Por mandato constitucional, el Poder Electoral tiene entre sus funciones organizar el registro y renovación de los partidos políticos. Y ello debe hacerlo, garantizando igualdad, transparencia y eficiencia en el proceso.

Debería tratarse, en definitiva, de un proceso que facilite el derecho ciudadano a asociarse en partidos políticos, como pauta la constitución en su artículo 67. Sin embargo, según la poca información difundida por el CNE sobre las condiciones establecidas, ese derecho será menoscabado.
De acuerdo a evaluaciones hechas por el Observatorio Electoral Venezolano (OEV), con los plazos, puntos y máquinas dispuestas por el CNE para la renovación de partidos en las próximas semanas, será materialmente imposible que todos puedan hacerlo, quedando de hecho, y por diseño del CNE, buena parte de ellos eliminados. El CNE agrupó a las 59 organizaciones convocadas para el proceso de renovación, en diez bloques, 9 de 6 partidos y 1 de 5. Si el CNE hubiese diseñado el proceso de modo que TODOS los partidos tuviesen posibilidades ciertas de renovarse, las horas, puntos y máquinas, en cada estado, deberían ser suficientes para que el número necesario de ciudadanos pudiese respaldar la renovación de todos los partidos involucrados en el proceso.

Según la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones el número de ciudadanos requeridos para la inscripción es el 0,5% de los venezolanos mayores de 18 años, no inhabilitados políticamente y residentes en la respectiva Entidad Federal. Y aunque la Ley exige que ese 0,5% del registro electoral deba ser alcanzado en al menos 12 Estados, no hay forma que el CNE, previo al proceso de renovación, haya podido estimar en qué Estados cada partido concentraría sus esfuerzos para obtener el respaldo requerido y en cuáles no.

Resulta importante respaldar las afirmaciones anteriores con números. Como ya se dijo, el CNE dispuso que la renovación requiera de la presentación de cada adherente ante un punto determinado por el CNE para validar su respaldo a la renovación del partido de su preferencia. Para eso, cada bloque de 6 partidos dispondrá de un fin de semana, con 2 jornadas de 7 horas cada una. Ha debido hacer el CNE una estimación del tiempo promedio requerido por cada ciudadano para formalizar su respaldo ante el funcionario del CNE. Suponiendo que el proceso funcione con extremada eficiencia, podría estimarse que cada ciudadano demore minuto y medio en su paso por la máquina capta huellas, es decir, 40 ciudadanos por hora, 280 por día. En definitiva 560 en todo el fin de semana. Si comparamos estas estimaciones con los números registrados en las jornadas de referendo revocatorio, donde en promedio cada capta huella registro 130 electores por día, vemos que sería una estimación muy y claramente perjudicial para los partidos.

Puede de todas formas, con estos irreales supuestos, evaluarse la implementación anunciada, estado por estado, en el entendido que en la realidad la situación será peor. En el Estado Amazonas, por ejemplo, el 0,5% del registro es 512, que, multiplicado por seis, da 3.073 electores. Para ese Estado está previsto habilitar ocho puntos, con un total de nueve capta huellas. Ese número de máquinas, suponiendo pueda atender el estimado de 560 ciudadanos a lo largo del fin de semana, estaría en capacidad de atender 5.040 electores. En ese Estado, pareciera que la meta sería alcanzable para los seis partidos. Pero es ese el único Estado donde esa situación se presenta. En las 23 entidades federales restantes el número de máquinas programadas es claramente insuficiente. Y esas insuficiencias en algunos casos serían relativamente menores de una o dos máquinas, como en los Estados Delta Amacuro, Cojedes y Trujillo, pero en otros llegarían a ser abrumadoras y hasta escandalosas, como en Carabobo, Distrito Capital, Lara, Miranda donde las insuficiencias superarían las 50 máquinas, o en el Estado Zulia, donde está programado el uso de 24 máquinas, siendo que lo mínimo necesario para poder atender a los ciudadanos requeridos para renovar 6 partidos serían 129. Con tiempos promedios estimados más realistas, de 2, 3 o 4 minutos por ciudadano participante ante la máquina capta huellas, las insuficiencias se incrementan, llegando a presentarse hasta en el Estado Amazonas.

El OEV considera que el CNE organizó, con intención o por incapacidad, un proceso de renovación de partidos que conducirá, independientemente de la capacidad de movilización que muestren los partidos involucrados, a la eliminación de una buena parte de ellos. Será un proceso que restringirá el principio constitucional del pluralismo político, colocando nuevamente la acción del CNE alejado de su rol de árbitro imparcial.

Caracas, 22 de febrero de 2017.

  • OEV sostiene que el proceso de renovación de partidos es un proceso administrativo y no debe estar por encima del ejercicio de los derechos políticos.
  • Es responsabilidad, constitucional y legal, del Poder Electoral estimular y facilitar la participación política, pero el CNE reiteradamente incumple esta obligación.
  • Sin elecciones ni partidos políticos no puede haber democracia.

Con la decisión anunciada el pasado 7 de este mes para la actualización de los partidos políticos, el CNE nuevamente le ponen escollos a la ciudadanía para el ejercicio de un derecho consagrado en la Constitución Nacional, que en su artículo 67 dice que “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de asociarse con fines políticos…”.
Esas condiciones establecidas por el CNE para la renovación de los partidos políticos, sobre todo para los partidos más pequeños, son de cumplimiento casi imposible. Nuevamente, repitiendo conductas ya observadas el pasado año, el Poder Electoral, en lugar de promover y facilitar la participación de la ciudadanía, la obstaculiza y le pone trabas.
En efecto, se ha convertido en práctica reiterada del Poder Electoral restringir el número de sitios donde los electores deben acudir a ejercer algún derecho.

Repitiendo lo vivido con el intento ciudadano de promover un referendo revocatorio presidencial, el CNE anuncia ahora que será en escasos 390 puntos, cuya ubicación no ha sido suficientemente publicitada, donde los electores deberán acudir a manifestar su apoyo para la renovación requerida. Con la excusa de ampararse en la seguridad que proporciona la plataforma tecnológica electoral, en lugar de permitir que los promotores de la renovación de cada partido, sin más restricciones que las contempladas en la ley, busquen las adhesiones requeridas, se obliga a que los adherentes se trasladen a lugares predeterminados que pueden no ser de fácil acceso.

Igual ocurre con el horario establecido. El CNE determinó igualmente que el proceso de renovación de cada partido se limitará a un fin de semana con dos jornadas de siete horas. Además, en las diez semanas contempladas para la renovación de todas las organizaciones, están el Carnaval y la Semana Santa. Llama también la atención que, luego de meses de silencio sobre el tema, se presenta esta programación para que cada partido, atropelladamente, cumpla en apenas catorce horas con los requisitos legales, en tiempos y condiciones no contemplados en la ley.
Anuncia así mismo el CNE que los electores con derecho a participar en este proceso de renovación de partidos, son los incluidos en el registro electoral usado para las elecciones parlamentarias de 2015, registro que cerró a mediados de ese año. Todos los potenciales nuevos electores, que estimaciones ubican en cifras cercanas a los dos millones, estarán excluidos, es decir, quedan privados de un derecho fundamental, propio del sistema democrático.

Ante todo lo señalado, el OEV sostiene que el proceso de renovación de partidos es un proceso administrativo y no debe estar por encima del ejercicio de los derechos políticos. Y recuerda que, acorde con esto, en ocasiones anteriores, por ejemplo en el año 2006, los procesos de carácter administrativo han sido postergados a fin de hacer posibles los procesos electorales que tocaba llevar a cabo en el año mencionado, sin convertirse en excusa para demorar elecciones pautadas constitucionalmente.

En suma, es responsabilidad, constitucional y legal, del Poder Electoral estimular y facilitar la participación política, pero el CNE reiteradamente incumple esta obligación. Suspendió el referendo revocatorio, acatando decisiones de tribunales regionales sin competencia electoral, no ha llamado a elecciones regionales en los plazos diáfanamente contemplados en la Constitución. Diseña ahora mecanismos de renovación de partidos, que pareciera tener por propósito la eliminación de buena parte de ellos, sobre todo de los más pequeños, violentando con ello el principio del pluralismo político contemplado en la Constitución desde su segundo artículo.

La sociedad toda debe exigirle al CNE que regrese al cause que la Constitución y las leyes le indican, anunciando una pronta programación de elecciones y facilitando los procesos en marcha, como una condición para buscarle salida a la actual crisis venezolana. Sin elecciones ni partidos políticos no puede haber democracia.

Caracas, 14 de febrero de 2017.