Mes: noviembre 2016
La situación económica y social del país es muy grave y la crisis política traba seriamente la posibilidad de encararla y superarla. La mayoría de los venezolanos parecen coincidir en que es necesario, para iniciar la resolución de esa crisis política, que los ciudadanos sean consultados, es decir, que se celebren elecciones como condición necesaria, aunque puede que no suficiente, para que la sociedad venezolana comience a salir de las dificultades que la agobian.
La decisión del 20 de octubre del CNE de paralizar, hasta nueva orden judicial, el referendo revocatorio presidencial, que es un derecho constitucional consagrado en su artículo 72, cerró ese proceso pacífico y democrático que parecía contar con amplio apoyo. Esa decisión estuvo acompañada de una anterior, dos días antes, y anunciada por el mismo CNE, de que este año no se realizarían las elecciones regionales, lo que también violenta lo establecido en la constitución, al no respetar los plazos en ella estipulados. Las graves consecuencias que ambas decisiones acarrean, al cercenar de en la práctica el derecho al voto de todos los ciudadanos, podría enmendarse si el Poder Electoral, en ejercicio de los principios de independencia orgánica, autonomía funcional que la Constitución le otorga, rectificara y posibilitara la realización prontamente de ambas consultas electorales.
Se añade a lo anterior, la situación de minusvalía en que se encuentran los electores del Estado Amazonas al ser sus representantes electos ante la Asamblea Nacional, desconocidos por una sentencia aprobada la última semana del mes de diciembre del 2015, sin que a esta fecha haya sido solventada la situación de esos cuatro diputados. Es también probable que esta irregular situación requiera, para solventarla, de un nuevo proceso electoral.
Sorprende en este contexto el anuncio hecho hace pocos días por la Presidenta del CNE, informando que el organismo disfrutará de vacaciones colectivas a partir del 1° de diciembre. Sorprende, porque deja la impresión de que el Poder Electoral elimina nuevamente la posibilidad de que en un tiempo cercano –siendo que la urgencia política es evidente– se pueda realizar alguna consulta electoral reclamada por buena parte del país, o bien acordada en la Mesa de Diálogo, o por una rectificación del mismo CNE, cosa que también es reclamada, legítimamente y apegados a la Constitución, por muchos.
Sorprende, además, porque coincide con diversas actuaciones de otros poderes del Estado que no ayudan a crear un clima propicio para un eventual acontecimiento electoral y, por el contrario, parecen querer torpedearlo. Así, el TSJ mantiene su tónica de restringir las funciones de la Asamblea Nacional y de también restringir, a petición de la Procuraduría General de la República, manifestaciones públicas, poniendo en cuestión la vigencia misma de la Constitución. Coincide, así mismo, con opiniones de líderes oficialistas, incluyendo al propio Presidente Maduro, que parecen descartar de plano cualquier opción electoral pronta.
En sistemas democráticos, es el diálogo el medio para canalizar pacíficamente los disensos y desavenencias. Es la forma de construir las condiciones mínimas para la convivencia pacífica en función del interés de todos. El país debe salir de sus problemas mediante la conversación y la negociación para darle un sentido de dirección compartido. Y también por la vía de la consulta a los ciudadanos en ejercicio de su derecho constitucional al sufragio. Así lo debe entender el liderazgo nacional. Es la sociedad la que eleva estas urgentes demandas.
Caracas, 21 de noviembre de 2016.
El Observatorio Electoral Venezolanos (OEV), con sorpresa y preocupación, recibió la información de los candidatos presentados por el Comité de Postulaciones a la Asamblea Nacional para reemplazar a la rectora Socorro Hernández cuyo período vence a finales de este año.
Entre los candidatos hay varios que no cumplen con el requisito constitucional (art. 296) y legal (art. 9 LOPE) de no estar vinculado a partidos políticos.
La misma rectora Hernández, fue cuestionada por quienes ahora tienen mayoría en la AN, y la tuvieron en el comité de postulaciones, por sus vínculos con el PSUV.
Reestablecer el estado de derecho implica apegarse siempre a las reglas que pauta la Constitución.
Le hacemos un llamado a la Asamblea Nacional a no incurrir nuevamente en violaciones ya hechas en el pasado.
Caracas, 11 de noviembre de 2016.
Creado por Código Noticia – AZALEA LISCANO
09 de noviembre, 2016 08:33
Luis Lander, Director del Observatorio Electoral Venezolano, define el revocatorio como el mecanismo para superar la crisis actual, es un derecho constitucional que debe respetarse, es una opción exclusiva de la ciudadanía organizada, no es competencia de la MUD ni del TSJ ni del CNE. Si no hay voto, no existe el proceso democrático, y la decisión tomada el 20 de octubre por el CNE cercena esa equidad social y legal.
Luis Lander quien también se desempeña como profesor universitario, llama a los venezolanos a tomar conciencia de la importancia de mantener…
Fuente: Radio Cut
Sábado 12 de noviembre a las 11:00 a.m. en la librería Lugar Común (Centro Comercial Paseo Las Mercedes) y contará con la participación de Eugenio G. Martínez.
Actuación de los poderes del Estado en procesos electorales; sistema de voto electrónico; violación a la representación proporcional; nombramiento de rectores del Consejo Nacional Electoral; tránsito del clientelismo a la ciudadanía democrática; observación internacional; aspectos jurídicos y políticos del actual marco normativo electoral; estrategia comunicacional de organismos estatales en campañas. Estos son los temas que se abordan en el nuevo título de la Colección Trópicos, preparado con la experiencia del Observatorio Electoral Venezolano (OEV).
Luego de las pasadas elecciones de diciembre de 2015, el OEV miró y calibró el proceso electoral que culminó con el nombramiento de una nueva Asamblea Nacional y la oportunidad fue propicia para que se convocara a personas de competencia probada (Alfredo Infante, Eglée González Lobato, Luis Salamanca, José María Cadenas, Marcos E. Gómez H., Luis E. Lander, Héctor A. Vanolli, Mireya Lozada Santelis, Héctor Gabriel Briceño Montesinos, Dimitris V. Pantoulas, Miguel Cañas, Mario Torre y Mariengracia Chirinos) que abordaran un amplio menú de temas.
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El libro que presentamos como resultado de esa convocatoria busca entonces contribuir con un amplio debate nacional, y siempre pertinente, que permita remodelar la institucionalidad electoral, de acuerdo con lo establecido en la Constitución. El sistema electoral venezolano es, en definitiva, una reflexión honda sobre nuestro régimen de votación a fin de despejar las dudas persistentes que este genera entre buena parte de los ciudadanos.
La presentación se realizará el día sábado 12 de noviembre a las 11:00 a.m. en la librería Lugar Común (Centro Comercial Paseo Las Mercedes) y contará con la participación de Eugenio G. Martínez.
Ignacio Ávalos G. Sociólogo, graduado en el Universidad Central de Venezuela. Especialización profesional en políticas públicas en el área de ciencia, tecnología e innovación. Profesor de la UCV. Miembro del Consejo Asesor de la RICYT (Red Internacional de Indicadores de Ciencia y Tecnología). Miembro del grupo coordinador del Proyecto Tecnociencia y Deporte. Columnista del diario El Nacional. Director del Observatorio Electoral Venezolano (OEV).
Luis E. Lander. Ingeniero Mecánico, con estudios de Doctorado en Ciencias Sociales de la Universidad Central de Venezuela. Profesor jubilado de la misma universidad. Ha publicado más de 70 capítulos de libros y artículos sobre petróleo y temas electorales en revistas académicas nacionales y extranjeras. Director del Observatorio Electoral Venezolano (OEV).
Carlos Medina. Estadístico por la Universidad Central de Venezuela, magíster en Finanzas por el Instituto de Estudios Superiores de Administración (IESA) y estudios de Gestión Empresarial en Negocios Internacionales en el Instituto de Empresas, España. Se ha desempeñado como profesor en la Universidad Católica Andrés Bello. Consultor de estrategia, gerencia de proyectos y metodología de la investigación. Director del Observatorio Electoral Venezolano (OEV).
Eugenio G. Martínez (@puzkas). Licenciado en Comunicación Social, reportero del diario El Universal, asignado a la fuente electoral. Especialista en desarrollo organizacional y en marketing político. Conductor del programa radial «El Termómetro» (RCR 750 AM). Profesor universitario. Directivo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP). Autor del libro ¿Por qué pasó lo que pasó? y coautor de Mas allá del movimiento estudiantil.
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Por Patricia Marcano (La Razón) – Nov 8, 2016
El director del Observatorio Electoral Venezolano, Luis Lander, aclara que la Constitución venezolana no establece la posibilidad de hacer elecciones generales, por ello evalúa esa propuesta de la MUD con una pregunta: “¿Asumimos que por el bien del país ahorita hay que violar la Constitución?”
Patricia Marcano
“La segunda quincena de octubre de este año fue terrible para la democracia venezolana. Se tomaron decisiones muy graves”. El director del Observatorio Electoral Venezolano (OEV), Luis Enrique Lander, es enfático en sus afirmaciones. Las sustenta en la Constitución y en las leyes, en lo que ha ocurrido en la historia electoral venezolana y en la experiencia que ha sumado desde hace más de 10 años en la observación y seguimiento de eventos electorales, primero como integrante de la organización Ojo Electoral y luego, desde 2012, en el OEV.
Habla en plural porque si bien la decisión que causó más ruido fue la anunciada el 20 de octubre, sobre la suspensión de la recolección de firmas del 20% de los venezolanos inscritos en el registro electoral, necesarias para continuar con el proceso del referéndum revocatorio, no fue la única.
El 18 de octubre el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció que las elecciones regionales se realizarían a fines del primer semestre de 2017. Pero sin fecha exacta no hay ninguna garantía de que realmente se realicen en ese momento, porque además no se presentó un cronograma, advierte el director del OEV.
“LA LEY OBLIGA AL CNE A ACTUAR CON CELERIDAD”
Aunque la presidenta del CNE, Tibisay Lucena, dijera que las primarias para esas elecciones podrían efectuarse entre marzo y abril, “no hubo un compromiso de parte del CNE”.
“Esto es muy grave porque si bien el CNE es el único Poder en el país que tiene la atribución de fijar la fecha de las elecciones, no quiere decir que puede de manera arbitraria fijar la fecha de las elecciones. Los cargos resultantes de elecciones tienen períodos claramente establecidos en la Constitución, y esos períodos son los que determinan cuándo hay que hacer las elecciones”, precisa Lander, quien además es profesor de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la UCV.
Agrega que en lugar de fijarlas para finales de este año como correspondía, el ente electoral decide, sin explicar por qué, “dar un bono de seis meses a los gobernadores en ejercicio, si es que se realizan a finales del primer semestre, porque el CNE ha dado muestras que le permiten a los ciudadanos tener desconfianza de esos ofrecimientos vagos”
“CON LA DECISIÓN DEL 20 DE OCTUBRE EL CNE SE CONTRADICE”
¿Cuán graves han sido estas decisiones?
Lo del 20 de octubre no fue solo la decisión sino su trascendencia. El CNE debía tener plena conciencia de la gravedad de la decisión que estaba tomando, debió haber tenido un debate interno serio y hacer una cadena nacional, porque lo ameritaba, con el CNE en pleno informándole al país la decisión que había tomado y sobre todo las razones. Simplemente dejó colar una nota de prensa, que es una manera muy informal de dar una información de esa gravedad.
Ese día hubo una secuencia de eventos que, por la manera como ocurrieron, habría que ser tremendamente ingenuo para pensar que no se hizo orquestadamente. En un período de tiempo muy corto, el mismo día, varios tribunales penales de distintas regiones del país (Carabobo, Aragua, Bolívar, Monagas, Apure), anuncian que aceptaron una demanda de fraude, que van a abrir averiguaciones sobre la recolección del 1% de las firmas para acreditar a la MUD como grupo promotor del revocatorio y que hasta que esa investigación finalice toman medidas cautelares para suspender la siguiente fase del proceso, que era la recolección de firmas pautada para el 26, 27 y 28 de octubre.
Todos los conocedores del tema, incluso con distintas posturas políticas, han dicho que los tribunales penales no tienen competencia electoral, y al ser así la decisión de suspender en los estados mencionados la recolección del 20% de manifestaciones de voluntad es absolutamente ilegal.
En vez de analizar la situación con su misma consultoría jurídica, el CNE tomó una decisión apresurada como no lo había hecho durante el año. La ley obliga al CNE a actuar con celeridad, en el reglamento aprobado por el CNE para la promoción de los referendos revocatorios una de las características que se impone a sí mismo es actuar con celeridad. Aquí, extrañamente, sí actúa con celeridad y mansamente acata la decisión de unos tribunales sin competencia. Lo único que está por encima, en términos jurídicos, es la Sala Electoral del TSJ y esa sala no se pronunció.
“EL REFERÉNDUM REVOCATORIO FUE INCORPORADO EN LA CONSTITUCIÓN DE 1999 COMO UN MECANISMO DEMOCRÁTICO, ELECTORAL, CON PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA RESOLVER SITUACIONES COMO ESTAS”
¿A ellos les llegó la misma denuncia?
Recordemos que cuando la MUD entregó alrededor de 2 millones de firmas, al inicio del proceso, los representantes del oficialismo en la comisión presidida por Jorge Rodríguez presentaron denuncias de fraude ante el CNE y luego al TSJ, solicitando la suspensión del revocatorio por eso. Ni el CNE acogió esa solicitud ni el TSJ tampoco. No se han pronunciado.
El CNE lo que hizo fue diseñar un proceso engorroso para validar el 1%, criticado porque no la puso fácil, pero terminó reconociendo que sí se había recogido no solo el 1% sino un poco más, el doble de lo que se requería.
El CNE dijo que el 1% se cumplió y que si había delitos le correspondía a la Fiscalía encargarse. Con esta decisión del 20 de octubre el CNE se contradice.
¿Qué debió pasar?
La decisión de los tribunales penales no tendría por qué afectar a todo el proceso, además ya el CNE había confirmado que la validación del 1% se había cumplido y que se pasaba a la siguiente etapa. Termina siendo muy grave no porque el referendo revocatorio sea una obligación constitucional, como sí son las elecciones regionales, los referéndum son una opción que tienen los ciudadanos y así está señalado con claridad en el artículo 72 de la Constitución.
Si hay algo en lo cual pareciera que todos los venezolanos estamos de acuerdo, independientemente de las posturas políticas, es que Venezuela está viviendo una crisis muy severa. Hay diferencias sobre cuáles son las razones pero de que hay crisis, hay crisis. Y el referéndum revocatorio fue incorporado en la Constitución de 1999 como un mecanismo democrático, electoral, con participación ciudadana para resolver situaciones como estas.
¿Qué es difícil para la sociedad? Obviamente los referéndum son complicados, los referéndum polarizan, elevan la tensión entre la gente, no es un proceso fácil, por eso en la Constitución no lo ponen como obligatorio sino como una opción.
“EN NINGUNA PARTE DE LA CONSTITUCIÓN ESTÁ PREVISTA LA POSIBILIDAD DE HACER ELECCIONES GENERALES”
Antes de la suspensión del proceso varios integrantes del Psuv dijeron que el revocatorio no le convenía al país porque podía empeorar la situación ¿Es así?
Los revocatorios por supuesto que producen tensiones y turbulencias en la sociedad, y eso en sí mismo no es bueno, pero es un mecanismo que permite superar situaciones de crisis como la que tenemos actualmente. Le permite a los ciudadanos decir “lo está haciendo razonablemente bien” o “no lo está haciendo bien”. Si lo está haciendo bien Maduro quedaría legitimado como Chávez en 2004 y la crisis de gobernabilidad se aliviaría. Si no, los ciudadanos decidirán que debe haber un cambio de Presidente.
Este referendo revocatorio trasciende a la oposición, y después del 20 de octubre se amplía más esto. Gente que había estado vinculada al Gobierno del presidente Chávez, quizás menos con el presidente Maduro, pero que han sido llamados como “el Chavismo crítico”, está claramente diciendo que el revocatorio es un derecho constitucional que debe respetarse, y que la decisión que se tomó el 20 de octubre violenta ese derecho.

SALIDA ELECTORAL
¿El revocatorio está muerto? El presidente de la AN dijo que estaba muerto porque el Gobierno lo había matado
Una cosa que me ha sorprendido es que, después de la decisión de suspender temporalmente el revocatorio, el CNE pasó a tener una postura de bajo perfil, pareciera que ahora el CNE no es noticia, no habla, no dice nada, se queda calladito y en general la sociedad lo ha aceptado así.
El martes un grupo de personas que venía del chavismo, varios exministros y exdiputados, introdujeron una carta al CNE criticando la decisión tomada por ser ilegal, reclamando que asumiera su rol de Poder independiente y autónomo, y que echara para atrás la decisión de 20 de octubre y siguiera con el revocatorio. Claramente digo que no hay absolutamente ningún impedimento técnico, organizativo, para que el CNE retome el proceso y realice el revocatorio este año. Si no lo hace es porque no quiere, no porque no puede.
¿Entonces el revocatorio es la mejor opción electoral actualmente?
Particularmente creo que si lo que se quiere es salir de esta situación pacíficamente, en democracia, por una vía electoral y respetando la Constitución, la vía expedita para hacerlo es reactivar el revocatorio. No hay otra vía mejor que esa porque se puede hacer pronto, involucra la participación de la ciudadanía opinando sobre el asunto, es un recurso contemplado en la Constitución y puede hacerse de manera pacífica.
¿Esta debería ser una exigencia en las mesas de diálogo instaladas, en lugar de darlo por muerto?
Por supuesto, se debe exigir. Darlo por muerto a mí me parece un error.
“UNA MODALIDAD ES QUE SE PRODUZCA FALTA ABSOLUTA DE TODOS LOS DIPUTADOS Y DEL PRESIDENTE POR RENUNCIA. PERO ESO ES FORZAR LA BARRA”
¿Y las elecciones generales, que es otra propuesta que ha surgido desde la MUD, se pueden hacer?
Eso tiene sus complicaciones, no es fácil. En el año 2000, cuando se aprobó la Constitución y debían relegitimar todos los poderes para adecuarlos a ella, se pensó hacer unas mega elecciones. El intento fracasó y terminó costándole el cargo a los rectores del CNE. Tenemos esa experiencia.
Pero adicionalmente, en ninguna parte de la Constitución está prevista la posibilidad de hacer unas elecciones generales, cada una de las elecciones tiene sus períodos y están diseñadas para que no coincidan. Esa figura de elecciones generales, en la Constitución, no existe.
Se pueden poner todos de acuerdo pero tendrían que buscarle la vuelta para ver cómo hacen. ¿Asumimos que por el bien del país ahorita hay que violar la Constitución? Bueno, esas cosas ocurren pero creo que no son sanas porque en la Constitución están las reglas del juego.
¿Pero de qué manera se pudieran hacer, serían presidenciales, parlamentarias, regionales?
Han dicho que renunciarían todos los diputados. Si eso pasa se produce la falta absoluta y hay que ir a unas nuevas elecciones. Si renuncia el Presidente, igual. Las de gobernadores si se hacen ahorita estaría bien porque estamos en el período que les toca. Una modalidad podría ser esa, que se produzca falta absoluta de todos los diputados y falta absoluta del Presidente por renuncia. Pero bueno, es forzar la barra. Mientras que el referendo revocatorio está ahí, de anteojitos.
Silencio del CNE alimenta un mito
¿Más allá de estas decisiones que ponen en tela de juicio al Poder Electoral, se puede confiar en el sistema electoral venezolano?
El sistema electoral automatizado en Venezuela es un sistema electoral de buena calidad, lo hemos dicho en todas las elecciones en las que hemos sido observadores. Hasta ahora ha funcionado bien y eso lo decimos los que hemos sido observadores de procesos electorales y también quienes han sido derrotados. En las auditorías técnicas, con la participación de todos los actores políticos, los resultados son siempre satisfactorios.
Pero los procesos electorales no se reducen al día de las elecciones, tienen más ingredientes que ese y en los otros ingredientes la cosa no es tan nítida como en el sistema automatizado de votación, y se convierten en algo cada vez más turbio. El uso de recursos públicos en la promoción de candidatos, amenazar a empleados por distintas modalidades para que voten de una determinada manera, poner en duda el secreto al voto sin que el CNE ponga reparo en eso. El secreto del voto está absolutamente garantizado, si nadie ve cómo tu votas, si nadie está viéndote por encima del hombro cuando pinchas, no hay manera de que se sepa.
Pero el mismo presidente Maduro ha dejado entrever que él sí tiene capacidad de hacer eso y el propio CNE no lo desmiente, entonces el silencio del CNE deja que esos mitos se desarrollen.
Otro hecho que empaña es el caso de los edificios de Misión Vivienda de la avenida Libertador. No son lugares remotos, en los alrededores de esos edificios hay centros de votación tradicionales, lo lógico y normal ha debido ser que estos electores que se mudaron a esos edificios fuesen reubicados en esos centros, pero no, les pusieron una mesa en el pasillo del edificio y en algunos casos son menos de 200 electores. ¿Cuál es el propósito de eso, la comodidad de los electores o algún mecanismo de control de cómo vota la gente? Eso fue diseñado por el CNE.
Acciones como estas u omisiones, dejando que el Presidente ponga el duda el secreto del voto, hacen que no sea descabellado suponer que el CNE tenga su sesgo político, que favorece a algunos actores en desmedro de otros, y hace que las condiciones del juego no sean institutivas. Eso no está bien.
“LO MÁS FÁCIL ES HACER PRONTAMENTE TANTO EL REVOCATORIO COMO LAS REGIONALES”
¿Cree que hace falta que la población reclame más por la restitución de ese derecho, o por el derecho al voto en general?
Es muy importante que todos los venezolanos tomemos conciencia de la importancia de este asunto y presionemos para que se restablezca el mecanismo electoral en el país, y esto trasciende la postura política que uno pueda tener. Hay mucho debate sobre cómo calificar al “régimen”, esa es una discusión importante y sería bueno llegar a un nivel de acuerdo, pero hay una cosa que es clarísima y muy difícil de rebatir, y es que sin elecciones no hay democracia.
Si no hay voto no hay democracia, y la decisión del 20 de octubre y la de no hacer este año las elecciones de gobernadores, cercenan el derecho al voto. Ahí se coloca en una situación muy, muy precaria a la democracia venezolana, si es que la vamos a llamar de alguna manera. Para que esa idea de democracia efectivamente pueda restituirse hay que recuperar el voto, y las dos cosas mediante las cuales ese voto es recuperable son las dos cosas que se suspendieron: las regionales y el revocatorio.
En el OEV no promovemos la revocatoria del mandato de Nicolás Maduro pero sí promovemos y defendemos el derecho de los ciudadanos a que se realice un revocatorio, que ese mecanismo funcione y que sean los ciudadanos los que decidan. Eso es lo que hay que respetar. Algo que trasciende a la división entre oficialismo y oposición es que los venezolanos creemos en el voto como mecanismo para resolver disputas.
¿Las elecciones deberían ser el punto de honor en las mesas de diálogo entre Gobierno y oposición?
Deben mantenerse en el debate en esas mesas de negociación y diálogo. Personalmente eso de cambiar el revocatorio por elecciones generales no me parece buena idea, por las razones que dije. También creo que hay que ser cautelosos con las palabras que se usan, yo no diría que el revocatorio debe ser un punto de honor, yo lo que diría es que tiene que salir del diálogo una salida electoral, es decir, como resultado del diálogo tiene que haber una salida electoral.
Me parece que lo más fácil es hacer prontamente tanto el revocatorio como las regionales. Pero si se llega a un acuerdo consensuado de una salida electoral distinta a esa, acordada entre los actores que participan en la mesa y anunciadas debidamente a los ciudadanos, me parecería bien. Prefiero eso a que nos entremos a golpes.
¿Nuevos rectores, nuevos diputados?
A Tania D’Amelio y a Socorro Hernández se les vence su período como rectoras del CNE en diciembre. La renovación debe ocurrir este año y debe pasar por un debate que recuerde las condiciones en las cuales ellas fueron designadas, sostiene Luis Lander, director del Observatorio Electoral Venezolano.
D’Amelio y Hernández fueron designadas por la Asamblea Nacional que fue electa en 2005, cuando la oposición decidió no participar. “Ambas eran militantes del Psuv, y cuando en la Constitución dice que para ser rector no hay que tener vínculo con organizaciones políticas, no basta que el día anterior a tu postulación tu renuncies a la militancia, como hicieron. Presentaron la carta de renuncia al Psuv y eso las convirtió en independientes”, comenta con ironía.
Pero también recalca que los otros tres, Tibisay Lucena, Sandra Oblitas, y Luis Emilo Rondón, fueron designados de manera impropia. En 2014 el parlamento se declaró en omisión legislativa y dejó en manos de la Sala Constitucional del TSJ el nombramiento.
El estado Amazonas va para 11 meses sin representación
Lander aclara que esa misma situación pasó años atrás, en la gestión de Francisco Carrasquero, solo que la Sala Constitucional decidió en ese momento que los nombramientos eran provisorios, hasta que la situación que había generado la omisión legislativa se resolviera, y si había posibilidad de consenso esos rectores provisorios podían ser removidos y sustituidos por unos nuevos, explica el director del OEV. “Pero en 2014 la Sala Constitucional se contradice con respecto a la decisión anterior y los designa por el período completo”. Para Lander, esto debe tenerse en cuenta.
Más allá de esto, la renovación de ambas rectoras (D’Amelio y Hernández) no debería pasar de este año, pero en el proceso se atraviesan los problemas que tiene la Asamblea Nacional, particularmente el derivado de la sentencia del TSJ sobre los tres diputados de Amazonas y el del circuito indígena sur, quedando la MUD con 109 diputados en lugar de tener la mayoría calificada de 112 diputados. “Ese tema también está en las mesas de diálogo y no es un asunto menor. Resolver eso sería bueno”
¿Qué pudiera hacerse con ese caso de Amazonas?
Allí hay dos posibilidades, una es desechar la demanda: se revisa y dice que no hay justificativo para suspenderlos, las elecciones se dan por válidas y se incorporan. Otra opción es que se demuestre que hubo irregularidades, se anulan esas elecciones y se convoca a unas nuevas. Esto ha sido terrible, la decisión fue tomada por la Sala Electoral del TSJ la última semana de diciembre de 2015 y el estado Amazonas va para 11 meses sin representación. Para nuestra democracia no es sano que un estado no tenga representación en la Asamblea Nacional.
Fuente: diario La Razón
Venezuela ha realizado 15 referendos en 17 años: cinco nacionales, uno regional y 9 municipales. Entre ellos, uno presidencial en 2004, uno regional y nueve municipales, efectuados simultáneamente en octubre de 2007. El resultado: una diputada regional y cuatro alcaldes revocados, como el único precedente de funcionarios destituidos por mandato popular desde la aprobación de la Constitución de 1999. Conocida la suspensión hasta nuevo aviso de la segunda etapa del revocatorio solicitado por la oposición en 2016, estos antecedentes serán útiles para comparar la duración de la recolección de firmas, actuaciones del CNE, tiempos y cronogramas; pues todo parece depender de la voluntad política.
La figura del revocatorio apareció en Venezuela mucho antes que el movimiento liderado por Hugo Chávez. Es casi tan antigua como su primera Constitución de 1811, sin considerar si quiera el célebre 19 de abril de 1810, cuando Vicente Emparan preguntó desde la ventana del Ayuntamiento a los congregados en la Plaza Mayor –hoy Plaza Bolívar– si querían que él siguiera mandando y, tras escuchar un rotundo “no”, decidió renunciar. La Carta Magna lo incluyó en sus artículos 209 y 210 en relación a los delegados del congreso.
“El pueblo de cada provincia tendrá facultad para revocar la nominación de sus delegados en el congreso o alguno de ellos en cualquier tiempo del año y para enviar otros en lugar de los primeros, por el que a éstos faltare al tiempo de la revocación (…) El medio de inquirir y saber la voluntad general de los pueblos, sobre estas revocaciones, será del resorte exclusivo y peculiar de las legislaturas provinciales, según lo que para ello establecieren sus respectivas Constituciones” (Pabón, 2013).
Más de un siglo después, el principio fue retomado por la Ley Orgánica de Régimen Municipal de 1989, para que los electores revocaran a los alcaldes que, por primera vez, eran elegidos por la voluntad popular para un mandato de tres años y con posibilidad de una única reelección inmediata. Sin embargo, aunque la ciudadanía tomaba la decisión final de revocar, no tenía el poder de iniciar el proceso hasta tanto las tres cuartas partes del Concejo Municipal no acordaran la destitución del gobernante. Así lo estipulaba su artículo 69.
Ese mismo año se instaló la Comisión Especial Bicameral encargada de la revisión de la Constitución, designada por el Congreso y activa hasta 1992, que propuso la incorporación de cuatro tipo de referendos: aprobatorios, abrogatorios, consultivos y revocatorios de mandato, pero el proyecto no fue aprobado. El debate sobre las reformas constitucionales se congeló.
En 1993 la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimientos de Paz –Gaceta Oficial N° 4.634 extraordinario del 22 de septiembre– contemplaba que los vecinos de una parroquia aplicaran la revocatoria de mandato contra los jueces de paz, ejerciendo control sobre ellos. En su artículo 32, establecía una iniciativa popular del 20% de la población de esa circunscripción, que en una ley posterior aumentará a 25%. Para que procediera, el juez tenía que estar incurso en una de las siguientes tres causales: una conducta censurable que comprometa la dignidad de su cargo; irrespetar los derechos de los miembros de la comunidad o los derechos humanos u observar conductas contrarias a la Ley.
No es sino hasta 1999 cuando el referendo revocatorio adquiere rango constitucional. Se discutió acaloradamente en la Asamblea Constituyente –en especial por la discrepancia sobre el quórum, el número de solicitudes y el de votos para que procediera– hasta consagrarse en el artículo 72, contemplado para todos los cargos y magistraturas de elección popular.
En el texto se establecieron inicialmente cuatro requisitos: debía haber transcurrido la mitad del período para el cual fue electo el funcionario; que fuese solicitado por un número no menor del 20% de los electores de la respectiva circunscripción; en caso de proceder, que participasen en la votación por lo menos el 25% de los electores; y que votasen a favor de revocar al funcionario un número mayor o igual a los que obtuvo para salir electo. Posteriormente, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia agregó que para la procedencia de la revocación el número de votos a favor debe superar al número de votos en contra.
El enrevesado camino al revocatorio de 2004
Cinco años después se materializó la primera solicitud de revocatorio, que derivó en un proceso tenso, largo y controvertido iniciado contra la gestión del presidente Chávez en un ambiente de altísima conflictividad, después de los sucesos de abril de 2002 y el paro petrolero. Fue acordado entre Gobierno y oposición para brindar una solución pacífica a la crisis política pero atravesó mil y un obstáculos: la suspensión vía TSJ de un referendo consultivo ya aprobado por el CNE, nombramiento de cinco rectores electorales por la Sala Constitucional del máximo tribunal, nuevas regulaciones sobre el revocatorio, anulación de firmas, entre otros.
Lea también: ¿Encauce político o asedio?: Los fines de la revocatoria de mandato
La oposición necesitaba 2.807.580 firmas, equivalente al 20% del padrón electoral, y el 20 de agosto de 2003 entregó al CNE 3.236.320 rúbricas recolectadas en el denominado “Firmazo”. Tres semanas después fueron invalidadas por las autoridades electorales. El 15 de octubre, el organismo instruyó realizar una nueva recolección entre los días 28 de noviembre y 1 de diciembre que se conoció como “El Reafirmazo”, donde la oposición alcanzó recabar 3.086.013 firmas. Esta segunda vez el CNE anuló 876.017 solicitudes bajo el alegato de que eran “firmas planas”, por lo que los opositores del presidente Chávez no pudieron completar el número solicitado de voluntades.
Vino luego una tercera “fase de reparos” en la que podrían validar aquellos a quienes el CNE les anuló su firma. Catorce meses transcurrieron hasta que pudo completarse el proceso. Finalmente, el revocatorio fue convocado para el 15 de agosto de 2004 con la pregunta: “¿Está usted de acuerdo con dejar sin efecto el mandato popular otorgado mediante elecciones democráticas legítimas al ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías como presidente de la República Bolivariana de Venezuela para el actual periodo presidencial?”. El “No” se impuso con 5.800.629 sufragios (59,1%) sobre los 3.989.008 votos a favor del “Sí” (40,6%) con una participación cercana al 70%.
En cada etapa se presentaron numerosos recursos judiciales, incrementando tanto la polarización como la movilización de la ciudadanía a favor de ambos bandos. La oposición consiguió activar la consulta pero no logró triunfar en las urnas y, aunque aceptó los resultados desconfiando en el sistema electoral, se abstuvo de presentarse a las parlamentarias el año siguiente, decisión que en el futuro le pasó factura. De esta forma, Venezuela se convirtió en el único país del mundo que ha empleado la revocatoria de mandato a nivel nacional.
El único precedente: revocatorios regionales simultáneos
En 2007, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó alrededor de 210 solicitudes para revocatorios de mandato contra funcionarios en cargos de elección popular, algunas de las cuales fueron desestimadas después de la admisión de ocho recursos de reconsideración (uno en Guárico y Yaracuy, tres en Nueva Esparta y tres en Zulia), entre ellos contra el gobernador de Guárico, Eduardo Manuit. En total, 167 peticiones superaron la primera etapa para revocar autoridades: 49 legisladores regionales, nueve gobernadores y 109 alcaldes.
Ya el CNE había sancionado las normas que regulaban los referendos revocatorios previamente ese año, así que, activar este mecanismo significaba, primero, que los peticionarios debían configurar una agrupación de ciudadanos con respaldo de 1% de firmas y, segundo, que cada petición debía cumplir con la recolección del 20% de manifestaciones de voluntad del electorado inscrito en la circunscripción correspondiente. Así ocurrió.
La recolección del 20% se realizó simultáneamente en varias zonas del país entre el 16 y 18 de junio, ejecutadas con apoyo logístico del CNE en calidad de acompañante. Para ello, fueron habilitados 3.664 puntos de recepción en 1.570 centros nucleados y desplegados en 180 municipios de las 24 entidades federales del país, además de los 5.506 agentes de recepción acreditados. En aquella oportunidad, el Poder Electoral autorizó que la recolección se hiciera de forma automatizada –de acuerdo a la Gaceta Electoral publicada el 18 de abril de ese año–, incluyendo una prueba técnica que se llevó a cabo trece días antes en 16 puntos de recepción distribuidos entre el Distrito Capital, Miranda, Carabobo, Lara y Cojedes. Por episodios de violencia desatados en algunas localidades, como en la población de El Palmar, municipio Padre Pedro Chien de Bolívar, la directiva del organismo electoral decidió extender la jornada un día más hasta las 2:00 de la tarde, siempre y cuando “no quedaran ciudadanos en la cola”.
Un día después de la recolección, el 19 de junio a las 11:46 de la mañana, el CNE ya contaba con el 90% de las actas transmitidas en la mayoría de los estados –solo tres entidades estaban por debajo del 80%– y, la presidenta Tibisay Lucena, informó que el cronograma de los revocatorios sería para octubre. Tres días más tarde, el ente anunció que de 167 solicitudes solo 10 consiguieron respaldo para efectuar el referendo revocatorio: nueve alcaldes y una legisladora regional.
Previo a la elección, el ente organizó un simulacro de votación en seis estados del país hasta que, finalmente, el 7 de octubre se sometieron a consulta los cargos de Lidia Pulgar, diputada del Consejo Legislativo de Amazonas (CLEA), como también los alcaldes Pastor Rodríguez y Mireya Labrador, de Manapiare y Atures (Amazonas); Franklin González, del municipio Padre Pedro Chien (Bolívar); Luis Linares y Jesús Francisco Oviedo, alcaldes de Anzoátegui y Rómulo Gallegos (Cojedes); Manuel Parao Muñoz, de San José de Guaribe (Guárico); Manuel Álvarez, de Pedro Gual (Miranda); Pedro Morillo, del municipio Sucre (Falcón) y Edgar Miranda, de San Rafael (Portuguesa). Siete chavistas y tres opositores en total.
Ese día se publicaron los resultados preliminares y, dos días más tarde, se confirmó que resultaron revocados cuatro alcaldes –Labrador (PPT), Linares (AD), Parao Muñoz (PSUV) y Morillo (Copei)– y la parlamentaria del CLEA (PPT / MVR); con una participación que varió entre un mínimo de 33,1% (Atures) y un máximo de 65,4% (Anzoátegui), de un universo de aproximadamente 120.000 electores con derecho a votar, tendiendo a ser mayor cuanto menor era el municipio. Hasta ahora, y desde la aprobación de la Constitución de 1999, se trata del único precedente de gobernantes revocados en Venezuela.
En tres de los municipios donde no procedió el revocatorio ganó la opción del “Sí”, pero los sufragios no fueron suficientes para alcanzar los obtenidos por la autoridad al momento de su elección. Por ejemplo, en el municipio Anzoátegui faltaron solo 24 votos para superar este requisito establecido en el artículo 72 de la Carta Magna; mientras que se necesitaban 174 votos en Manapiare y 580 en Padre Pedro Chien para destituir a sus alcaldes. Únicamente en dos municipios la opción del “No” salió victoriosa (Miranda y Portuguesa).
Con la llegada de Hugo Chávez a la presidencia se han convocado 15 referendos, cinco nacionales, uno regional y nueve municipales: uno consultivo, tres aprobatorios (estos cuatro promovidos por el Ejecutivo) y 11 revocatorios (iniciados por los ciudadanos, de “abajo hacia arriba”); de los cuales procedieron ocho.
https://goo.gl/jPQki2
[2] Pabón, J. Los revocatorios. Antecedentes y desafíos. Revista SIC [en línea]. Noviembre 2013, Nº 759, pp. 395-398. Disponible en: https://goo.gl/z2DVv8
[3] Gaceta Oficial N° 4.109, Ley Orgánica de Régimen Municipal, Caracas, Venezuela, 15 de junio de 1989. Disponible en: https://goo.gl/iIRHGi
[4] García, C. Los referendos revocatorios en la historia de Venezuela (2016, 3 de junio). Prodavinci. Disponible en: https://goo.gl/5HcQyM
[2] Pabón, J. Los revocatorios. Antecedentes y desafíos. Revista SIC [en línea]. Noviembre 2013, Nº 759, pp. 395-398. Disponible en: https://goo.gl/z2DVv8
[3] Gaceta Oficial N° 4.109, Ley Orgánica de Régimen Municipal, Caracas, Venezuela, 15 de junio de 1989. Disponible en: https://goo.gl/iIRHGi
[4] García, C. Los referendos revocatorios en la historia de Venezuela (2016, 3 de junio). Prodavinci. Disponible en: https://goo.gl/5HcQyM

