lapsos de los procedimientos establecidos.

El CNE tuiteó esta foto del proceso de postulación de candidatos en Nueva Esparta, el 26 de agosto.

Intervención en la casa

En paralelo a estos lapsos prorrogados, el Gran Polo Patriótico, la alianza oficialista de partidos, ha tenido dificultades para lograr la unidad perfecta entre todos sus afiliados de cara a las parlamentarias 2020.

El 11 de agosto, el Partido Comunista de Venezuela (PCV) divulgó en Twitter un comunicado en el cual anunciaron la constitución de la “Alternativa Popular Revolucionaria” (APR) junto a Patria Para Todos (PPT), Izquierda Unida (IU), Corriente Marxista Lucha de Clases, Partido Revolucionario del Trabajo (PRT), MBR-200, Red Autónoma de Comuneros, Compromiso País (Compa) y Somos Lina.

En el texto, se definen como una alianza antiimperialista y verdaderamente socialista, dirigida a proporcionar un nuevo referente de izquierda para los venezolanos. Hablan, entre otros aspectos, del rescate de las “conquistas que fueron alcanzadas con Chávez -y que han sido desmontadas por este gobierno-”.

El 17 de agosto, la noticia alcanzó más volumen con la publicación de un trabajo de Tal Cual titulado “PCV y PPT dejan de apoyar a Nicolás Maduro y lanzan plataforma electoral propia”, en el cual se explica que “los dos partidos que por décadas han estado del lado del ‘proceso revolucionario’ se alían a otras organizaciones de izquierda en una plataforma para buscar tener presencia en el próximo Parlamento”.

El 18 de agosto, mediante sentencia N° 0119-2020, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia suspendió la actual dirección nacional del partido Tupamaro y nombró una junta directiva ad hoc “para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario” presidida por Williams Benavides y conformada por un presidente, un secretario general y un secretario nacional de organización.

Tupamaro no suscribió la “Alternativa Popular Revolucionaria” pero, según medios, ya había iniciado la inscripción de sus propios aspirantes. En un video divulgado en redes sociales, el secretario nacional de organización del movimiento, Ares Di Fazio, repudió lo que consideró la consumación del “robo” del partido “por poderosos factores económicos disfrazados de revolucionarios”. Su líder y secretario general nacional, José Pinto, fue detenido en junio.

La medida judicial contra Tupamaro sorprendió, por tratarse de la primera organización tradicionalmente aliada al oficialista Gran Polo Patriótico con dirección nacional intervenida, decisión solo aplicada en este contexto a formaciones opositoras. Pero no serían los únicos.

El 21 de agosto, mediante sentencia N° 0122-2020, la Sala Constitucional suspendió la actual dirección nacional del partido Patria Para Todos (PPT) y designó una junta directiva ad hoc “para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario” presidida por Ilenia Medina, en su condición de secretaria nacional de organización, y las secretarias generales regionales Lisett Sabino y Beatriz Barráez.

El PPT, ahora integrante de la “Alternativa Popular Revolucionaria”, ha sido históricamente aliado del oficialista Gran Polo Patriótico, hasta la más reciente elección de 2018 cuando su tarjeta apoyó la reelección de Nicolás Maduro. En un comunicado, advierten de “corrientes autoritarias” y de juntas impuestas a partidos que están “alineadas con el PSUV”.

En un comunicado del 21 de agosto, el Partido Comunista de Venezuela se expresó “ante el asalto del TSJ” contra el partido PPT. En el texto afirman que estas decisiones judiciales “no se circunscriben a la esfera del derecho y la ‘aplicación de justicia’, sino que son acciones de carácter meramente político dirigidas a tributar en favor de las orientaciones trazadas por el binomio PSUV-Gobierno”.

El 26 de agosto, a las afueras del ente comicial, directivos del Partido Comunista de Venezuela informaron sobre la decisión de las fuerzas agrupadas en la “Alternativa Popular Revolucionaria” de inscribir sus candidatos y expresar su voto el próximo 6 de diciembre a través de la tarjeta del gallo rojo, vista la intervención de otras tarjetas, incluyendo la del PPT.

Y es que estas decisiones del TSJ tienen en común que facultan a las autoridades impuestas a “utilizar la tarjeta electoral, el logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio” de la respectiva organización política.

La intervención de partidos políticos por la vía judicial fue reactivada este año 2020 con similares fallos contra Acción Democrática (sentencia 0071 de la Sala Constitucional del 15 de junio), Primero Justicia (fallo 0072 de la Sala Constitucional del 16 de junio), Voluntad Popular (sentencia 0077 de la Sala Constitucional del 7 de julio) y Movimiento Republicano (decisión 019, en este caso de la Sala Electoral, el 20 de julio).

AD, PJ y VP mantienen tres de las bancadas más numerosas de la mayoría opositora en el actual Parlamento, y recién manifestaron su decisión de no participar en las legislativas 2020.

Entre tanto, voceros de Nueva Visión para mi País han rechazado un cambio que entienden como otro tipo de “intervención”: quien se identifica como presidente del partido acudió a un evento del CNE para el que fueron convocados, pero le negaron la entrada pues ya había otro representante de Nuvipa reconocido por el ente comicial, reseñó Crónica.Uno.

El PCV publicó esta foto, el 26 de agosto, relativa a la consignación ante el CNE de las postulaciones de las candidaturas unitarias de la APR bajo la tarjeta del Partido Comunista.

“Habilitados” para postular

El 25 de agosto, mediante sentencia N° 0124-2020, la Sala Constitucional habilitó a Pedro Veliz, en su condición de presidente del partido Bandera Roja, para realizar postulaciones ante el CNE para el proceso electoral del de diciembre.

“Era el tipo de ‘oposición’ que necesitaba el régimen para medio cubrir las apariencias”, reaccionó la organización en un comunicado titulado por ellos: “TSJ habilita a ‘quintacolumna’ asaltar tarjeta de Bandera Roja y usarla en estafa electoral”.

El mismo 25 de agosto, mediante sentencia N° 0125-2020, la Sala Constitucional también habilitó a Olga Morey, en su condición de coordinadora nacional del partido Compromiso País (Compa), para realizar postulaciones ante el CNE de cara al venidero proceso electoral.

Compa es otra de las nueve organizaciones signatarias de la “Alternativa Popular Revolucionaria” que rompió filas con el oficialista Gran Polo Patriótico.

El 26 de agosto, mediante sentencia N° 0126-2020, la Sala Constitucional habilitó a Alfredo Boscán, en su condición de militante de la organización con fines políticos “Movimiento de Integridad Nacional-Unidad (Min-Unidad)”, para realizar postulaciones ante el CNE para el venidero proceso electoral a celebrarse el 6 de diciembre de 2020.

La tarjeta Min-Unidad es distinta a la de la coalición opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD). En enero de 2018 el TSJ le ordenó al CNE la exclusión de la MUD en el proceso de renovación convocado para entonces, prohibiendo, en consecuencia, su tarjeta para las presidenciales 2018. La alianza “de la manito”, como se hizo conocer, no está entre las 30 organizaciones nacionales facultadas para participar en las parlamentarias 2020.

Es la segunda vez que Min-Unidad es intervenida por el TSJ. Durante el proceso electoral parlamentario de 2015, el TSJ impuso una directiva ad hoc que postuló candidatos al margen de la alianza unitaria de la MUD, a la postre ganadora. Las tarjetas de la MUD y de Min-Unidad aparecían una al lado de la otra en la boleta electoral con la intención, según la coalición opositora, de “confundir al electorado”.

El mismo 26 de agosto militantes de Unidad Popular Venezolana (UPV), partido fundado por la dirigente chavista Lina Ron, introdujeron ante el TSJ un recurso de amparo contra la actual directiva “a objeto de lograr con la nueva dirigencia electa de la tolda política, la inscripción de candidatos en perfecta alianza con el Gran Polo Patriótico (GPP)”, informó VTV.

Así, entre el 15 de junio y el 26 de agosto el Poder Judicial ha emitido nueve decisiones relacionadas con partidos políticos venezolanos, por lo menos cinco de ellas concentradas durante la segunda quincena de agosto, en paralelo a la postulación de candidaturas, que impactan de manera directa la oferta electoral de los venezolanos en las parlamentarias 2020.

Organizaciones han rechazado la judicialización de los procesos internos de partidos políticos venezolanos y la imposición de directivas que califican de “acomodaticias e ilegítimas”. Exigen respeto al desarrollo y ejercicio democrático de la vida orgánica de los partidos, así como al derecho a la libre asociación política consagrado en la Constitución.

En el comunicado del 21 de agosto, el PCV alertó “a los partidos comunistas y obreros del mundo, a las organizaciones revolucionarias y antiimperialistas, frente a esta peligrosa tendencia al ejercicio autoritario del poder que se está instaurando en sectores del gobierno nacional, con su efecto negativo en el ejercicio de las libertades democráticas”.

Y, en este contexto, una idea del ministro de Comunicación e Información, Jorge Rodríguez: esta elección de la Asamblea Nacional “es la elección más democrática de toda la historia de Venezuela”. Lo dijo el 17 de agosto, durante una videoconferencia de la dirección nacional del gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), la juventud del partido y los gobernadores oficialistas, “en aras de afinar las estrategias para las elecciones a la Asamblea Nacional”, como indica una nota de VTV. Se trató de la segunda reunión virtual pública de estas características que transmitió en directo el canal del Estado durante agosto. ¿Pueden las demás alianzas de partidos políticos alcanzar y disponer de esta cobertura? El árbitro está en la obligación de corregir los ventajismos, desde temprano.

Semana “bien movida”

Esta que comienza va a ser una semana “bien movida, bien interesante, del diálogo, de la reconciliación, del reencuentro y de las garantías más amplias para la vida política-democrática del país y para las elecciones del 6 de diciembre”, dijo Nicolás Maduro el domingo 30 de agosto, al pedir el apoyo de todo el país “a las decisiones, anuncios y decretos” que lanzará esta semana en función del diálogo. El jefe de Estado también dijo: “Estoy apoyando todas las medidas que nos lleven a un proceso de reencuentro, participación y diálogo profundo para la vida político democrática del país y para las elecciones del 6 de diciembre”.


Votación para la representación indígena continúa no siendo directa

El Consejo Nacional Electoral aprobó el 14 de agosto una reforma parcial del Reglamento Especial para la Regulación de la Elección de la Representación Indígena en la Asamblea Nacional 2020, aprobado el 30 de junio. La modificación se aplicó a los artículos 6, 12 y 17 del texto original, luego de las objeciones expresadas por organizaciones indígenas y de la sociedad civil.

  • Artículo 6: trata sobre los requisitos para ser postulado como candidato indígena a la Asamblea Nacional. La nueva versión prevé expresamente que están “de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Séptima de la Constitución”. A la tercera condición, la de “haber realizado acciones en beneficio de los pueblos y comunidades” le quitaron el lapso que tenía. Y agregaron una cuarta condición: Pertenecer a una organización indígena legalmente constituida con un mínimo de tres años de funcionamiento.
  • Artículo 12: trata sobre el funcionamiento de las Asambleas Comunitarias para la designación de voceros indígenas. La modificación en este caso tuvo por objeto aclarar de manera más precisa que se efectuarán “en cada comunidad de acuerdo a sus usos y costumbres y, en caso de la existencia de diversos usos, por el método que establezca el Agente de Coordinación Electoral”. El OEV apunta que, en todo caso, las Asambleas Comunitarias así definidas no garantizan el derecho al sufragio secreto.
  • Artículo 17: trata del acto de votación y escrutinio. El reglamento, en principio, decía que para la elección final de los diputados la forma de votación sería “a mano alzada”. En la reforma, esto cambió por: “El voto en las Asambleas Generales será secreto y se efectuará manualmente mediante boleta”. También agregaron que el CNE determinará el número de Asambleas Generales que se realizarán en cada estado, procurando favorecer su municipalización de acuerdo a las posibilidades logísticas, de traslado y asistencia de los voceros. El OEV apunta que estas Asambleas Generales, conformadas por los voceros electos en las Asambleas Comunitarias, materializan el segundo grado de la elección de los diputados indígenas, negándoles a las comunidades indígenas el derecho al voto directo.

El “Manual para la participación política de los pueblos indígenas” amplía que, si pasados los primeros 20 minutos de la Asamblea Comunitaria sin que hubiere acuerdo sobre la práctica o costumbre ancestral aplicable, para elegir a la vocera o el vocero, como alternativa se aplicará la elección a mano alzada, de la forma que este documento establece, y que incluye la siguiente disposición: “En caso de empate se decidirá a la suerte lanzando una moneda”.

En resumen, la modificación al reglamento hizo que el sistema de votación para escoger la representación indígena a la Asamblea Nacional pase de un sistema público, en segundo grado, a uno no siempre secreto, que continúa siendo en segundo grado. ¿Por qué?

El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas, establece el artículo 63 de la Constitución. Como ya ha advertido el OEV, este sistema no es directo porque los electores votan por unos voceros que serán estos quienes en definitiva, en votación de segundo grado, voten por los postulados a diputados.

El proceso, con estas nuevas pautas, está en marcha. Del 15 de agosto y hasta el 15 de septiembre se cumple el cronograma de las asambleas comunitarias indígenas, según los usos y costumbres de cada pueblo originario, ha informado el CNE. De allí saldrán electos los representantes o voceros de esas comunidades. Luego, en asamblea general en diciembre, insistimos, en elección de segundo grado, se elegirán los diputados indígenas que los representarán en la Asamblea Nacional.

El “Manual para la participación política de los pueblos indígenas”, aprobado por el CNE para esta elección, dice sobre las medidas de bioseguridad en las asambleas: “Las Asambleas Comunitarias y Generales se efectuarán en lugares al aire libre o techado, cuyos espacios deberán ser suficientes para garantizar el distanciamiento social y las medidas de bioseguridad. Todos los participantes deberán utilizar el tapaboca. Los Agentes de Coordinación Electoral velarán por el cumplimiento de esta disposición”.

Desde la cuenta de Twitter del Movimiento Indígena Unido de Venezuela han hecho documentación fotográfica de las asambleas comunitarias. Antes de la reforma al reglamento especial, el Miuven expresó su respaldo categórico a lo aprobado por el CNE. En las gráficas se puede observar que:

  • En todas las asambleas no se está garantizando el distanciamiento social, consistente en la separación de por lo menos metro y medio entre personas, como ha recomendado la Organización Mundial de la Salud.
Sin el debido distanciamiento social, asamblea comunitaria en Machiques. Foto divulgada el 18 de agosto.
  • Aunque la mayoría de personas se observan con tapaboca, en algunas fotos se aprecian algunos asistentes que lo tienen mal puesto o incluso que no lo tienen.
Por lo menos tres asistentes sin tapaboca y otros dos con mascarilla mal puesta en esta asamblea en el Zulia. Foto divulgada el 22 de agosto.
  • Estas actividades deberían estar ajenas a la influencia de militancia político-partidista, pero en algunos casos se observan símbolos del partido de gobierno, lo cual violenta el criterio de imparcialidad que debe caracterizar la escogencia de los voceros.
Una persona con franela del PSUV en asamblea en el estado Sucre. Foto divulgada el 17 de agosto.
Utilización de un sombrero con las siglas del PSUV durante una asamblea en el estado Zulia. Foto divulgada el 23 de agosto.
  • En las fotos también se observa que se está siguiendo la práctica del estampado de la huella dactilar. Al respecto, la “Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia” (julio 2020), del DECO-OEA, sugiere incorporar la biometría en los sistemas, con una desinfección constante a todo equipamiento, incluido el lector de huella dactilar. Igualmente, si bien sugieren alentar a los electores a que porten sus propios bolígrafos para firmar, recomiendan incluir suficientes lapiceros entre los materiales, para que puedan ser desinfectados regularmente.

44 actividades del cronograma tienen aglomeraciones de personas

En una entrevista con Panorama, la presidenta del CNE, Indira Alfonzo, precisó que han detectado en el cronograma electoral de las parlamentarias 44 actividades (de un total de 88) que tienen aglomeraciones de personas. “En ellas hemos recomendado el distanciamiento, el alcohol, el uso de tapabocas, todos nuestros funcionarios, al día de hoy, tienen su kit biosanitario”.

De lo anterior se desprende que la mitad de actividades del Cronograma Electoral implican riesgos de contagio. El OEV ha saludado como positivo que el CNE esté evaluando cómo se disminuye el riesgo de contagio en las elecciones, en un contexto complejo producto de la pandemia por covid-19.

La exigencia y la garantía de condiciones sanitarias a lo largo del proceso electoral debe ser un punto de primer orden. Se sugiere intensificar y ampliar las campañas de prevención dirigidas a la población, sobre las normas que debe respetar y las medidas que están obligados a cumplir para no contraer el virus.


¿Votación escalonada? Diversas condiciones aplican

Miembros de la Comisión Electoral Estatal de Macedonia del Norte con ropa protectora recogen los votos de los ciudadanos en cuarentena | Foto de la agencia EFE

Siempre que existan las condiciones de seguridad apropiadas, se puede considerar la celebración de la elección en 2 o 3 días, sugiere la “Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia” del DECO-OEA. “Esta medida puede ir acompañada de criterios razonables para segmentar a la población, de manera de permitir la concurrencia de adultos mayores y personas con otros riesgos separadamente del resto de la ciudadanía”.

En todo caso, una medida de esta naturaleza requiere amplio consenso y un esquema logístico y operativo apropiado. Se debe definir claramente los protocolos para el resguardo y seguridad de los materiales electorales, en particular de las urnas y los votos, dice el manual de la OEA, que ofrece recomendaciones a los países con base en su experiencia de observación electoral en procesos como los de Surinam y República Dominicana en plena pandemia.

En una entrevista a Panorama publicada el 23 de agosto, la presidenta del CNE, Indira Alfonzo, asomó que este contexto puede hacer extender la votación de las elecciones parlamentarias más allá de un día.

“La variante del covid-19 condiciona por supuesto cuando se establecen mecanismos de cuarentena radical y se disminuyen las posibilidades de movilización, por supuesto que eso debe llevarnos a considerar, y así lo estamos haciendo, la fórmula de que quizás debamos extender el momento de votación a más allá de un día de jornada”,

dijo la rectora, citada por el medio zuliano.

Una posibilidad como esta, anunciada en principio sin mayores detalles, ha generado en la opinión pública una expectativa cargada de más dudas que certezas. El OEV considera imprescindible que cualquier esquema de votaciones sea determinado con suficiente anticipación.

En su manual “Safeguarding Health and Elections”, la Fundación Internacional para Sistemas Electorales (IFES, por sus siglas en inglés) también recomienda que el distanciamiento físico durante la votación puede manejarse mejor si se reduce el número de personas en el centro, pero dejando claro que todos los votantes deben tener derecho al voto. Donde las disposiciones legales lo permitan, se puede considerar extender el período de votación. Para asegurar una asignación equilibrada de votantes por día, dicen que se puede considerar dividir el electorado por las iniciales del nombre o la dirección, por ejemplo.

El Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), mediante su programa especializado el Centro de Asesoría y Promoción Electoral (IIDH-CAPEL), también refiere recomendaciones relativas al que ellos llaman “voto escalonado”, en su serie de fascículos sobre el tema.

Algunos países están considerando organizar el voto en dos jornadas electorales, indicando qué electores pueden votar en la primera y quiénes en las sucesivas, de modo de dividir la concentración de electores en los recintos de votación. “Esta solución, que ofrece cierta complejidad desde el punto de vista de la seguridad y de la exposición de los miembros de mesas y trabajadores electorales el doble de tiempo, puede ser conveniente donde no puedan destinarse a la elección un mayor número de locales de votación, logrando el mismo efecto”.

Una variante del voto escalonado, dice IIDH-CAPEL, es fijar horarios exclusivos para electores considerados parte del grupo de riesgo, preferentemente al principio de la jornada electoral. “En ese caso, se debe desinfectar la totalidad del recinto antes de habilitar la entrada del resto de los electores”.

Como demuestran todas estas sugerencias, la organización es tema difícil y debe ser asunto definido lo antes posible.

Otros ya lo hicieron

  • En las elecciones legislativas del 15 de abril en Corea del Sur, que logró mantener su estadística de casos luego de una masiva participación, los pacientes con covid-19 pudieron optar al “voto a domicilio” por correo. También pudieron sufragar días antes de la votación general, en el proceso de votación temprana, con estrictas medidas sanitarias. Quienes se mantenían en cuarentena pudieron sufragar luego de que la votación general hubiera terminado, el mismo día, en una urna especial ubicada al aire libre, informaron medios.
  • Macedonia del Norte votó del lunes 13 al miércoles 15 de julio para elegir un nuevo gobierno. En este Estado balcánico de menos de dos millones de personas, el lunes y el martes estuvieron reservados para el voto de los enfermos, militares, presos y personas frágiles; mientras que el miércoles lo destinaron para el resto de los electores. Los que habían dado positivo en coronavirus después del 8 de julio fueron excluidos del censo electoral. En cada centro, médicos velaron por la implementación de las normas.
  • En Rusia, con un censo de unos 100 millones de electores, el referéndum constitucional se llevó a cabo del 25 de junio al 1 de julio de 2020. “Las autoridades extendieron el periodo de votación por una semana para evitar aglomeraciones en los colegios electorales y un posible rebrote de la covid-19”, informaba en su momento la prensa alemana.
  • Aunque votarán en 2021, en mayo pasado el árbitro electoral de Ecuador analizaba la posibilidad de una votación presencial segmentada en dos o tres días: esto es, la división en segmentos del electorado para que cumplan con su deber en distintas jornadas. Barajaban esta opción, hasta entonces no decidida: el viernes, quienes ejercen el voto facultativo; el sábado, los hombres, y el domingo, las mujeres, con totalización única el mismo domingo.

Unas buenas elecciones necesitan observación electoral

La observación electoral independiente es parte necesaria de los protocolos de los procesos electorales.

Sobre la presencia de observación electoral internacional, la Organización de Estados Americanos (OEA) “no puede desplegar una misión de observación electoral (MOE/OEA) en tanto Venezuela no garantice el cumplimiento de los estándares establecidos en la Carta Democrática Interamericana y en el Declaración de Principios para la Observación Internacional de Elecciones”.

Así lo informó la OEA, en una comunicación fechada el 17 de agosto, en la cual enumeran los siguientes ocho “retrocesos del sistema electoral” en Venezuela, sobre los aspectos de:

  1. Institucionalidad electoral.
  2. Garantías para la participación política activa y pasiva.
  3. Padrón electoral confiable.
  4. Garantía y respeto al voto secreto.
  5. Equidad y transparencia de la campaña electoral, libertad de expresión y prensa.
  6. Respeto al calendario electoral.
  7. Reglas claras.
  8. Transparencia en la implementación del voto automatizado.

Por su lado, como ya reseñó el anterior Boletín OEV, la Unión Europea ha dicho que necesita, para desplegar una misión de observación electoral, “unas condiciones y garantías mínimas de credibilidad, transparencia e inclusividad, y la capacidad de observar sin interferencias con acceso completo a todo el proceso electoral”.

El Ministerio de Asuntos Exteriores de España “continúa abogando por una salida política negociada a la crisis mediante la celebración de elecciones”, expresó el 28 de agosto, al saludar la excarcelación del diputado a la Asamblea Nacional Juan Requesens.

El OEV considera que unas buenas elecciones requieren niveles razonables de confiabilidad. Y, para lograrlos, la observación electoral independiente ha llegado a ser, con el paso de los años y en el mundo entero, parte necesaria de los protocolos de los procesos electorales.

En muchos países, los ciudadanos conforman equipos de observación capacitados para evaluar exhaustivamente, con base técnica y sin sesgo político, distintas fases de procesos electorales, e informar a la gente para contribuir a una participación responsable.

Las observaciones electorales pueden ser nacionales, realizadas por organizaciones propias del país, como el OEV; e internacionales, hechas por misiones desplegadas en el país por organizaciones internacionales públicas o privadas, como la ONU, la Unión Europea y otras. La experiencia derivada de procesos anteriores revela que ambas observaciones se refuerzan y complementan.

La observación de procesos electorales se orienta a identificar y prevenir errores o distorsiones que puedan afectar su naturaleza y resultados. Transmite información que genera confianza en los electores y les permite tomar decisiones más conscientes.

Las medidas que impone la pandemia también deben ser consideradas, desde luego, en la observación del proceso electoral parlamentario programado en Venezuela.

Una buena observación electoral allana el camino para unas buenas elecciones”

Una buena observación electoral allana el camino para unas buenas elecciones. El CNE debe invitar a organizaciones internacionales, como ONU y UE, a conformar misiones para el 6 de diciembre, e igualmente acreditar a las organizaciones venezolanas que lo soliciten.


Recomendación al cierre

La Facultad de Medicina de la Universidad Central de Venezuela (UCV), en alianza con empresas de tecnología y asesores individuales, mantiene a disposición de la población nacional el centro de atención telefónica gratuita “Llamada SOS” para orientar al paciente ante síntomas o sospecha de algún problema de salud. A través del 0212-313.56.60 el usuario recibirá las recomendaciones e indicaciones del personal de salud especializado. Más información en su Twitter @Llamadasos y en la web https://llamadasos.ucv.ve/.

“Unidos por la democracia” es el título de un boletín de seguimiento político electoral realizado de forma conjunta por 11 organizaciones de la sociedad civil sobre temas de democracia, derechos humanos, participación política y procesos electorales en Venezuela en 2020.

El primer número del informe de seguimiento político electoral “Unidos por la democracia”, que a continuación compartimos, recoge las principales publicaciones y acciones registradas en el mes de julio de 2020, sobre el proceso electoral parlamentario convocado para el 6 de diciembre.

La plataforma Diálogo Social invita a todas las organizaciones a sumarse a este esfuerzo editorial.

Primera quincena, agosto de 2020

Continúa empañándose el panorama de este proceso: funcionaron 122 puntos menos de los anunciados en la jornada del Registro Electoral, el CNE tiene un nuevo rector distinto al suplente del renunciante Rafael Simón Jiménez, los partidos de la actual mayoría parlamentaria no postulan candidatos y Europa observa que no se reúnen las condiciones para un proceso transparente, inclusivo, libre y equitativo

Un grupo de indígenas venezolanos en el palacio legislativo de la Asamblea Nacional | Foto referencial de la agencia EFE, tomada el 25 de abril de 2016

El “Reglamento Especial para Regular la Elección de la Representación Indígena en la Asamblea Nacional 2020”, aprobado el 30 de junio por el Consejo Nacional Electoral, “nunca fue previamente consultado de buena fe” a los 45 pueblos y comunidades indígenas que hacen vida activa originaria en diez estados de la República, a los fines de hacer “aportes, planteamientos y propuestas” desde sus regiones “de una manera equilibrada, neutral, participativa y protagónica”.

Así lo afirmaron representantes de 14 organizaciones indígenas, constituidas o en proceso, junto a líderes de los 20 pueblos multiétnicos de Amazonas, en pronunciamiento dirigido a los rectores del CNE, en el cual expresan su queja y denuncia “categórica” de lo que consideran un “atropello”.

“Se pretende coartar, limitar y cercenar los derechos constitucionales de los pueblos y comunidades indígenas y sus organizaciones de bases a la participación política al Parlamento Nacional, en los términos de igualdad, usos y costumbres que venimos practicando los pueblos indígenas y sus organizaciones”, argumentan.

En el texto demandan “la nulidad absoluta o en su defecto la desaplicación del Reglamento”, al tiempo que exigen su “participación protagónica y democrática” para la elección de sus representantes indígenas en la Asamblea Nacional, en los términos previstos en la Constitución, en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas y en el Convenio Internacional 169 de la OIT.

Suscribieron el pronunciamiento representantes del Movimiento Indígena Amazonenses de Derechos Humanos (MOINADDHH), Confederación Indígena Bolivariana de Venezuela (COIBA), Organización Indígena (DABUKURI ÑEENGATÚ), Organización de Profesionales Indígenas del Pueblo Uwöttüja (OPROOPIU), Organización Indígena (Ecoalianza Amazonas), Organización de Mujeres Indígenas Piapoco WANARELLU, Organización Indígena del Pueblo Warekena (ORIDAWA), Escuela de Formación Política Indígena “Francisco Manuel Rojas”, Gremios de Educadores Indígenas UPEL-Mácaro Amazonas, Fundación del Pueblo Indígena Piapoco de Amazonas, Organización Indígena del Pueblo Yeral de Amazonas (ORIYAM), Organización Indígena de Mujeres del Pueblo Baniva, Consejo de Ancianos del Pueblo Indígena Baré, Organización del Pueblo Indígena Jivi Kaliavirrinae de Autana-Amazonas (OPIJKA), así como los líderes de los pueblos indígenas del Estado Indígena de Amazonas: Baniva, Baré, Curripaco, Guanono, Hoti, Kubeo, Maco, Panare, Piapoco, Puinave, Sáliva, Sánema, Warekena, Yabarana, Yanomami, Yekuana y Yeral.

Por su lado, las organizaciones de base del Movimiento Indígena Unido de Venezuela (Miuven) certificaron su respaldo al nuevo reglamento del CNE. En un comunicado no firmado, defienden que el proceso se haga por medio de asambleas. Igualmente en declaraciones del 10 de agosto la ministra de Pueblos Indígenas, Aloha Núñez, expresó que las “organizaciones de maletín” le tienen miedo al Poder Popular y le tienen temor a las asambleas comunitarias que, dice, son establecidas por la Ley y no por el CNE.

Pero, ¿qué argumenta el CNE para aprobar este reglamento? Desde su publicación en la web, el 24 de julio, han indicado en nota de prensa que así “el Poder Electoral desarrolla uno de los lineamientos fundamentales impartidos por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión 068, de fecha 5 de junio del presente año, de acuerdo a la cual debe establecerse un sistema de elección de los representantes indígenas en consonancia con los usos y costumbres ancestrales de estas comunidades”.

“En consecuencia”, alega el CNE, “el Reglamento señalado introduce por primera vez un sistema electoral especial que reivindica las costumbres, usos y prácticas de las comunidades indígenas, a través de un procedimiento inclusivo, participativo y directo”.

De acuerdo con este mismo boletín institucional, el instrumento normativo especial es “resultado de la consulta con los actores representativos de los pueblos originarios”.

Entre tanto, ocho exfuncionarios públicos, seis de ellos con funciones en anteriores administraciones del CNE, pidieron el 29 de julio al Tribunal Supremo de Justicia “declarar la nulidad de la convocatoria de las elecciones parlamentarias” en el entendido de que viola seis artículos de la Constitución (73, 77, 186, 292, 293 y 298). Sobre este reglamento de representación indígena, afirman que crea “una especie de elección de segundo grado, al decidir que la Asamblea de comunidades, al elegir unos representantes que forman una Asamblea Estadal donde estos votarán a mano alzada por el candidato de su preferencia, hecho este tan grave que impide que el voto sea libre y secreto”.

La Academia de Ciencias Políticas y Sociales observa, por su lado, en un pronunciamiento del 11 de agosto que “el Reglamento viola abiertamente estos principios constitucionales e internacionales del derecho al voto universal, directo y secreto”, entre otras irregularidades de carácter jurídico que describen.

Claramente, como ha dicho el OEV en su comunicado del 1 de agosto sobre este particular, estos cambios se produjeron al margen del precepto constitucional que establece que la ley que regule los procesos electorales no podrá modificarse en forma alguna en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma.

Llevado al calendario, fue aprobado el 30 de junio y publicado en Gaceta Electoral el 27 de julio, con fecha de votación prevista para el 6 de diciembre.

“No puede ser que prácticamente en agosto estén haciendo cambios a una elección en diciembre. El 298 protege la estabilidad electoral, que no haya sorpresas para los competidores y que haya unas reglas de juego claras asumidas por todo el mundo, que tengan una duración y vigencia asegurada para que no haya cambios”, explicó a Crónica.Uno el abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli.

El OEV sostiene que el sistema diseñado en el Reglamento Especial no es ni directo ni secreto y puede, muy fácilmente, devenir en uno que tampoco sea libre. No es directo porque los electores votan por unos voceros que serán estos quienes en definitiva voten por los postulados a diputados. No es secreto porque expresamente se establece que tanto los voceros como los diputados serán electos en asambleas públicas a mano alzada. Se corre además el riesgo cierto de no ser libres, ya que al ser público, los electores podrían ser objeto de presiones.

Otras organizaciones de observación electoral también han fijado posición: la Red de Observación Electoral de la Asamblea de Educación (ROAE) considera que este “enrevesado procedimiento” también viola la Disposición Transitoria Séptima de la Constitución, que establece que los candidatos indígenas estarán en el tarjetón de su respectivo estado o circunscripción y todos los electores podrán votar por ellos. De acuerdo con Súmate, lo primero que se requiere es que los actuales poderes públicos se sometan al imperio de la Constitución.

La directiva de la Asamblea Nacional que encabeza Juan Guaidó también desconoció y rechazó por inconstitucional este reglamento. “Minimiza el derecho a la participación política de los pueblos y comunidades étnicas”, expresa el acuerdo.

El 28 de julio se celebró el foro virtual “Hablan los expertos: ¿Hay o no hay condiciones electorales para el 6D?”, organizado por TalCual. Allí participó Leonardo Morales, para esa fecha presentado como representante electoral de Avanzada Progresista, y desde el 7 de agosto rector del CNE. Sobre el tema del reglamento de la representación indígena, citado por el medio de comunicación, Morales “también reconoció que las normas dictadas por el CNE al respecto violentan la Constitución, y destacó que 17 de las 23 organización indígenas que participarán en estas elecciones ‘están en desacuerdo con la normativa aprobada. Eso fue una decisión tomada desde el CNE (…) me parece que en algunas cosas puede estarse de acuerdo, pero en otras es excluyente de los pueblos indígenas’”.

Morales juró frente a los integrantes de la Sala Constitucional, en breve acto transmitido por VTV

Nuevo rector: suplentes no ascendieron

Rafael Simón Jiménez reveló que el CNE se había convertido para él en “una camisa de fuerza”. Por eso el 6 de agosto renunció como rector principal y vicepresidente del ente comicial, antes de siquiera cumplir dos meses en el cargo. “De alguna manera comenzó un conflicto conmigo mismo porque yo cumplía como una doble función de rector y a la vez de actor político”. Un conflicto que, dice, fue acumulando situaciones hasta que llegó a la idea de rescatar su “libertad de acción”. Por carácter, temperamento y convicciones, le resultó imposible ser árbitro neutral ante la “angustiosa y trágica situación” que atraviesa el país.

24 horas después de formalizada su dimisión, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia volvió a aplicar el procedimiento de la “omisión legislativa”. Verificada la falta absoluta, decidió en su sentencia Nº 0083, del 7 de agosto, designar a Leonardo Morales como rector principal, vicepresidente del CNE y presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento. Esto es, los cargos que ostentaba Jiménez. Hasta el 14 de agosto no había sido publicado el fallo por extenso.

El nombre de Morales no figuraba entre los 10 rectores suplentes que designó el mismo Poder Judicial el pasado 12 de junio en la noche. Ha debido ser el primer suplente de Jiménez quien automáticamente asumiera el cargo del renunciante, como ha apuntado el OEV. El TSJ, entonces, desconoció en este sentido su propia decisión de junio.

El rector Morales, sin embargo, ha expresado su punto de vista al respecto: “Ante la renuncia de Rafael Simón Jiménez el tribunal podía echar mano de uno de los suplentes o nombrar a alguien externo como efectivamente hizo (…) a mí me acompaña una vasta experiencia; trabajé en el Consejo Nacional Electoral por 23 años”, dijo en entrevista a Globovisión el 11 de agosto.

Como es conocido, constitucionalmente el nombramiento de los rectores del Consejo Nacional Electoral es una atribución exclusiva de la Asamblea Nacional. Vista la falta de mayoría calificada en el hemiciclo, la opinión pública ha sabido que la conformación del nuevo CNE, en junio, fue producto de un acuerdo político. Pero se trató de un acuerdo parcial, del que fueron excluidos actores políticos importantes y con capacidad de decisión.

Como ha ocurrido otras veces en el pasado, el rector Morales estuvo vinculado a un partido político registrado en el CNE; en este caso, Avanzada Progresista. El artículo 9 de la Ley Orgánica del Poder Electoral establece que los rectores electorales deben cumplir con varios requisitos para serlo, entre ellos el de no estar vinculados a organizaciones con fines políticos.

En un comunicado fechado el mismo 7 de agosto de su juramentación, la organización política del ex candidato presidencial Henri Falcón dejó saber que Morales renunció “a sus intereses personales y militancia partidista”, aunque sin especificar cuándo lo hizo. En la nota de la entrevista del 11 de agosto con Globovisión, el canal reseña sobre este aspecto: “Morales habló en pasado sobre su vinculación con el partido Avanzada Progresista. ‘Tuve la oportunidad de asesorar a Henri Falcón y participar en varios comandos de campaña’”.

Uno de los puntos que funcionaron durante la jornada especial | Foto vtv.gob.ve

Registro Electoral: 122 puntos menos

De 17 días fue el lapso total de la jornada especial de Registro Electoral para la inscripción de nuevos electores y la actualización de datos, con incidencia sobre las próximas elecciones parlamentarias. Incluyó, como se sabe, una prórroga de tres días.

Al inicio de esta jornada especial, el 13 de julio, el CNE informó sobre “la apertura de 551 Centros de Inscripción y Actualización en todo el país”. Sin embargo, al ofrecer el balance de cierre, el 3 de agosto, el mismo ente comicial precisó que “para la realización de dicha jornada fueron habilitados un total de 429 puntos a lo largo y ancho del territorio nacional”. Una diferencia de 122 centros o puntos menos, en relación con los anunciados.

El CNE registró 808.522 operaciones durante esta jornada especial. De este dato oficial se desprende que en cada punto registraron una media de 110 operaciones por día. Las 17 jornadas estuvieron enmarcadas en la cuarentena que rige para Venezuela por la pandemia de covid-19, con niveles de flexibilización según la semana y la entidad federal.

Así, el corte del Registro Electoral Preliminar, publicado el 8 de agosto de 2020, totaliza por el momento 20.733.941 electores. Una cifra que, de acuerdo con la autoridad electoral, incluye a los 251.398 nuevos inscritos en esta reciente jornada especial del RE, así como la depuración de la data de fallecidos.

Desde el 9 y hasta el próximo 23 de agosto transcurre el lapso para considerar posibles impugnaciones y reclamos. Al revisar sus datos en la web del CNE verá el enlace a una Planilla General de Reclamos, que permite su envío a un correo institucional referido en el mismo formulario; o quien lo prefiera, puede descargarla, llenarla y entregarla en físico. En esta fase ya no serán posibles nuevas inscripciones ni actualizaciones, de cara a la votación de diciembre. Finalizado este lapso, el CNE debe conformar el Registro Electoral Definitivo.

En un comunicado del pasado 30 de julio, el OEV lamentó el escaso tiempo del cual se dispuso, así como el número insuficiente de centros para el Registro. Igualmente, la inoperatividad de algunos puntos referidos en la web del CNE dificultó aún más a los ciudadanos el cumplimiento de este derecho. Unas condiciones que no dan pie para considerar como exitosa la jornada de registro celebrada.

Jornada RE 2020
Infogram

En el proceso electoral parlamentario anterior (2015) la jornada especial del RE duró 140 días más que esta vez y contó con 1.139 más centros que ahora, sin contar que hace un lustro no existían las restricciones de movilidad ni la emergencia sanitaria que definen este momento.

La “Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia” de la Organización de Estados Americanos recomienda, entre otros 17 aspectos ya referidos por el OEV, el de “ampliar los plazos de inscripción y actualización del Registro Electoral”.

Los adecos hacen asambleas estadales para analizar la coyuntura | Foto El Universal

Partidos políticos: 27 no participan

Un grupo de 27 partidos políticos, entre los cuales están casi todas las bancadas de la oposición con diputados en la Asamblea Nacional y dos partidos de representación indígena, acordaron de manera unánime, el pasado 2 de agosto, “no participar” en las próximas elecciones parlamentarias, que ellos consideran un “fraude electoral”. Argumentan sus razones en un manifiesto titulado “Unidos debatimos y unidos decidimos: NO participaremos en el fraude, SÍ lucharemos por verdaderas elecciones libres”.

Aquí destacan las firmas de Acción Democrática, Primero Justicia, Un Nuevo Tiempo, Voluntad Popular y Copei.

El líder de la oposición, Juan Guaidó, recién reiteró las que considera unas “condiciones centrales” para tener “unas elecciones viables”: tener un CNE independiente y electo por la Asamblea Nacional, participación plena de todos los partidos políticos, devolver los símbolos de los partidos a sus legítimos líderes, ofrecer un calendario electoral para unas votaciones presidenciales y parlamentarias y observación internacional.

El 8 de agosto, sin embargo, se hizo público otro comunicado en el cual 17 partidos políticos nacionales informan su intención de participar en las elecciones parlamentarias y exhortan a los venezolanos a no abstenerse a la convocatoria del CNE.

Así las cosas, el CNE tiene vigentes 107 organizaciones con fines políticos para las elecciones de la próxima Asamblea Nacional: 30 partidos nacionales y 53 regionales, junto a 6 organizaciones indígenas nacionales y 18 regionales.

En la lista están Acción Democrática, Primero Justicia y “Voluntad Popular Activistas”. Tres de los partidos del llamado “G-4” han sido objeto de decisiones del TSJ que consisten en suspender las actuales direcciones nacionales y nombrar otras mesas directivas, con orden al CNE de “abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada conforme a los procedimientos de rigor, por la Mesa Directiva ad hoc designada”. Con Un Nuevo Tiempo hubo solicitud pero todavía se espera la sentencia, aunque en la lista sí figura la organización “Un Nuevo Tiempo Contigo”.

Entre tanto, del 10 al 19 de agosto transcurre el lapso del proceso de postulaciones de candidatos a la Asamblea Nacional. Las organizaciones con fines políticos autorizados podrán presentar sus candidatos por medio del Sistema Automatizado de Postulaciones.

Las organizaciones nacionales formalizarán luego sus postulaciones ante la sede central del CNE; las regionales lo harán ante la correspondiente Junta Regional Electoral. El ente comicial ha informado que “el Sistema Automatizado de Postulaciones representa un gran avance en materia de simplificación de trámites administrativos”, pues solo es necesario disponer de conexión a internet para realizar la inscripción de candidaturas.

Ya fueron definidas las personas autorizadas para realizar la postulación ante el órgano comicial. Ellas deben ingresar al sitio web del CNE y hacer el proceso de carga del Plan de Gestión de la organización que postula, donde se plasman los objetivos generales y específicos, para luego pasar a la inscripción de candidatos.

Una vez completado ese proceso, el sistema genera el listado de candidatos. Debe ser impreso y firmado en duplicado por esos representantes autorizados, para su posterior presentación ante la sede central del CNE o la Junta Electoral correspondiente.

“Vale destacar que el sistema está diseñado para respetar la paridad de género, por lo cual los candidatos principales y suplentes deben presentarse bajo ese principio, pues de lo contrario, el sistema no permitirá la carga de postulaciones”, advirtió el CNE en nota de prensa.

Es de resaltar que la normativa que regula los porcentajes para “respetar la paridad de género” fue aprobada mediante la resolución N° 200730-0029, de fecha 30 de julio, apenas días antes de iniciar el período de postulaciones.

Europa y la Iglesia piden condiciones

En una declaración sobre Venezuela, emitida el 11 de agosto, el Alto Representante Josep Borrell da cuenta de los “numerosos” contactos que ha mantenido con diferentes actores políticos venezolanos, tanto del gobierno como de la oposición, con el objetivo de evaluar las posibilidades de que las fuerzas políticas acordaran un marco para las elecciones.

“Durante este tiempo, la Unión Europea recibió una invitación del gobierno de Nicolás Maduro para desplegar una misión de ‘acompañamiento electoral’, un concepto que, como señalé a los interlocutores del gobierno, es ajeno a la práctica de la Unión. La Unión Europea necesita, para desplegar una misión de observación electoral, unas condiciones y garantías mínimas de credibilidad, transparencia e inclusividad, y la capacidad de observar sin interferencias con acceso completo a todo el proceso electoral”, dice Borrell.

Tras estos contactos, el alto funcionario concluyó que, “en estos momentos, no se reúnen las condiciones para un proceso electoral transparente, inclusivo, libre y equitativo”. Borrell dijo haber sugerido la posibilidad de ampliar los plazos electorales para dar respuesta a los requerimientos de la oposición.

Casi en paralelo, el 12 de agosto, el CNE se declaró abierto a coordinar, invitar y recibir a observadores internacionales para las elecciones parlamentarias, refirieron agencias.

La Conferencia Episcopal Venezolana emitió el 11 de agosto un comunicado sobre las elecciones parlamentarias. En el texto expresan: “Nuestro pueblo tiene una gran vocación democrática, por lo que asume en su normalidad ciudadana la vía electoral como la manera pacífica y racional de establecer una ruta política consensuada e inclusiva para resolver los ingentes problemas que le afectan; esta convicción nos lleva a descartar cualquier salida fuera de la institucionalidad constitucional. Para ello, es necesario celebrar elecciones libres, justas e imparciales con participación de todos los partidos y movimientos políticos, y con un basamento ético que respete el voto ciudadano según está previsto en la Constitución y las normas electorales”.

La jerarquía eclesiástica, igualmente, se dice consciente de las “irregularidades” cometidas en el proceso de convocatoria y preparación de las próximas elecciones parlamentarias: desde la designación de los directivos del Consejo Nacional Electoral, la confiscación de algunos partidos políticos, inhabilitación de candidatos, amenazas, persecuciones y encarcelamiento de algunos dirigentes políticos, el cambio del número de diputados y de circunscripciones electorales. “Resulta inmoral cualquier maniobra que obstaculice la solución política y social de los verdaderos problemas presentes en el país”.

Sobre la voluntad de un grupo importante de líderes y de partidos políticos, quienes han expresado no participar en las elecciones parlamentarias, la Iglesia les dice: “Esto no basta, deben asumir la responsabilidad de buscar salidas y generar propuestas para el pueblo que durante años han creído en ellos, pues la sola abstención hará crecer la fractura político-social en el país y la desesperanza ante el futuro”.

La decisión de abstenerse, de acuerdo con los obispos y arzobispos de la junta directiva de la CEV, priva a los ciudadanos venezolanos del instrumento válido para defender sus derechos en la Asamblea Nacional. “No participar en las elecciones parlamentarias y el llamado a la abstención lleva a la inmovilización, al abandono de la acción política y a renunciar a mostrar las propias fuerzas”. Recuerdan lo ocurrido en diciembre de 2005: “no tuvo ningún resultado positivo”. Por eso, observan: “A pesar de las irregularidades, la participación masiva del pueblo es necesaria y podrá vencer los intentos totalitarios y el ventajismo de parte del gobierno”.

El momento actual, concluye la Conferencia Episcopal, exige la participación plena y libre de todos los partidos y movimientos políticos, junto con el compromiso ineludible de las autoridades y los dirigentes de los mismos, de dejar a un lado sus propios intereses para promover el bien común y el servicio a todo el pueblo venezolano. “Nos mueve la fe en Dios, en los valores trascendentes y el amor al pueblo, los únicos que conducen a la paz y a la convivencia fraterna de todos”.


“Nuestros votos fueron robados”: denuncias de fraude en Bielorrusia

La candidata presidencial Svetlana Tikhanovskaya emite su voto durante las elecciones presidenciales en Minsk el 9 de agosto | Foto CNN

Cuestionados resultados oficiales en Bielorrusia. Alexandre Lukashenko, quien gobierna ese país desde hace 26 años, sumó 80,23% de los votos en las elecciones del domingo 9 de agosto para obtener su sexto mandato, frente a 9,9% de la opositora Svetlana Tijanóvskaya.

La reelección no fue aceptada por muchos bielorrusos que salieron a las calles a protestar y denunciar fraude. Miembros del personal médico se reunieron frente a sus instalaciones. Artistas de la Filarmónica de Minsk entonaron canciones patrióticas ante su edificio, sosteniendo letras que formaban la frase: “Nuestros votos fueron robados”.

Bielorrusia es un país de 9,5 millones de habitantes que tiene un parlamento sin oposición.

Los partidarios de la opositora Svetlana Tijanóvskaya reivindican la victoria de su candidata, quien, tras una campaña que suscitó un fervor nunca visto en la antigua república soviética, se declaró victoriosa, abandonó su país y se refugió en Lituania, ha informado AFP.

“Nuestra Constitución no está hecha para una mujer”, había dicho Lukashenko antes de las elecciones. Svetlana Tikhanovskaya, un ama de casa de 38 años, se convirtió en figura pública tras el arresto de su marido, el conocido youtuber y bloguero bielorruso Sergei Tikhanovsky. “Un arresto que algunos apuntan como urdido desde la más altas esferas para evitar que el activista continuara con su carrera política hacia la Presidencia del país”, reseña Euronews.

Estos comicios, calificados como polémicos por gran parte de la comunidad internacional, se realizaron nuevamente sin la presencia de observadores internacionales. Ni siquiera de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE), que no fueron invitados por el Gobierno.

Estados Unidos y la Unión Europea denunciaron que las elecciones fueron fraudulentas y condenaron la represión. Entre tanto, en Caracas, el presidente Nicolás Maduro celebró el lunes lo que considera una “inobjetable victoria” de su par de Bielorrusia. (Con información de AFP, Euronews y CNN)


Elecciones en EE UU: Facebook se blinda contra la desinformación

Los contenidos falsos tienden a aumentar en épocas electorales

Los grupos políticos que crean sitios web diseñados para parecerse a los medios de comunicación ya no recibirán el mismo tratamiento que los medios independientes en Facebook, anunció la red social.

Estos sitios partidistas pueden permanecer en la plataforma, pero ya no obtendrán una “exención de noticias” para sus anuncios y estarán “sujetos al mismo estándar que las entidades políticas en Facebook”, según un comunicado.

Los investigadores han identificado más de 1.200 sitios partidistas diseñados para parecer noticias locales, pero con más del 90 por ciento de sus historias generadas algorítmicamente utilizando conjuntos de datos públicos o reutilizando historias de fuentes externas.

Facebook también lanzó un centro de información con miras a las elecciones presidenciales de noviembre en Estados Unidos, como parte de su campaña para ayudar a millones de votantes a registrarse y contrarrestar la desinformación. 

El centro de informes al que se accede desde el menú en Facebook e Instagram “servirá como una ventanilla única para brindar a las personas en Estados Unidos las herramientas y la información que necesitan para hacer oír su voz en las urnas”, señaló el gigante de las redes sociales. 

La iniciativa es el último esfuerzo para evitar que se reproduzca la desinformación en la plataforma como ocurrió en las elecciones de 2016 y por lo que fue criticada.

Los usuarios de Facebook e Instagram pueden usar la herramienta para verificar si están registrados para votar y cómo hacerlo si no lo están. 

El lanzamiento se produce en medio de preocupaciones sobre las campañas destinadas a influir en las elecciones y la opinión pública de otros países.

Google anunció, por su parte, nuevas funciones en su buscador para dar información detallada sobre cómo registrarse y votar, dirigiendo a los usuarios hacia las autoridades locales de votación. (Con información de AFP)


Recomendación al cierre

No va en la frente, estilo cintillo. Ni en el mentón, como falsa barba. Tampoco en el cuello, en plan bufanda. Mucho menos guindado en una oreja, tipo zarcillo. El tapaboca es un pequeño pero poderoso escudo contra el nuevo coronavirus que solo será efectivo si permanece bien colocado. REPASE, HACIENDO CLIC AQUÍ, las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre cómo utilizar una mascarilla higiénica de tela o una mascarilla médica de forma segura.

El 30 de junio el CNE aprobó lo que denominó Reglamento Especial para Regular la Elección de la Representación Indígena en la Asamblea Nacional 2020, finalmente publicado en Gaceta Electoral el 27 de julio, casi un mes después. Esta nueva norma legal comienza en su primer artículo por definir sus alcances al establecer que (…) tiene por objeto regular la elección de las y los integrantes de la Asamblea Nacional por los Pueblos y Comunidades Indígenas en ejercicio del derecho a la participación política, de conformidad con sus costumbres y prácticas ancestrales y lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley.

Aunque este Reglamento Especial únicamente afecta directamente a los Pueblos y Comunidades Indígenas para la elección de los tres diputados que los representarán ante la Asamblea Nacional (AN), nos afecta a todos, ya que incide en la calidad del proceso electoral en curso. Podría además argumentarse, para descalificar la jerarquía del debate sobre este reglamento, que la elección de esos tres diputados es casi insignificante ya que, con el incremento inconstitucional del número de diputados a elegir para la AN 2021–2026 de 167 a 277, esos tres diputados pasarán ahora a representar apenas el 1,1 % de la cámara, a diferencia del 1,8 % que representan en la actual. Menospreciar así la relevancia de la representación indígena ante la AN sería, además, desconocer un derecho reconocido a esos pueblos por primera vez en la Constitución de 1999. Derecho que, por cierto, fue ya parcialmente menoscabado al reducir el peso de su representación para la nueva AN. No se trata de un problema de números; se trata de la erosión de calidad global de las venideras elecciones y, sobre todo, de irrespeto a los pueblos indígenas.

Este nuevo reglamento reitera irregularidades que se vienen ya cometiendo. El CNE nuevamente legisla, usurpando funciones exclusivas de la AN y, otra vez, viola el artículo 298 de la Constitución vigente que expresamente prohíbe que la legislación electoral se modifique en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma. Es un principio constitucional que busca garantizar que las reglas del juego de todo evento electoral estén diáfanamente establecidas para todos con suficiente antelación y que no puedan ser alteradas en ese plazo prudencial.

El artículo 63 de la Constitución establece que el derecho al sufragio se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. El sistema diseñado en el Reglamento Especial no es ni directo ni secreto y puede, muy fácilmente, devenir en uno que tampoco sea libre. No es directo porque los electores votan por unos voceros que serán estos quienes en definitiva voten por los postulados a diputados. No es secreto porque expresamente se establece que tanto los voceros como los diputados serán electos en asambleas públicas a mano alzada. Se corre además el riesgo cierto de no ser libres, ya que al ser público, los electores podrían ser objeto de presiones.

Las comunidades indígenas en Venezuela son muchas y muy variadas. Afirmar entonces que las asambleas comunitarias son efectivamente parte de las costumbres y prácticas ancestrales de todas ellas, es cuando menos aventurado. ¿Deben, además, esas prácticas ancestrales impedir el ejercicio de nuevos derechos? El secreto del voto es ya un derecho ejercido por las comunidades indígenas y resulta inaceptable su eliminación.

Reitera este reglamento ambigüedades que conspiran contra la transparencia del proceso electoral en marcha, afectando su confiabilidad. Se dice que se harán asambleas comunitarias en todas las comunidades indígenas del país, pero nada menciona de un registro auditable e impugnable de ellas. También se señala que cada una de esas asambleas comunitarias elegirá a sus voceros, pero tampoco se dice nada sobre el número a elegir, salvo que dependerá del tamaño de la comunidad. Para nada deja claro el reglamento quiénes podrán participar con plenos derechos en esas asambleas, ni tampoco sobre los requisitos para ser voceros, así como tampoco el compromiso de esos voceros con las preferencias de los asambleístas comunitarios.

Es tarea irrenunciable de organizaciones de la sociedad, como el OEV, evaluar estos procesos electorales, denunciar violaciones e irregularidades que ocurran en su marcha y exigir el respeto de los derechos al sufragio de todos. Que arribemos finalmente a unas elecciones por la democracia debe ser la aspiración de todos.

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Observatorio Electoral Venezolano
Caracas, 1 de agosto de 2020