Segunda quincena, julio de 2020

El análisis del Observatorio Electoral Venezolano (OEV) al Cronograma Electoral 2020 encuentra, de manera general y particular, lapsos de ejecución comparativamente más cortos tanto en actividades clave como en el proceso electoral mismo. Y se organiza justamente en un contexto global y nacional tan inédito como complejo: en medio de una pandemia que exige nuevas capacidades institucionales para rediseñar y adecuar fases y procesos que generen, además de condiciones electorales aceptables, garantías sanitarias a todos los involucrados en esta dinámica electoral parlamentaria.

I. Potestad de convocar

¿Qué dice la legislación?

El artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) establece: “La convocatoria a elecciones es el acto público mediante el cual el Consejo Nacional Electoral fija la fecha de elección para los cargos de elección popular, en concordancia con los períodos constitucionales y legalmente establecidos”.

El mismo artículo de esta Ley refiere que “en el acto de convocatoria, se hará público el Cronograma Electoral del respectivo proceso, el cual contendrá las etapas, actos y actuaciones que deberán ser cumplidos de conformidad con lo previsto en esta Ley”.

Y, finaliza este artículo: “La convocatoria se publicará en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela, sin menoscabo de su publicación en medios de información masivos”.

El Reglamento de la Lopre ratifica en su artículo 110 que, en el acto de la convocatoria, el CNE fijará la fecha de la elección e igualmente publicará el Cronograma Electoral del respectivo proceso electoral, el cual deberá establecer las etapas, actos y actuaciones a cumplirse, de conformidad con lo previsto en la Ley.

¿Cómo ha sido en la práctica?

El Consejo Nacional Electoral invitó a los medios de comunicación para la cobertura, el día 1 de julio, del acto público de convocatoria a elecciones parlamentarias 2020. En la convocatoria del 1 de julio de 2020 fueron anunciados la fecha de la elección así como 7 de sus principales hitos, pero no todo el cronograma electoral.

Diez días después, el 11 de julio, fue publicado en el sitio web del CNE el Cronograma Electoral 2020 en su totalidad. Para la fecha de su divulgación en internet, ya habían empezado a correr algunos lapsos de algunas actividades del proceso.

Vale especificar que algunas actividades referidas a la constitución de grupos de electores (solicitud: 07-08 de julio; y aprobación: 08-09 de julio) de denominaciones; consignación de recaudos, subsanación y ratificación de manifestaciones de voluntad (09-14 de julio) se realizaron, parcial o totalmente, sin la publicación del Cronograma Electoral.

En síntesis, para este proceso electoral la convocatoria y la publicación del Cronograma Electoral no se dieron en simultáneo, como establece la legislación, sino con días de diferencia. Sin embargo, dentro del cronograma 2020 del CNE aparecen contempladas, como sus actividades números 3 y 4, la publicación del mismo cronograma tanto en el sitio web del CNE (lapso para hacerlo: del 2 al 16 de julio) como en la Gaceta Electoral (del 2 al 31 de julio).

¿Cuáles son los tiempos?

La convocatoria a elecciones parlamentarias 2020 ocurrió cinco meses y cuatro días antes de la jornada de votación prevista para el 6 de diciembre.

Se trata del proceso electoral convocado con menor lapso, en comparación con los tres anteriores procesos de elecciones parlamentarias nacionales, justo en momentos en los cuales la planificación y ejecución de cronogramas electorales puede requerir más tiempo producto de la emergencia sanitaria global.

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La principal diferencia de contexto social, en relación con los procesos de elecciones parlamentarias anteriores, radica en el curso la pandemia de COVID-19 declarada este año 2020 por la Organización Mundial de la Salud que, a julio de 2020, tiene a América Latina como foco principal de contagio.

Más de un centenar de organizaciones de la sociedad civil ha advertido que cinco meses es poco tiempo para realizar unas elecciones que, además de implicar un proceso complejo a lo largo del cual se deben llevar a cabo numerosas tareas, va a tener lugar en este tiempo de pandemia. Esta circunstancia trae consigo nuevos desafíos importantes, los cuales se suman a las exigencias políticas, económicas y técnicas que se deben enfrentar para la organización adecuada del proceso electoral.

Una segunda diferencia notable entre los anteriores y el actual proceso electoral es la incorporación, por parte del CNE, de 110 cargos a elegir adicionales a los 167 que componen la actual Asamblea Nacional. En su Boletín 45, el OEV explicó por qué esta decisión contraviene el artículo 186 constitucional.

Y, una tercera diferencia importante con respecto a otros procesos es la incertidumbre sobre el hardware y software para la votación y escrutinio en estas elecciones, dado lo ocurrido con Smartmatic en 2017 y recientemente el incendio de los galpones del CNE  en Mariches.

La legislación vigente no contempla lapsos específicos entre el acto de convocatoria y la fecha de la votación. Sin embargo, la extinta Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, del año 1998, establecía en su artículo 152 que el CNE fijaría con seis meses de anticipación “por lo menos”, y mediante convocatoria que debía publicarse en Gaceta Oficial, la fecha de las elecciones. Esto, aunque da señas de los tiempos técnicos y políticos necesarios, fue derogado en el año 2009. Se ha convertido últimamente en un patrón regular en Venezuela que las elecciones, en general, sean convocadas con premura. Esto contrasta con la realidad de otros países de la región y sus tiempos de organización de procesos electorales: Costa Rica (18 meses de antelación), El Salvador (19 meses), Colombia (12 meses, tanto para las legislativas como para las presidenciales), Paraguay (14 meses), México (15 meses), Brasil (9 meses) y Perú (11 meses).


II. Cronograma: balance entre tiempos técnicos y políticos

El Cronograma de Elecciones a la Asamblea Nacional 2020 consta de 88 actividades. Por lo menos numéricamente, este dato representa entre 14 y 17 actividades menos en comparación con los cronogramas de las tres elecciones parlamentarias anteriores. Se pudo observar que algunas actividades fueron reagrupadas o reorganizadas.

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Un cronograma electoral para unas buenas elecciones siempre debe sopesar los tiempos técnicos y los tiempos políticos. Estos tiempos no son caprichosos. Las elecciones son procesos complejos, que requieren de capacidad técnica y de planificación. El OEV ha considerado que la cantidad de imprevistos que siempre ocurrirán en todo proceso electoral, serán manejables solo si se planifica como para no tener ningún imprevisto.

Los tiempos técnicos se refieren a todos los aspectos operativos involucrados en la organización, que deben ser atendidos satisfactoriamente.

Los tiempos políticos tienen que ver con los lapsos que requieren los actores para armar alianzas, escoger candidatos mediante procedimientos democráticos, difundir sus propuestas, adiestrar testigos. Igualmente, los electores necesitan tiempo para conocer y procesar las propuestas presentadas y poder votar responsablemente.

El respeto al cronograma contribuye a crear condiciones de transparencia, puesto que permite a todos los contendientes conocer las actividades preelectorales, electorales y poselectorales con sus respectivos lapsos de duración y fechas de ocurrencia.


III. Análisis comparativo de los cronogramas 2015-2020

El OEV presenta resultados de una comparación entre los dos cronogramas más recientes de elecciones parlamentarias en Venezuela: las efectuadas en 2015 y las convocadas para este 2020.

Las anotaciones han sido organizadas en función de cuatro aspectos: auditorías, lapsos que se reducen, lapsos que se amplían y novedades o cambios.

Auditorías se mantienen

Una auditoría, de acuerdo con la Lopre, es una verificación de todos aquellos recursos materiales, tecnológicos y datos utilizados en la ejecución de las distintas fases del proceso electoral, para que estos garanticen su transparencia y confiabilidad. Las auditorías se aplican al conjunto o algunas de las fases.

En el proceso electoral de 2015 hubo 16 auditorías; para 2020 el cronograma contempla 15 verificaciones. En el actual proceso electoral no se hará la verificación de la tinta indeleble: su uso ya fue eliminado antes, pero igualmente en pandemia se ha advertido de los riesgos que supone su empleo. Tampoco aparece en el cronograma 2020 la verificación de la producción del Sistema de Información al Elector (SIE). El SIE es la estación dispuesta en la entrada de los centros de votación con tres o más mesas, para informarles a los electores la mesa en que les corresponde sufragar y el renglón en el cuaderno de votación donde están sus datos. Sin embargo, se leen importantes auditorías como la de puesta cero de los centros nacionales de totalización.

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Nueve lapsos que se reducen

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1. En la actividad “Campaña institucional y comunicacional del proceso electoral” se restan 10 días: su duración era de 168 días en las elecciones 2015, y ahora es de 158 días para las elecciones 2020.

2. El tiempo para “Generación del registro electoral preliminar” disminuye en 3 días: fue de 14 días en 2015 y es de 11 días en 2020.

3. En el cronograma 2020 la “Consignación por parte de las organizaciones con fines políticos y grupos de electores de las personas autorizadas para postular candidatas y candidatos” dura 9 días; en el cronograma 2015 la “Presentación de autorizados para postular por parte de las organizaciones con fines políticos y organizaciones y comunidades indígenas” duraba el doble, 18 días.

4. La actividad “Taller de información financiera electoral” disminuye 11 días en su duración. Era de 23 días en 2015 y es de 12 días en 2020.

5. Pese al incremento sustancial del número de diputados a elegir, se reduce el lapso de ejecución para “Sustitución y modificación de las postulaciones lista”: de 95 días (2015) a 57 días (2020). Igualmente el lapso de la actividad “Sustitución y modificación de las postulaciones nominal”: de 115 días (2015) a 77 días (2020). En el cronograma 2020 se hace, para ambos, la acotación “no se refleja en boleta”.

Como se recordará, los lapsos del procedimiento para las sustituciones y las modificaciones de las postulaciones varían en función de otras fechas del cronograma: ninguna Junta Electoral tramitará sustitución o modificación de postulaciones bajo la modalidad nominal que se presente diez (10) días continuos antes del proceso de votación. Solo se permitirán modificaciones o sustituciones en las postulaciones a cuerpo deliberantes bajo la modalidad lista, hasta treinta (30) días antes de la elección (artículo 162, Reglamento de la Lopre).

Igualmente, en caso de que las sustituciones o modificaciones de candidatos se produzcan después de haber sido elaborados los instrumentos y actas electorales, el CNE publicará el cambio de la oferta electoral a través de su web, sin perjuicio de la implementación de otros mecanismos de publicación (artículo 167, Reglamento de la Lopre).

6. El cronograma 2015 contempló 22 días para la “Producción de máquinas SIE”, en referencia al Sistema de Información al Elector, y, en paralelo, 27 días para la “Producción de máquinas de votación”. En este cronograma 2020 el lapso de la actividad llamada “Producción de máquinas de votación para el evento” baja comparativamente a 19 días. No hace referencia, por lo menos explícita, al SIE.

Esto es especialmente relevante si se toma en cuenta que la mayoría, si no la totalidad, de las máquinas de votación van a ser nuevas.

7. También se recortan cuatro jornadas, es decir, de 22 a 18 días, a la actividad “Despliegue lineal de equipos tecnológicos electorales para el evento electoral”.

8. Para las elecciones parlamentarias de 2015, la campaña duró 21 días. Poco tiempo, calificó el OEV en su momento. De cara a este proceso 2020, se disponen 15 días: del jueves 19 de noviembre al jueves 3 de diciembre a la medianoche.

Así, el CNE modificó los días de inicio y cierre que en principio había fijado en el anuncio del 1 de julio. Se dijo entonces que la campaña iría del 21 de noviembre al sábado 5 de diciembre, lo cual implicaba que marcharan en paralelo la campaña electoral con, por ejemplo, la instalación de las mesas electorales; dos actividades que en el pasado no se han desarrollado en simultáneo y que, con esta corrección, tampoco se solaparán en este proceso. La campaña seguirá cerrando un jueves y las mesas se seguirán instalando un viernes.

En Venezuela no está reglamentado el lapso de duración de las campañas electorales. La Lopre refiere que el CNE “establecerá para cada proceso electoral el lapso de campaña electoral y sus regulaciones específicas” (artículo 71).

Si se entiende por campaña electoral las actividades de carácter público desarrolladas por los candidatos, partidos y grupos de electores que tengan como propósito captar, estimular o persuadir al electorado para que vote a favor de un candidato dentro del lapso señalado por el CNE, en tiempo de pandemia esto debe ser cuidadosamente analizado. En este caso, además, será previsible un número alto de candidaturas para los 277 cargos a elegir, cada uno con su respectivo suplente.

9. En el año 2015, el CNE activó una jornada de inscripción y actualización de datos en el Registro Electoral entre el 2 de febrero y el 8 de julio de ese año; cinco meses, con un total de 1.568 puntos dispuestos en todos los municipios del país. Este año 2020, la jornada especial del RE fue establecida del 13 al 26 de julio, 14 días, con 551 centros que no llegan a abarcar los 335 municipios de Venezuela en su totalidad.

En un comunicado del 19 de julio de 2020 Súmate precisó que el 4,5% de los 335 municipios y el 58,1% de las 1.141 parroquias del país no contarían con ningún punto de actualización e inscripción del Registro Electoral. “El 25% de los ciudadanos del país no tendrá acceso en su propia parroquia a un punto de actualización e inscripción del Registro Electoral, lo cual implica que para acceder a uno, deberá trasladarse hacia la capital de su municipio o del estado”.

Distintas organizaciones de la sociedad civil solicitaron al CNE extender el lapso de la jornada especial del RE en 2020. Por su lado, el rector suplente Juan Carlos Delpino, miembro de la Comisión de Registro Civil y Electoral, también propuso una extensión de la jornada especial.

Las dos semanas transcurrieron en un contexto de cuarentena social y colectiva que rige para Venezuela, mediante de Decreto de Estado de Alarma Constitucional por el coronavirus, y que implica, dependiendo del municipio y del estado, distintos niveles de flexibilización (en la primera semana, cuando se establecieron tres niveles) o de restricciones en la movilidad (en la segunda semana, llamada de cuarentena radical).

La noche del domingo 26 de julio, cuando finalizaba el lapso, el CNE informó de una extensión de 72 horas a la jornada especial del RE, hasta la medianoche del miércoles 29 de julio de 2020. Estas tres jornadas se solaparon con una nueva semana de cuarentena en tres niveles de flexibilización (radical, parcial y amplia), según la entidad federal. Distintas organizaciones de la sociedad civil, incluido el OEV, han considerado insuficiente este lapso de prórroga.

Uno de los principales puntos en Caracas | Foto de Crónica.Uno

Once lapsos que se amplían

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1. El cronograma 2020 contempla el proceso completo de “Elaboración, conformación, aprobación y publicación de las circunscripciones electorales (13 días), mientras que el cronograma 2015 solo incluía la aprobación (1 día).

2. Aumenta el lapso relacionado con la capacitación a las juntas regionales electorales sobre su funcionamiento en postulaciones. Ahora es de 12 días, mientras que en el cronograma 2015 era de 5 días.

3. Se duplica el lapso de duración de la “Presentación de postulaciones”: fue de 5 días en 2015 y ahora en 2020 será de 10 días. Es previsible que aumente el número de postulados, al existir más cargos a elegir.

4. Aumenta en dos días (de 6, en 2015, a 8, en 2020) el tiempo para la “Generación del registro electoral definitivo”.

5. Aumenta de 4 a 12 días la “Auditoría del software de máquinas de votación”. Como se recordará, en marzo de 2020 un incendio consumió la mayoría de las máquinas de votación existentes en depósito, por lo cual en esta elección se estrenarán nuevas máquinas.

6. Se eleva de 15 (proceso 2015) hasta 57 días (elección 2020) el lapso de la actividad “Notificación, capacitación e instalación de los integrantes de las juntas municipales  electorales” (fase II).

7. Aumenta de 5 a 12 días el tiempo de la “Auditoría del software de totalización”.

8. Se incrementa de 2 a 5 días el lapso para la “Auditoría de infraestructura tecnológica electoral”.

9. Gana cinco jornadas más, es decir, aumenta de 15 a 20 días comparativamente hablando, la actividad de “Acreditación de testigos de las organizaciones con fines políticos, grupos de electores e iniciativa propia ante las mesas electorales”.

10. Un día más para la “Auditoría puesta cero de los centro nacionales de totalización”.

11. Comparativamente, entre el proceso de 2015 y el de 2020 aumenta de 60 a 81 días el lapso de la actividad “Rendición de cuentas de las organizaciones postulantes”.

La nueva legislatura empieza el 5 de enero de 2021.

Siete novedades o cambios

1. La generación del tablamesa para el evento: en 2015 había un lapso único de tres días para hacerlo; en 2020 la labor se divide en la generación de uno preliminar (un día, el 7 de agosto) y de uno definitivo (un día también, el 7 de septiembre).

El tablamesa es el listado completo y exhaustivo de todas y cada una de las mesas que funcionarán por centro de votación en todo el país.

2. Se incorpora la actividad “Acreditación de funcionarias y funcionarios electorales para el proceso electoral”, de 31 días de duración, la cual no estaba por lo menos de manera explícita o en estos mismos términos en el cronograma 2015.

3. En el cronograma 2020 figura como una actividad la “Publicación de resultados electorales en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela (www.cne.gob.ve)”, con una duración de 30 días siguientes a la proclamación. Pero en el cronograma 2015 fueron separadas como dos actividades distintas la “Publicación de resultados electorales en www.cne.gob.ve” (2 días, 6 y 7 de diciembre de 2015) y la “Publicación de resultados electorales en la Gaceta Electoral” (dentro de los 30 días siguientes a la proclamación).

4. Para la transparencia del proceso electoral en curso, conviene que el CNE le aclare a la opinión pública las dudas surgidas sobre por qué la selección de los integrantes de los organismos electorales subalternos se efectuó (el 23 de julio) sin que hubiere finalizado la jornada especial y se hubiere generado el corte del Registro Electoral (el 26 de julio).

El 23 de julio, informó el propio CNE, se llevó a cabo “la selección de organismos electorales subalternos de la Junta Nacional Electoral, conformada por las juntas regionales electorales, las juntas municipales electorales, las juntas parroquiales electorales y los miembros de las mesas electorales”. Esto, mediante un sistema automatizado que había sido previamente auditado.

¿Puede hacerse esa selección sin que esté debidamente finalizado el proceso de actualización del Registro Electoral, ni definitivamente definido el tablamesa? Ambos asuntos son requisitos previos indispensables para una selección que respete las disposiciones legales.

5. El 24 de julio el CNE publicó un “Reglamento Especial para regular la elección de la representación indígena en la Asamblea Nacional 2020”. Contentivo de 19 artículos, este documento plantea un sistema de elección bajo la modalidad nominal, y mediante “elección por mayoría relativa de votos, expresados en asambleas populares conforme a sus usos, tradiciones y costumbres”, de los tres diputados de la representación indígena: uno por la región Occidente, uno por la región Sur y uno por la región Oriente.

Las etapas, actos y actuaciones del proceso electoral destinado a la elección de los diputados de la representación indígena han sido previstos esta vez en un “Cronograma Especial”, salvo la remisión que haga el Reglamento al Cronograma General 2020. Este cronograma para la representación indígena consta de 13 actividades, siendo la celebración de las Asambleas Generales el 9 de diciembre de 2020.

Sobre este nuevo Reglamento, el OEV considera que sus imprecisiones no abonan para que este mecanismo resulte transparente y confiable. Sobre este Cronograma Especial, establecer otro adicional y específico relaja aún más el desorden en la organización del proceso.

De la revisión de este Reglamento Especial surgen dudas sobre las asambleas comunitarias que serán convocadas, si existe un “censo” sobre ellas, quiénes tendrán derecho a participar o si los requisitos serán los mismos que se requieren para inscribirse en el Registro Electoral, entre otras.

“El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas”, establece el artículo 63 de la Constitución. Con este esquema, los electores integrantes de las asambleas comunitarias elegirán a unos voceros y serán estos los que elijan al diputado de su correspondiente circunscripción. Es una elección de segundo grado y, por ser a mano alzada, no respeta el secreto del voto.

En contexto, el CNE hizo este reglamento con base en un mandato del Tribunal Supremo de Justicia, (decisión Nro. 0068, del 05-06-2020), que le ordenó el desarrollo normativo de la forma y procedimiento de elección de los diputados indígenas. Claramente, ha dicho el OEV, estos cambios también se produjeron al margen del precepto constitucional que establece que la ley que regule los procesos electorales no podrá modificarse en forma alguna en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma.


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6. En este cronograma 2020 no figura de manera explícita la “Aprobación del reglamento de campaña electoral”. Esta era la actividad número 59 del plan de trabajo 2015. El CNE establecerá para cada proceso electoral sus regulaciones específicas, dice la Lopre.

7. Una “Jornada informativa sobre postulaciones” era parte de las actividades del cronograma 2015. No figura una similar, por lo menos no en estos mismos términos, en el cronograma 2020. Sobre el tema en general de las postulaciones, en el cronograma de las parlamentarias 2015 se cuentan hasta 19 actividades nominales relacionadas con este aspecto del proceso electoral; mientras que en el cronograma general 2020 es posible enumerar 11 actividades nominales sobre postulaciones, además de otras 4 actividades relacionadas con ellas en el nuevo cronograma especial para representación indígena.


IV. El factor pandemia debe ser analizado en todo el proceso: 12 claves de abordaje

Francia es uno de los países que ha tenido elecciones en pandemia; esta gráfica es del 28 de junio de 2020 | CLEMENT MAHOUDEAU / AFP

Las elecciones parlamentarias 2020 serán las primeras en Venezuela que se hacen bajo pandemia. En el ámbito mundial, hasta el 15 de julio 67 países habían decidido posponer comicios nacionales y subnacionales debido a la COVID-19, pero también 48 países habían decidido celebrar elecciones según lo planeado, de las cuales al menos 30 ya fueron celebradas, según datos del IDEA.

La pandemia de COVID-19 obliga a pensar en nuevas formas de cómo acometer las actividades de los cronogramas electorales, en el entendido de que se debe garantizar el derecho a la salud y el ejercicio de los derechos políticos, que en más de un caso puede requerir que la actividad se realice en mayor tiempo que en condiciones normales.

El OEV considera como variable clave: ¿cuáles actividades se deben hacer presenciales (garantizando todos los aspectos de bioseguridad) y cuáles actividades se pueden cumplir de forma no presencial (vía web, por internet)? Esto, teniendo presente que, para el desarrollo de cualquier actividad, se debe generar confianza. Y que la confianza se gana sobre la base de la transparencia y la auditabilidad.

En Venezuela, los poderes Ejecutivo y Electoral han instalado un Comité Logístico Nacional, “para debatir las estrategias que garantizarán la seguridad sanitaria de todos los actores en el venidero proceso electoral de este 6 de diciembre, y entablar un enlace permanente y efectivo entre todas las instancias del Estado, para acometer las acciones conjuntas requeridas para la realización efectiva del evento electoral”, ha informado el CNE.

Igualmente, a fines de julio el CNE y el Ministerio de Salud realizaron un Taller de Control Sanitario y Bioseguridad de Enfermedades Transmisibles, a los fines de desarrollar un “Plan Integral de Bioseguridad del Poder Electoral”, de cara a los próximos comicios, como informó el ente comicial.

La experiencia internacional resulta valiosa de cara al desafío nacional. ¿Cómo incorporar la nueva realidad de la pandemia en el cronograma electoral, para alcanzar elecciones limpias pero también seguras desde el punto de vista sanitario? Con la asistencia de cuatro diversas fuentes acreditadas en la materia, el OEV compiló las siguientes 12 recomendaciones:

Sobre el calendario electoral, la “Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia” (julio 2020), del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral (DECO) de la Organización de Estados Americanos (OEA), indica que “el escenario asociado con la evolución de la pandemia de COVID-19 no debe dar lugar a la incertidumbre y a la indefinición” en el cronograma.

El DECO-OEA sostiene que las condiciones propias de la pandemia pueden requerir ampliar determinados plazos o incorporar nuevos elementos al calendario. Actualizar el cronograma, dicen, “es fundamental para brindar certeza y seguridad jurídica, y permitir que las diversas etapas o procedimientos electorales se cumplan conforme a derecho y garantizando el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía”.

La definición precisa de un calendario contribuye a la confianza de los actores y a la equidad en la competencia. Para ello, consideran importante un diálogo constante con los actores políticos para evaluar el impacto de la pandemia y las medidas sanitarias.

En esta guía, recientemente publicada después de varias experiencias de observación electoral de la OEA en tiempo de pandemia, se emiten cinco recomendaciones a los países sobre el cronograma electoral:

1. Incorporar el enfoque de salud permitirá adaptar las actividades y procedimientos definidos a las condiciones que impone la evolución de la pandemia. En algunos casos podría ser necesaria la extensión o modificación de plazos. En otros se puede requerir la inclusión de nuevas actividades producto de las medidas sanitarias dispuestas.

2. Definir y divulgar el calendario electoral con la suficiente anticipación para que todos los actores políticos y la ciudadanía puedan conocer las etapas y los plazos definidos para cada una de ellas, sobre todo por los cambios que pueden existir en relación a procesos pasados.

3. Los órganos electorales deben considerar los ajustes al calendario electoral ante situaciones que impidan o limiten el acceso de ciudadanos a los servicios electorales (como inscripción o cambio de domicilio en el registro electoral y la inscripción de candidaturas, por ejemplo), particularmente cuando ello pueda repercutir en el ejercicio del derecho a elegir y ser elegido.

4. Publicar y divulgar a través de los canales institucionales y los medios de comunicación el calendario electoral y cualquier modificación que se realice al mismo durante el transcurso del proceso electoral.

5. Las modificaciones al calendario electoral deben contar con respaldo legal y estar fundamentadas técnicamente, para evitar la discrecionalidad política, completa la “Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia” (julio 2020), del DECO-OEA.

El Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), mediante su programa especializado el Centro de Asesoría y Promoción Electoral (IIDH-CAPEL), también refiere otras cuatro recomendaciones relativas a la organización de los procesos electorales, en la serie de fascículos “América Latina: Elecciones en tiempos de pandemia” (julio 2020):

6. Para realizar actividades de capacitación a trabajadores, miembros de mesa, delegados de partidos políticos y ciudadanía en general sobre distintos aspectos del proceso electoral, existen plataformas virtuales que permiten llegar a la mayoría de los destinatarios de zonas urbanas. Se deben implementar manuales de actividades en formato escrito, gráfico e infográfico, tanto para complementar la capacitación virtual como para las zonas a las que no se puede llegar con estos medios.

7. Los órganos electorales deben tomar todas las medidas necesarias en las diferentes etapas de la preparación de la logística electoral.

Las operaciones de adquisición, acondicionamiento, preparación para el envío, transporte y distribución de materiales, documentos y equipos electorales también deben ser objeto de consideración especial en cuanto a riesgo sanitario e higiene.

Los materiales electorales son superficies susceptibles de transportar virus. Aunque la principal vía de contagio es aérea, hasta el momento no hay evidencia inequívoca de cuánto dura la viabilidad de los virus en distintas superficies, dice IIDH-CAPEL.

Respecto de las personas que intervienen en el proceso electoral es necesario tener un adecuado sistema de control y vigilancia sanitaria. Para resguardar a los trabajadores electorales es vital asegurar conductas sanitariamente responsables, ambientes de trabajo seguros y proporcionar elementos de protección personal idóneos.

Los distintos kits electorales deben embalarse con cubiertas plásticas impermeables de manera de poder ser tratadas con desinfectantes líquidos sin alterar o dañar los contenidos y equipos. Los kits deben abrirse en la jornada electoral por parte de miembros de mesa o trabajadores electorales con medidas de protección adecuadas. Los transportes deben realizarse de la misma manera y con las mismas precauciones.

8. Para evitar la concentración de gran número de gente o la ubicación de juntas receptoras de votos o mesas de votación en lugares estrechos, debe replantearse la designación de recintos electorales.

Deben elegirse aquellos que cuenten con grandes áreas o superficies en las que se pueden constituir mesas más grandes que lo habitual, dada la necesidad de distancia social entre los miembros de mesa, y más alejadas de otras mesas. Esto implica seguramente reducir el número de mesas por recinto y, consecuentemente, aumentar el número de recintos donde instalar mesas.

9. Se procurará la adquisición para los distintos actos electorales y preelectorales de elementos de higiene y cuidado personal, como alcohol, tapabocas, pantallas de protección facial de acetato, guantes y bolsas de residuos, entre otros.

Smartmatic, por su lado, también aporta que las comisiones electorales tienen dos prioridades hoy día: cumplir con el cronograma electoral y garantizar la salud de votantes y funcionarios electorales minimizando el riesgo de contagio.

10. En líneas generales, un proceso electoral tiene tres grandes etapas: preelección, elección y poselección. A lo largo de las tres se despliegan hasta 15 fases, desde la identificación de centros de votación y la gestión de electores, lo primero, hasta la consolidación de resultados y los informes finales, lo último. En total, se habla de unas 71 actividades.

Imagen de Smartmatic

En esta infografía compartida por el ingeniero Rui Santos en el portal Noticias Electorales se precisa que en por lo menos 33 fases o actividades de un proceso electoral promedio existen riesgos potenciales de contagio del nuevo coronavirus.

Las fases con más alto riesgo son las de dotación de personal, capacitación, logística y distribución, configuración de kits electorales antes de la jornada, la votación propiamente y la envoltura de los materiales electorales luego de la jornada.

11. Las autoridades electorales de los países deben asegurar fondos para el material adicional, el equipo, personal y procesos nuevos que involucra unas elecciones en pandemia. En su manual “Safeguarding Health and Elections”, la Fundación Internacional para Sistemas Electorales (IFES, por sus siglas en inglés) también recomienda ajustar sobre el cronograma los procesos y procedimientos para reducir los riesgos de transmisión.

12. Toda elección en el mundo en este año 2020 tiene latente el riesgo de postergación, en función de su propia realidad sanitaria nacional. El IFES recomienda que, si los aplazamientos de las jornadas de votación son la única solución factible para proteger a los ciudadanos de cualquier país, las autoridades deben obedecer las disposiciones legales que rigen los aplazamientos electorales; desarrollar evaluaciones de riesgos y planes en coordinación con las autoridades de salud y las partes interesadas electorales para llevar a cabo elecciones en un fecha posterior; establecer una nueva fecha, si es posible, para las elecciones; y comunicar el razonamiento para tal decisiones al público y las acciones que se llevarán a cabo para mitigar los riesgos de salud pública para todas las partes interesadas.


A modo de conclusión

Los múltiples desafíos para organizar elecciones en tiempo de pandemia exceden las competencias y capacidades de la autoridad electoral, como han determinado diversas organizaciones de observación electoral. Se requiere del compromiso, el apoyo y la coordinación de otros actores para celebrar elecciones seguras. Las autoridades electorales de los países necesitan diagnosticar rápidamente las capacidades institucionales para rediseñar y cumplir con un plan nacional de elecciones, cónsono con una estrategia nacional que proteja la salud y la vida de los ciudadanos.

Por último, el OEV, como organización de observación electoral, resalta que en el cronograma de este proceso electoral 2020 no se contempla actividad alguna, por lo menos de manera explícita, referida a la observación nacional ni a la observación internacional. En el cronograma 2015, su actividad número 83 sí estuvo referida al “Programa de acompañamiento internacional electoral”. Ese año participamos cinco organizaciones nacionales junto a por lo menos tres internacionales. Consideramos, al cierre, que una buena observación electoral, tanto nacional como internacional, puede contribuir sustancialmente a la necesaria generación de confianza en el proceso.

Una mujer saluda mientras escucha la transmisión de un músico venezolano en el barrio San Andrés, en Caracas, el 18 de julio de 2020 | Foto de Federico Parra / AFP

A propósito de su octavo aniversario, el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) renueva su identidad gráfica organizacional. Presentamos un nuevo lenguaje icónico más limpio, pero igualmente dotado de profundidad, a la par que sintonizado con el principio de transparencia que guía a la organización.

Para alcanzar esta meta comunicacional, el equipo del OEV se alió con Elemental, estudio de diseño. “Queríamos refrescar la marca visual del OEV, para darle mayor fuerza y dinamismo sin que perdiera la esencia de lo que ha venido identificando al Observatorio y sus valores”, explica Luis Esteves, diseñador de proyectos digitales.

En cuanto al logo, se decidió mantener la lupa e integrarla con la letra ‘O’ del trigrama ‘OEV’, y así eliminar redundancias. A partir de ahora, la lupa podrá tener más personalidad y presencia en los elementos gráficos de la marca.

Así también, este renovado sitio web le indica al usuario de manera clara la propuesta de la organización. Con un lenguaje ameno, colorido y cercano, hemos construido un diseño institucional que muestre la profundidad de información y la diversidad de actores y elementos que forman parte de los procesos electorales, apuntó Esteves.

Esta web, un proyecto de varios años que con mucha dedicación pudo concretar el equipo del OEV, consta de cuatro menús:

-En ‘Quiénes somos’, contamos en clave de crónica la historia de la organización y presentamos nuestra misión, visión y objetivos.

-En ‘Qué hacemos’, exponemos las distintas actividades que configuran nuestra labor, con especial énfasis en observaciones electorales.

-En ‘Publicaciones’, el usuario encontrará nuestros archivos de Comunicados y Boletines, así como el banco de Informes del OEV.

-En ‘Biblioteca’ tenemos una fuente de consulta de la legislación general y específica que regula la materia electoral.

También la web enlaza con nuestras cuentas en Twitter, Facebook y YouTube, e invita a la suscripción para recibir nuestros contenidos por correo electrónico.

El OEV mantiene su compromiso de promover la libertad, transparencia y confiabilidad del sufragio para el desarrollo y resguardo de la democracia.

El Registro Electoral incluye a los ciudadanos venezolanos para que puedan ejercer el voto. El mismo se actualiza para incluir a nuevos votantes o excluir a quienes hayan fallecido. Las actualizaciones también sirven para modificar la residencia de electores registrados. Con vistas a los próximos comicios parlamentarios se implementó una jornada especial de actualización de dicho Registro y se establecieron -inicialmente- solo 14 días, esto es, desde el lunes 13 hasta el domingo 26 de julio de 2020.

Se habilitaron apenas 551 puntos a fin de que acudieran a ellos una gran cantidad de jóvenes, para lo cual requerían cumplir con dos requisitos: haber cumplido 18 años y tener su cédula laminada, aunque estuviese vencida. Debían acudir a la jornada, además, todos aquellos electores que hubieran cambiado de domicilio.

En el año 2015, ante un proceso electoral de similares características, el Consejo Nacional Electoral (CNE) activó una jornada de inscripción y actualización de datos en el Registro que tuvo una duración de cinco meses y contó con la habilitación de 1.568 puntos en la totalidad de los 335 municipios, situación muy diferente a la que se presentó con vistas al evento programado para diciembre próximo.

Entre los días 23, 24 y 25 de julio, por ejemplo, se pudo constatar que no estaban operativos algunos puntos referidos en la web del CNE para el Distrito Capital y el municipio Chacao. Además, se habilitaron centros de actualización itinerantes, pero no se difundió cuándo y dónde funcionaban esos centros, con lo cual solo aquellos con información privilegiada pudieron organizarse para utilizar los operativos e inscribir o actualizar los datos de residentes de esas comunidades. Esto dificultó aún más a los ciudadanos el cumplimiento de este derecho y deber.

Como se indicó anteriormente, estaba previsto que el proceso cerrara el pasado domingo 26. Sin embargo, el CNE le comunicó al país ese mismo día una prórroga de 72 horas, justificándola por las dificultades que se presentaron en diversas zonas del país como consecuencia de las medidas de cuarentena ordenadas por el Gobierno.

El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) estima que tal prórroga de ninguna manera subsanó las consecuencias negativas derivadas de los pocos días determinados para llevar a cabo la jornada de registro. Y no da pie, en manera alguna, para considerar como exitosa la jornada celebrada.

Durante las dos semanas y tres días del operativo especial de actualización del Registro Electoral hubo distintos niveles de restricción por la cuarentena, dificultando y en muchos casos haciendo imposible que las personas pudieran cumplir con el requerimiento exigido, lo que sin duda lesiona un derecho importante en una sociedad democrática: el derecho al sufragio.

En suma, el OEV considera que la prórroga no maquilla siquiera los factores determinantes de unos resultados que seguramente dejaron mucho que desear; esto es, la poca promoción que se hizo del evento, el escaso tiempo del cual se dispuso, un número insuficiente de oficinas de centros para el Registro, el hecho de que las dependencias encargadas de la cedulación no intervinieran activamente en la jornada estando muchas de sus oficinas cerradas y, finalmente, pero no por ello menos importante, la pandemia.

Como lo han señalado diversos sectores de la sociedad venezolana, así como muchas organizaciones, entre ellas el OEV, la manera como transcurrió el proceso de inscripción y actualización de los ciudadanos en el Registro Electoral es un mal mensaje y no logra disipar las dudas que una buena parte del país mantiene respecto a la calidad del venidero proceso electoral. Muy por el contrario, las profundiza.

Por el bien de todos, es imperativo introducir las rectificaciones necesarias.


Observatorio Electoral Venezolano
Caracas, 30 de julio de 2020

Primera quincena, julio de 2020

Los números no cuadran: la próxima Asamblea Nacional debería seguir teniendo entre 165 y 167 escaños, en apego a la Constitución, pero el CNE ha incorporado lineamientos impartidos por el TSJ. Aumentar a 277 el número de diputados contraviene preceptos constitucionales. Las legislativas deben ser llevadas a cabo a partir de unas condiciones que generen confianza en los actores y electores, insiste el OEV

El hemiciclo de sesiones, incluso, tendría que ser adaptado para acoger 110 curules adicionales.

El 6 de diciembre de 2020 es la fecha escogida por el Consejo Nacional Electoral para el acto de votación de las próximas elecciones parlamentarias. Mismo día y mes que recuerda, en 1998, la primera victoria electoral de Hugo Chávez, y en 2015, el más importante triunfo en comicios que ha celebrado la oposición política en Venezuela.

Esta fecha se conoció el pasado 1 de julio. En la víspera, el 30 de junio de 2020, el Poder Electoral dictó las “Normas especiales para las elecciones a la Asamblea Nacional período 2021-2026”, contentivas de 11 artículos y publicadas en su sitio web. También allí fue publicado el Cronograma Electoral el 11 de julio.

Existe un lapso de cinco meses con seis días entre la aprobación de estas normas y la anunciada jornada de la votación.

“La ley que regule los procesos electorales no podrá modificarse en forma alguna en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma”, establece el artículo 298 de la Constitución.

La emisión de unas normas especiales por parte de esta directiva del CNE ha sido apoyada, pero también cuestionada legal y políticamente por distintos sectores de la vida nacional. A continuación, el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) pone el resaltador sobre las siguientes siete claves:

1. Legislador: sin competencia

El artículo 1 de las Normas Especiales aclara que, con base en los lineamientos impartidos por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 0068 del 5 de junio, la elección parlamentaria 2020 se sujetará a estas normas especiales, quedando en lo demás vigente la aplicación de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, su Reglamento General y las demás normas dictadas por la autoridad electoral.

Entre otras decisiones, la referida sentencia del TSJ desaplicó 12 artículos de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y ordenó al CNE que procediera a asumir el desarrollo normativo pertinente, de conformidad con los lineamientos señalados en el fallo.

Que el TSJ le haya otorgado competencias legislativas al nuevo CNE constituye una “grave violación del ordenamiento jurídico”, suscribió más de un centenar de organizaciones de la sociedad civil en un comunicado conjunto del 8 de julio. El Estado de Derecho indica que a quien corresponde producir esos cambios es a la Asamblea Nacional, que es un órgano legislativo, han apuntado el OEV y varios especialistas.

2. Principios: modificados

El artículo 2 de la norma enumera los principios fundamentales del “pluralismo político y participación”, el “incremento del número de integrantes de la Asamblea Nacional” y el “equilibrio y ponderación recíproca entre el sistema de elección de cargos nominales y el sistema de elección proporcional de cargos lista”.

Teóricamente el principio de personalización del sufragio se refiere a la forma como el elector vota, por nombre y apellido, y el principio de la representación proporcional a la forma en que los diputados son asignados, en porcentaje similar al de votos obtenidos.

Igualmente el artículo 3, sobre el sistema electoral paralelo, lo entiende como el sistema destinado a la provisión de escaños de la AN. Consiste, dice la norma, “en la elección por mayoría relativa de votos para los cargos nominales, y de elección proporcional, para los cargos de las listas, mediante votación universal, directa y secreta en ambos casos”.

Ciertamente la Ley Orgánica de Procesos Electorales en sus artículos 14 y 15 se refiere a la distribución de cargos:

“Artículo 14: Cuando el número de diputados y diputadas a la Asamblea Nacional, legisladores y legisladoras de los estados y concejales y concejalas de municipios y demás cuerpos colegiados de elección popular, a elegir, sea igual o mayor a diez, se elegirán tres cargos por lista, según el principio de representación proporcional. El número restante de cargos se elegirá en circunscripciones nominales según el principio de personalización.

Artículo 15: Cuando el número de diputados y diputadas a la Asamblea Nacional, legisladores y legisladoras de los estados, concejales y concejalas de municipios, y demás cuerpos colegiados de elección popular a elegir, sea igual o menor a nueve, se elegirán dos cargos por lista, según el principio de representación proporcional. El número restante de cargos se elegirá en circunscripciones nominales según el principio de personalización”.

Ambos artículos están dentro de los 12 desaplicados por el TSJ el 5 de junio. Los otros 10 artículos, del 174 al 182 así como el 186, tratan sobre el sistema electoral y de elección de los representantes indígenas.

Ya se ha dicho en anteriores oportunidades que la Ley Orgánica de Procesos Electorales de 2009 no cumple con el principio de representación proporcional establecido en la Constitución, lo cual debería obligar a su revisión. “Cualquier cambio del sistema electoral tendría que ser legitimado a través de la conformación de muy amplios consensos”, se advierte en un comunicado conjunto suscrito por organizaciones y ciudadanos.

¿Se ha debido reformar esta ley orgánica? Para proceder, se requiere de mayoría calificada en el Parlamento, pero no la hay. Y debió haberse promulgado en fecha previa a los seis meses inmediatamente anteriores al día de la elección, pero tampoco se hizo. El Poder Judicial mantiene la tesis del “desacato”.

3. Composición de escaños: inconstitucional

El artículo 4 de las Normas Especiales, que se refiere a la composición de escaños de la Asamblea Nacional, es clave. Para comprender este punto, es preciso citar el artículo 186 de la Constitución:

“La Asamblea Nacional estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional, según una base poblacional del uno coma uno por ciento de la población total del país.

Cada entidad federal elegirá, además, tres diputados o diputadas.

Los pueblos indígenas de la República Bolivariana de Venezuela elegirán tres diputados o diputadas de acuerdo con lo establecido en la ley electoral, respetando sus tradiciones y costumbres.

Cada diputado o diputada tendrá un suplente o una suplente, escogido o escogida en el mismo proceso”.

El artículo se aplicaría así:

La Asamblea Nacional estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional, según una base poblacional del uno coma uno por ciento de la población total del país.
-Población total del país: 32.778.056 habitantes (referida por el Instituto Nacional de Estadística y aprobada por la Asamblea Constituyente).
-Base poblacional del 1,1 % de la población total del país: 360.558,616 (resulta de aplicar una regla de tres con base en el dato anterior: si 32.778.056 es el 100 % de la población, el 1,1 % ¿cuánto es?).
-Cantidad aproximada de diputados que deben distribuirse por estado, según su población: 90,9 diputados (surge de dividir el dato de la población total del país entre el dato de la base poblacional del 1,1 %).
Cada entidad federal elegirá, además, tres diputados o diputadas.24 entidades federales x 3 = 72 diputados, que se suman a los 91 (90,9 redondeados hacia arriba), para un total preliminar de 163 diputados.
Los pueblos indígenas de la República Bolivariana de Venezuela elegirán tres diputados o diputadas de acuerdo con lo establecido en la ley electoral, respetando sus tradiciones y costumbres3 diputados que, sumados a los 163, totaliza entonces una composición de 166 escaños.

La Constitución, además, imparte la línea guía para saber cuántos diputados les corresponden a cada entidad federal. ¿Cómo se hace? Aplicando la base poblacional del 1,1 % al total de la población de cada estado del país.

O, expresado de otro modo, determinar el número de diputados a elegir por entidad federal, según la población de cada una, pasa por responder cuántas veces contiene su cantidad de habitantes los 360.558,616 de la base poblacional.

Luego, la Ley Orgánica de Procesos Electorales en el par de artículos ya citados establece cómo se reparte esa cifra total de parlamentarios entre los sistemas nominal y lista en las 24 entidades federales.

El total de escaños es, pues, un número casi fijo. “Las diferencias están con el redondeo que se hacen según unos decimales arriba o abajo, a veces tiene 165 y a veces 167, pero entre esos números oscila el total de diputados, según nuestra Constitución”, expresó el director del OEV Carlos Medina en una entrevista.

Así ha venido siendo: la actual legislatura 2016-2020 tiene 167 parlamentarios, en el quinquenio 2011-2015 hubo 165 diputados, en el periodo 2006-2010 fueron 167 los legisladores que componían la cámara y en el lapso 2000-2005 eran 165 escaños. Todo esto, con distintos números de población total del país aprobados para los años de las convocatorias a las elecciones parlamentarias de 2000, 2005, 2010 y 2015.

Pero las normas recién aprobadas por el CNE indican en su artículo 4 que “de conformidad con el artículo 186 de la Constitución y, singularmente, con base en la doctrina constitucional de la Sentencia Nro. 068, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia”, la Asamblea Nacional quedará integrada de la siguiente forma, que citamos:

“a) Por diputados y diputadas nominales, elegidos en cada entidad federal, según una base poblacional del 1,1 % de la población total del país.

b) Por diputados y diputadas elegidos mediante listas en cada entidad federal, según una base poblacional del 1,1% de la población total del país.

c) Por el número resultante de la sumatoria de tres diputados o diputadas por cada entidad federal; y

d) Por tres diputados o diputadas representantes indígenas, según el método y procedimiento especiales previsto en el Reglamento especial que se dicte al efecto.

En ningún caso la lista regional podrá ser menor de tres (3) diputados, independientemente de la base poblacional de la entidad federal correspondiente. En los casos en que en una entidad federal, sea necesario añadir uno (1) o dos (2) cargos para conformar la lista de tres (3), se añadirán igual número de cargos a elegir por la vía nominal.

Queda establecido, asimismo, que en ningún supuesto el número de cargos a elegir mediante lista en cada entidad federal, será mayor que el número de cargos a elegir por la vía nominal”.

En consecuencia, el CNE determinó el siguiente número y distribución de cargos:

Diputados nominales (desde 3 y hasta 15 por entidad federal):130
Diputados por listas regionales (desde 3 y hasta 10, según la entidad federal):96
Diputados por una nueva lista de adjudicación nacional:48
Diputados indígenas:3
Total:277 diputados a conformar la nueva Asamblea Nacional.

El OEV considera que aumentar el número de diputados de la AN es inconstitucional. Estas nuevas normas, además, diluyen el voto indígena dentro del Parlamento al tiempo que generan una sobrerrepresentación en algunos estados, en el entendido de que la lista regional no podrá ser menor de tres diputados, así como los diputados electos nominalmente, independientemente de la base poblacional de la entidad federal, ha indicado la organización a Efecto Cocuyo.

El quiebre radica en que las nuevas Normas Especiales de esta elección 2020 presentan una nueva metodología, según la cual se aplica la base poblacional del 1,1 % para diputados nominales y, otra vez, la misma operación para los de lista. Esto, agregándole además la nueva “Lista de Adjudicación Nacional”.

Casos estadales como el de Delta Amacuro pueden ayudar a ejemplificar lo anterior, así como el asunto de la sobrerrepresentación:

-Con base en el artículo 186 de la Constitución: la población de Delta Amacuro es de 237.370 habitantes. Este dato, dividido entre la base poblacional del 1,1 % (para esta elección, de 360.558,616 habitantes) arroja -por redondeo hacia arriba- que le corresponde 1 diputado. Y el estado alcanza una representación total de 4 diputados, sumándole los tres que le asigna la propia Constitución, cuando establece: “Cada entidad federal elegirá, además, tres diputados o diputadas”.

-Con base en las normas especiales del CNE: Delta Amacuro elegirá seis diputados, tres nominales y tres lista regional. Esa cantidad se basa en las indicaciones de la nueva norma. Sin embargo, no explica el CNE qué pasa con los tres diputados señalados en el aparte C del artículo 4.

Delta Amacuro es el segundo estado con menor población de Venezuela. En el caso antagónico de Miranda, la segunda entidad federal con mayor población, la diferencia se expresa así:

-Con base en el artículo 186 constitucional: la fórmula (3.168.867 habitantes entre 360.558,616) arroja 9 diputados, más los 3 que le corresponden a todas las entidades federales, totaliza 12 diputados (uno más, en relación con los 11 de la actual legislatura).

-Con base en las normas especiales del CNE: Miranda tendrá 19 diputados; 11 nominales y 8 lista regional.

El consultor electoral Félix Arroyo apuntó para un trabajo de Tal Cual que, “además de la mezcolanza con los diputados nominal y lista, le quitaron dos diputados al Distrito Capital, tres al Zulia, y los repartieron en otros estados para que la cuenta siga dando 277”.

¿Qué alegó el CNE al hacer estos cambios? Se ha repetido en los medios, y lo formaliza el último considerando de las normas: es un desarrollo normativo “transversalizado por la participación protagónica del pueblo y la ponderación y equilibrio entre los principios de la representación proporcional y la personalización del sufragio”.

Se trata de una aspiración de vieja data. La Ley Orgánica de Procesos Electorales de 2009 ha favorecido la personalización: el partido que tiene la mayoría obtiene mayor porcentaje de diputados que el de votos obtenidos. Así, el oficialismo salió beneficiado en la legislatura 2011-2015 y la oposición en el actual periodo 2016-2020.

4. Lista nacional: ¿de dónde?

En el artículo 5 de las Normas Especiales aparece la nueva “Lista de Adjudicación Nacional” de 48 diputados, más un suplente por cada diputado.

Expertos electorales han considerado durante los últimos días que esta novedad contraviene lo dispuesto en la Constitución, que indica que los parlamentarios serán elegidos en sus entidades, así como el principio del federalismo.

El artículo 6 de las normas, sobre la adjudicación de esa Lista Nacional, refiere textualmente:

“La adjudicación de los escaños parlamentarios con base en esta Lista de adjudicación nacional se efectuará en una fase inmediatamente posterior a la adjudicación de las listas regionales, mediante la sumatoria de los votos válidos obtenidos por las organizaciones con fines políticos o grupos de electores nacionales únicamente, pertenecientes a la Lista de Adjudicación Nacional.

La sumatoria de votos para la Lista de Adjudicación Nacional tomará en cuenta los votos válidos obtenidos por cada organización política nacional o grupo de electores nacional en la votación lista regional de cada entidad federal.

Para el caso que la Lista de Adjudicación Nacional esté integrada por diversas organizaciones políticas o grupos de electores nacionales en alianza, se computarán los votos lista de las alianzas que la conforman, estén o no en alianza en cada entidad federal.

La fórmula de adjudicación de cargos de la Lista prevista en este artículo, se efectuará mediante cocientes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y siguientes de la Ley Orgánica de los Procesos Electorales, salvo las reglas especiales previstas en las presentes Normas”.

El OEV ha indicado que esta novedad genera un inconveniente para los ciudadanos. Si bien un elector vota en su región por el voto lista del partido de su preferencia, el mismo voto va a funcionar para sumar a la lista nacional. En Venezuela tenemos listas bloqueadas y cerradas, así que se sufraga por el partido, pero no se escoge por nombre y apellido quiénes van en esas listas. Esto lo define el partido político en cuestión, ordenando los nombres según sus preferencias. Eso mismo va a aplicar para el voto nacional: el partido vuelve a ordenar unos nombres y definen quiénes son los que van a tener mayor probabilidad de obtener un puesto. Pero, en esta ocasión, tal como definió la norma, los votos de los partidos que son regionales no suman al voto nacional, así que un venezolano que vote en su región por un partido regional, perderá su voto para la lista nacional.

5. Partidos: vigentes e intervenidos

El artículo 7 de las normas, sobre el derecho a postular, indica que lo podrán hacer para las circunscripciones nominales y listas en cada entidad federal, las organizaciones con fines políticos, nacionales o regionales; los grupos de electores, nacionales o regionales; y las agrupaciones de ciudadanos o ciudadanas por iniciativa propia.

Las postulaciones de los candidatos a elegir para la Lista de Adjudicación Nacional “únicamente podrán ser presentadas por las organizaciones con fines políticos nacionales y los grupos de electores nacionales, en forma individual o mediante alianzas”.

El CNE ha celebrado la cifra de 105 organizaciones con fines políticos vigentes para esta elección parlamentaria: 28 organizaciones nacionales, 53 regionales, 6 organizaciones indígenas nacionales y 18 indígenas regionales. En la lista publicada al 10 de julio están habilitadas Acción Democrática y Primero Justicia, pero, como ya ha resuelto el TSJ, el CNE solo debe reconocer a las mesas directivas ad hoc que fueron impuestas por el mismo TSJ semanas atrás.

El 7 de julio la Sala Constitucional resolvió con Voluntad Popular lo que ya había decidido previamente con las formaciones opositoras AD y PJ: suspender la actual dirección nacional del partido de Leopoldo López, nombrar una Junta Directiva Ad Hoc presidida, en este caso, por el diputado José Gregorio Noriega, la cual podrá utilizar la tarjeta electoral, el logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio de VP.

La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, declaró el 2 de julio que las recientes decisiones del Tribunal Supremo disminuyen la posibilidad de construir condiciones para procesos electorales creíbles y democráticos. “Estas nombran nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral sin el consenso de todas las fuerzas políticas e interfieren en la organización interna de dos de los principales partidos políticos de la oposición”, dijo, antes de la intervención de VP.

6. Circunscripciones: iguales

En el artículo 8, sobre los votos del elector, la norma indica que tendrán derecho a votar por los candidatos nominales que correspondan elegir en cada circunscripción electoral, y además por la lista de cada entidad federal.

El CNE ha informado que para esta elección se mantendrán las 87 circunscripciones electorales que rigieron los anteriores comicios parlamentarios de 2015. Los cambios, como se ha visto, en esta oportunidad no provienen de ese aspecto que fue polémico en el pasado. Pero el CNE, al 14 de julio, todavía no había informado cuántos diputados se elegirán en cada una de las 87 circunscripciones, ya que se pasará de 113 diputados nominales electos en 2015, a 130. Según cronograma, tienen hasta el 18 de julio para publicarlo.

7. Contexto: inédito

El último artículo (11) de las normas, sobre medidas contra la pandemia de covid-19, indica que el CNE “dictará todas las medidas extraordinarias necesarias para prevenir el contagio de la enfermedad, y a tal efecto podrá dictar la normativa apropiada para ajustar la adopción de los actos electorales a las formas más cónsonas para combatir la pandemia y, de tal modo, asegurar la realización de las fases del proceso electoral bajo condiciones óptimas de protección y seguridad sanitaria”.

Más de 100 organizaciones advirtieron en comunicado conjunto ya mencionado que cinco meses es poco tiempo para realizar unas elecciones que, además de implicar un proceso complejo a lo largo del cual se deben llevar a cabo numerosas tareas, va a tener lugar en tiempos de pandemia. “Esta circunstancia trae consigo nuevos desafíos importantes, los cuales se suman a las exigencias políticas, económicas y técnicas que se deben enfrentar para la organización adecuada del proceso electoral”.

El 11 de julio se instaló el Comité Logístico Nacional en la Sala Situacional del CNE. Su función será “debatir las estrategias que garantizarán la seguridad sanitaria de todos los actores en el venidero proceso electoral de este 6 de diciembre y entablar un enlace permanente y efectivo entre todas las instancias del Estado, para acometer las acciones conjuntas requeridas para la realización efectiva del evento electoral”, según nota de prensa.

La experiencia internacional arroja lecciones sobre esta materia. Como ha reseñado el OEV, autoridades de distintos países de América Latina han coincidido en que el objetivo supremo en tiempo de pandemia es mantener la salud de los votantes en elecciones que resulten libres, justas, accesibles y seguras. El reto ahora es ofrecer garantías no solo electorales, sino también sanitarias. Por eso, estos procesos ahora tienden a ser más largos y complejos en el mundo.

A modo de conclusión

Las normas especiales, además de respetar la Constitución, deberían ser de claro y preciso cumplimiento. No debería caber más de una interpretación correcta de su significado. Para la determinación del número de diputados por estado, cuántos nominales y cuántos por lista, no debería haber dudas. Toda persona que haga los cálculos de acuerdo a las normas, debería obtener siempre los mismos resultados. Con estas Normas Especiales eso, para nada, está garantizado.

El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) no puede dejar de señalar la importancia de los procesos electorales; en este caso, la importancia que tienen los próximos comicios parlamentarios. El voto es una herramienta esencial para el sistema democrático. Y la severa crisis nacional reafirma la importancia de la construcción de acuerdos políticos, a fin de que la crisis pueda comenzar a resolverse por vía de la política, mediante compromisos que hagan posibles unas buenas elecciones.

Para que surtan el efecto esperado, las elecciones deben ser llevadas a cabo a partir de unas condiciones que generen confianza en los actores políticos y sociales, pero sobre todo en el votante; esto es, que hayan sido realizadas de tal manera que no exista duda alguna sobre la legitimidad de sus resultados, recuerda esta organización de observación electoral en su más reciente comunicado, del 10 de julio.

En medio de circunstancias que se ven seriamente agravadas por la pandemia y que, en muchos aspectos, dificultan la organización del proceso, resulta necesario considerar, de manera consensual, la posibilidad de extender el tiempo en beneficio de la calidad de las elecciones.

El OEV ratifica la necesidad de realizar un esfuerzo en el que participen diferentes sectores de la vida venezolana, además de los sectores políticos, con el propósito de lograr los acuerdos requeridos para que los venezolanos puedan ir a votar, a sabiendas de que acuden a un acto transparente y honesto y desde la convicción de que no hacerlo o hacerlo mal generaría graves consecuencias para la sociedad venezolana.

El OEV ha reiterado, además, que llevar a cabo el proceso electoral representa un esfuerzo que debe hacerse por la democracia y por el ciudadano de a pie.


Ajustados 14 días de jornada especial del RE en un contexto de pandemia y cuarentena

Partidos como Avanzada Progresista reportaron en redes sociales este panorama del día 1 en Portuguesa.

Del lunes 13 al domingo 26 de julio transcurre la Jornada Especial del Registro Electoral, con el funcionamiento anunciado por el CNE de 551 Centros de Inscripción y Actualización en toda Venezuela, como parte del cronograma electoral de las elecciones parlamentarias 2020.

Va especialmente dirigida a jóvenes que cumplan mayoría de edad inclusive el 6 de diciembre, para que se inscriban por vez primera; y también a los electores que hayan cambiado de domicilio, para hacer la actualización de su información.

La actividad se cumple -por lo menos en su primera de dos semanas- en el marco de un esquema de cuarentena basado en tres niveles de flexibilización, que por la pandemia del nuevo coronavirus impone restricciones de movilidad según la incidencia de casos en cada municipio y estado del país. A esto debe agregarse los problemas de conectividad y de servicio eléctrico que presentan las regiones. En este contexto un lapso de 14 días luce ajustado, considera el OEV, amén de las condiciones insuficientes de infraestructura para este proceso.

El CNE ha informado que “estas jornadas especiales se llevan a cabo, garantizando el cumplimiento de todos los protocolos biosanitarios y seguridad, para prevenir el contagio del covid-19, tanto del personal como de los usuarios y usuarias que se acerquen a realizar su trámite”.

Los requisitos indispensables a presentar son cédula de identidad laminada (no importa si está vencida), el uso del tapabocas y respetar las normas de distanciamiento de un metro y medio por persona.

La nueva “Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia” de la Organización de Estados Americanos recuerda al respecto: “El principal desafío que impone la pandemia en esta materia es procurar que todos los ciudadanos dispongan de las facilidades para la inscripción en el registro o para actualizar sus datos electorales, y evitar que el contexto vigente genere barreras que limiten el derecho al sufragio”.

Así, el organismo interamericano alecciona: “Debido a que muchas de las gestiones en materia de registro electoral requieren la presencia del elector, se deben tomar las precauciones sanitarias apropiadas en las oficinas electorales del país. La interacción física entre los funcionarios electorales y los ciudadanos, así como de estos últimos con materiales, equipamiento y superficies al asistir a esos lugares, aumentan el riesgo de contagio, por lo que deben adoptarse las medidas preventivas correspondientes”.

El Departamento para la Cooperación y Observación Electoral (DECO-OEA) hace las siguientes 18 recomendaciones a los países:

  • Garantizar el funcionamiento del Registro Electoral.
  • Disponer medidas sanitarias para las oficinas de registro.
  • Capacitar a funcionarios en la atención de público bajo protocolos sanitarios.
  • Definir un mecanismo de atención a través de reserva de citas.
  • Adoptar medidas para proteger a funcionarios considerados de alto riesgo.
  • Habilitar horario de atención preferencial para adultos mayores, mujeres embarazadas y otras personas de riesgo.
  • Ampliar los plazos de inscripción y actualización del Registro Electoral.
  • Reabrir el proceso de inscripción del Registro en caso de postergación de las elecciones.
  • Promover campañas de actualización del domicilio electoral dirigida a las personas que viven en una ciudad y votan en otra.
  • Facilitar procesos de pre-registro para agilizar los trámites y reducir la presencia prolongada en oficinas de registro.
  • Promover campañas de registro de grupos históricamente excluidos.
  • Adoptar estrategia para depurar fallecidos por la covid-19.
  • Suspender los mecanismos de depuración del Registro Electoral para quienes no asistan a votar (no aplica para Venezuela).
  • Permitir excusarse de la obligatoriedad del voto a personas de alto riesgo (no aplica para Venezuela).
  • Extender la vigencia de cédulas de identidad vencidas para el ejercicio del voto.
  • Suspender tarifas por inscripción o emisión de cédula (no aplica para Venezuela).
  • Mantener comunicación y consultas con los partidos políticos. -Desinfección de equipamiento tecnológico utilizado para el registro biométrico.

Dupla elecciones-pandemia en Europa: Serbia y otros casos recientes de voto

La votación del polémico presidente serbio Aleksandar Vucic.

El caso de Serbia puede ilustrar una gestión errada en la dupla elecciones-pandemia.

El presidente Aleksandar Vucic (pro-europeo de centro-derecha conservadora) impuso en marzo pasado “un estado de emergencia y el toque de queda más estricto de Europa”, reseñó DW.

Luego de dos meses de confinamiento, vino un periodo de liberación total, sopesa AFP: “Muchos piensan que el presidente minimizó el alcance de la pandemia y reivindicó una ‘victoria contra el virus’ para poder llevar a cabo las elecciones legislativas del 21 de junio, boicoteadas por la oposición, y que su partido ganó holgadamente”.

Durante la campaña electoral las autoridades anunciaban un deceso diario, a veces ninguno. Pero, después de las elecciones, las cifras fueron en aumento. Un documento oficial filtrado a la prensa luego de los comicios revelaba un extracto de la base de datos estatal sobre COVID-19, en el que se leía que había más muertos que los reportados durante ese período.

Recién, cuando las autoridades quisieron imponer de nuevo el confinamiento, visto el evidente rebrote del virus en Serbia, miles salieron a la calle para protestar la gestión.

Macedonia del Norte

Macedonia del Norte, entre tanto, vota hasta el miércoles 15 de julio para elegir un nuevo gobierno. Y lo hace en medio del resurgimiento de los casos de coronavirus. Este Estado balcánico de menos de dos millones de personas y más de 375 muertes impuso reglas específicas para un sufragio de tres días: el lunes y el martes reservados para el voto de los enfermos, militares, presos y personas frágiles; este miércoles, para el resto de los electores.

Rusia

Rusia celebró un plebiscito constitucional en plena pandemia, el 1 de julio. 109 millones de rusos podían ejercer su derecho a voto en más de 96.000 mesas electorales. Más del 45 % de ese censo, unos 49 millones de ciudadanos, participó a través del voto por adelantado, según las autoridades, que extendieron el periodo de votación por una semana para evitar aglomeraciones en los colegios electorales y un posible rebrote de covid-19. Lo demás es historia reciente: Vladimir Putin ganó el derecho a seguirse presentando como candidato.

Croacia

Los conservadores del primer ministro Andrej Plenkovic vencieron en las elecciones legislativas croatas del 5 de julio. El repunte de los casos de covid-19 no redujo la participación, reseñó EFE. Unos 55 contagiados solicitaron ejercer su derecho a sufragio, lo que podían hacer a través de una “persona de confianza” que actuara en su nombre. Manifestaron el mismo deseo alrededor de 500 electores en cuarentena, que recibieron una visita de una comitiva de la Comisión Electoral en sus domicilios.

Singapur

Singapur votó en legislativas el 10 de julio, aunque quienes tuvieran 37,5 grados de fiebre o más solo podrían hacerlo en la última hora de la votación con medidas especiales. Los enfermos de covid-19 o bajo orden de cuarentena no votaron, en un país con 2,67 millones de electores y más de 45.000 casos de coronavirus.

Los singapurenses, para quienes el voto es obligatorio, lo hicieron extremando precauciones, con mascarilla y guantes. Autoridades recomendaron franjas horarias a los votantes para respetar el distanciamiento físico y los colegios electorales permanecieron abiertos dos horas más de lo previsto debido a las largas filas de espera.

Polonia

Capítulo final del drama electoral en Polonia: el saliente presidente conservador, Andrzej Duda, derrotó a su rival liberal y proeuropeo Rafal Trzaskowski, y fue reelecto en segunda vuelta, este 12 de julio, con resultado, eso sí, de muy estrecho margen. La participación alcanzó el 68,1 %, la segunda más alta en unas presidenciales en 30 años de democracia. Polonia implementó un sistema híbrido basado en el voto presencial y por correo postal, este último no exento de dudas.

El País refiere esta breve crónica sobre las medidas preventivas entre los polacos: “El domingo a mediodía, los ciudadanos desempolvaban las mascarillas para guardar cola de forma paciente ante un colegio electoral del centro de Varsovia. Las autoridades obligaban a su uso para entrar en los centros de votación, pero a la salida, la mayoría volvía a descubrir nariz y boca. Un único frasco de gel desinfectante servía para limpiar las manos de todos los electores. Aunque el Gobierno recomendaba acudir con guantes, casi nadie los llevaba”. (Con información de agencias)

República Dominicana

En nuestra región, el opositor Luis Abinader (socialdemócrata y progresista) se convirtió el 5 de julio en el primer presidente latinoamericano elegido en tiempos de pandemia de covid-19 y -sintomáticamente para estos tiempos- el primer mandatario en la región que asumirá el cargo tras haberse enfermado de coronavirus. En República Dominicana la atípica campaña electoral cerró con un único acto multitudinario, encabezado por Leonel Fernández (tercero en la votación), mientras que el posterior ganador dio un discurso televisado y el oficialista (segundo lugar) Gonzalo Castillo organizó una fiesta musical televisada sin discursos.


Recomendación al cierre

Las nuevas realidades del teletrabajo, el desempleo temporal, la enseñanza en casa y la falta de contacto físico con familiares, amigos y colegas requieren tiempo para acostumbrarse. Adaptarnos a estos cambios es difícil, y puede resultar especialmente duro. Afortunadamente, son muchas las cosas que podemos hacer para cuidar nuestra salud mental y ayudar a otras personas que pueden necesitar más apoyo y atención. LEE AQUÍ estos consejos y recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, en el marco de su campaña #SanosEnCasa.

No hay que dejar de señalar la importancia de los procesos electorales; en este caso, la importancia que tienen los próximos comicios parlamentarios. A fin de cuentas, el voto es una herramienta esencial para el sistema democrático. La severa crisis en la que se encuentra nuestra sociedad, se ha dicho mil veces, reafirma la importancia del sufragio, a fin de que esta pueda comenzar a resolverse por vía de la política, mediante compromisos que hagan posibles unas buenas elecciones.

Pero, así mismo, no hay que dejar de señalar que, para que surtan el efecto esperado, las elecciones deben ser llevadas a cabo a partir de unas condiciones que generen confianza en los actores políticos y sociales, pero sobre todo en el votante; esto es, que hayan sido realizadas de tal manera que no exista duda alguna sobre la legitimidad de sus resultados.

Lamentablemente, luego de un inicio que parecía auspicioso a partir del nombramiento del Comité de Postulaciones por parte de la Asamblea Nacional, la situación se deterioró, las coincidencias políticas que parecían existir desaparecieron y el TSJ terminó obviando las normas legales vigentes, designando un directorio inclinado hacia el oficialismo, con base en un arreglo político parcial entre el gobierno y un sector minoritario de la oposición. Cabe mencionar de pasada, pues es historia reciente y conocida, que la nueva directiva ha tomado algunas decisiones que han sido ya cuestionadas legal y políticamente.

En medio de este tenso contexto, el pasado 5 de julio el ministro de la Defensa, General Vladimir Padrino López, declaró refiriéndose a un comunicado de una “facción” de la Asamblea Nacional, que: “Mientras exista una Fuerza Armada como la que hoy tenemos, antiimperialista, revolucionaria, bolivariana, nunca podrán ejercer el poder político en Venezuela. Yo creo que es bueno que lo entiendan”.  Se trata de una opinión absolutamente contraria al sistema democrático, tanto por su contenido como por quien la comunicó, que contribuye  de manera ostensible a enrarecer aún más el clima electoral. No puede pasarse por alto que es precisamente el Ministro de la Defensa el principal responsable de adelantar el llamado Plan República, vigilante y salvaguarda de la seguridad del venidero proceso electoral.

Por otra parte, hay que mencionar que en el mismo sentido negativo contribuyeron pronunciamientos de factores políticos opositores, advirtiendo anticipadamente que ellos no participarían en las elecciones parlamentarias, dado el sesgo del Consejo Nacional Electoral y las condiciones en que tendrían lugar los comicios, en particular la intervención de algunos partidos y la suspensión, calificada de arbitraria, de su dirección nacional y su sustitución por otras juntas directivas.

En fin, los venezolanos nos encontramos ante un panorama complicado y marcado por importantes interrogantes, dentro del cual por si fuera poco, se pretende cumplir con un proceso disponiendo de poco más de cinco meses, en medio de circunstancias que se ven seriamente agravadas por la pandemia y que, en muchos aspectos, dificultan su organización. Luce necesario considerar, de manera consensual, la posibilidad de extender el tiempo en beneficio de la calidad de las elecciones.

No obstante los inconvenientes registrados en las líneas anteriores, el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) ratifica la necesidad de realizar un esfuerzo en el que participen diferentes sectores de la vida venezolana, además de los sectores políticos, con el propósito de lograr los acuerdos requeridos para que los venezolanos puedan ir a votar, a sabiendas de que acuden a un acto transparente y honesto y desde la convicción de que no hacerlo o hacerlo mal generaría graves consecuencias para la sociedad venezolana.

El OEV reitera, además, que llevar a cabo el proceso electoral representa un esfuerzo que debe hacerse por la democracia y por el ciudadano de a pie; el que experimenta día a día, en carne propia, una crisis despiadada que se expresa en todos los ámbitos de nuestra sociedad. Es un esfuerzo que contribuye en buena medida a despejar el futuro próximo, dibujando un escenario que represente el comienzo de la recuperación del país a partir de pactos poselectorales que abonen la estabilidad social.


Observatorio Electoral Venezolano
Caracas, 10 de julio de 2020

Más de 250 voces, que incluye 105 organizaciones de la sociedad civil y de defensa de Derechos Humanos además de 152 ciudadanos, respaldaron a través de un comunicado conjunto la necesidad de un acuerdo nacional que garantice, entre otros, atender la situación política, económica y social que vive Venezuela en medio de la expansión del coronavirus y bajo un contexto de profundización del proceso de crisis humanitaria compleja.

El documento expresa igualmente la preocupación por la convocatoria a un proceso electoral en medio de la pandemia y sin respeto a las normas, garantías y disposiciones contenidas en la Constitución nacional vigente.

“Los procesos adelantados para el nombramiento de la nueva directiva del Consejo Nacional Electoral (CNE) deberían haber sido producto de un acuerdo amplio, y no de un pacto parcial impuesto por un solo sector, que finalmente se concretó, como en varias ocasiones anteriores, con la intervención del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Adicionalmente, este nombramiento abortó un proceso que, con todas sus dificultades, venía avanzando a principios del año en la Asamblea Nacional, a través de un Comité de Postulaciones integrado de manera plural”.

“El TSJ, además, le otorgó competencias legislativas al nuevo CNE, lo cual constituye una grave violación de nuestro ordenamiento jurídico”, se señala en el documento.

Asimismo, se resalta la inconveniencia de la abrogación, por parte de las nuevas autoridades del CNE, de competencias fuera del ordenamiento jurídico vigente, materializadas en decisiones como la ampliación del número de diputados de 167 a 277, que viola el artículo 186 constitucional, además de violentar el artículo 298, en el que se señala expresamente que no puede haber modificaciones en las reglas electorales 6 meses antes de una elección.

Advierten que cinco meses son poco tiempo para realizar unas elecciones, especialmente en tiempos de pandemia, señalando que: “esta circunstancia trae consigo nuevos desafíos importantes, los cuales se suman a las circunstancias políticas, económicas y técnicas que se deben enfrentar para la organización del proceso electoral”, además de consecuencias inmediatas, pues diversos sectores y movimientos han manifestado su desconfianza y su posible decisión de no participar en el próximo evento electoral, porque afirman que no cumple con las exigencias de imparcialidad, transparencia y confiabilidad.

El comunicado concluye señalando que: “El conflicto político es el principal origen de la crisis que se vive en todos los ámbitos de la vida social. La necesidad de llegar a los acuerdos necesarios es, literalmente hablando, una obligación, no solo política, sino moral, como lo han expresado diversas voces de la sociedad. La magnitud y las consecuencias de la precaria situación que agobia a la mayoría de los venezolanos así lo exige”.

LEE A CONTINUACIÓN | El comunicado completo “LOS ACUERDOS POLÍTICOS SON INDISPENSABLES”, divulgado este 8 de julio de 2020, con las adhesiones de 105 organizaciones de la sociedad civil y de 152 ciudadanos:


¿Deseas suscribirlo también? Este comunicado quedará abierto para nuevas adhesiones. El enlace para suscribir es el siguiente: https://forms.gle/2VrxB3hRCaE5mMBy6

“En estas elecciones en Venezuela preocupa la desinformación”, dice el vicedecano de la Facultad de Comunicación de la Universidad de Navarra, Jordi Rodríguez-Virgili. Casi la mitad de los venezolanos sigue utilizando la TV como medio fundamental para informarse. Actores externos influencian la conversación en redes sociales

Diego Area, Carmen Beatriz Fernández, Daniel Suárez Pérez, Mercedes De Freitas y Jordi Rodríguez-Virgili duante el seminario virtual | Captura de pantalla

Los venezolanos tienden a informarse principalmente por la televisión y por los medios analógicos, incluso buena parte de quienes tienen acceso a internet y redes sociales. La reciente salida del aire de Directv, sin embargo, es un hecho importante que ha supuesto problemas a la transmisión del mensaje por televisión.

Carmen Beatriz Fernández, investigadora y profesora de la Universidad de Navarra, estima que hay un movimiento del centro de gravedad informativo para descansar ahora más sobre las redes sociales. También han identificado y saben que la táctica gubernamental viene siendo “intoxicar los espacios digitales”; no tanto decir cómo se debe pensar, sino reorientar la discusión con algunos elementos.

Esto añade complejidad a la competitividad de unas próximas elecciones, cuyo carácter libre está siendo cuestionado.

Fernández compartió este planteamiento durante el seminario web “El dilema electoral y la desinformación en Venezuela”, celebrado el 30 de junio de 2020 y reseñado aquí por el OEV. La conversación fue una iniciativa del Atlantic Council, con el objetivo de exponer y explicar la influencia de la desinformación en procesos electorales en el país.

Fernández presentó resultados de una encuesta sobre desinformación desde las percepciones de los sujetos desinformados, o las víctimas de la desinformación.

Si bien 79 % de encuestados cuenta con acceso a internet y 67 % manifiesta ser usuario de redes sociales, la investigadora resaltó que solamente 34 % identifica a las fuentes digitales como su principal medio de información. En consecuencia, el medio dominante como fuente de información noticiosa sigue siendo la televisión (48,7 %), aunque se observa un claro sistema cruzado con el medio digital, o un uso híbrido de información.

Son fuentes minoritarias para informarse la radio (7,2 %) y los impresos (2 %). Igualmente llama la atención que 5,1 % se basa en conversaciones.

La polarización incide de manera llamativa en las maneras de informarse, suscribió Fernández. Así, la encuesta determinó que los opositores descansan mucho más sobre las redes sociales en comparación con quienes se ven a sí mismos como oficialistas.

Al preguntar qué tanto le preocupa a la gente la desinformación, esto como parte de un estudio global que abarca 37 países, en Venezuela resaltó que la preocupación de los nacionales sobre las llamadas fake news están exactamente en la media de toda la investigación: es decir, es motivo de interés para 59 %.

Tras aplicar un Modelo de Vulnerabilidad Informativa pudieron concluir que los más vulnerables en temas de desinformación son los menos educados y los que descansan más en fuentes analógicas -es decir, televisión, prensa u otros medios- como fuente principal de información; en este sentido, el patrón no tiene tanto que ver con la polarización.

De cara a una eventual convocatoria a proceso electoral en Venezuela, que Fernández calificó de entrada como “írrito”, consideró que los dilemas electorales no tienen que ver tanto con si se va a votar o no se va a votar. “La reflexión o el dilema es si decides hacerlo en unidad o con unidad de propósito, o si no. Los actores políticos más importantes de oposición tienen esa responsabilidad muy clara de decidir en conjunto”, opinó, al margen de los resultados del estudio, la también especialista en marketing político y ciberpolítica.

Fernández siente que hay algunas rendijas de oportunidad y que la pandemia está generando cambios políticos importantes en Venezuela y a escala global en las preferencias de un electorado que está volteando a mirar a otros referentes. “La sociedad está buscando nuevas referencias”.

Ilustración: El Economista

Desinformación, polarización y emociones

El vicedecano de la Facultad de Comunicación de la Universidad de Navarra, Jordi Rodríguez-Virgili, repasó durante el seminario virtual que rumores, bulos, difamaciones y calumnias no son fenómeno nuevo en política. Existen, sí, dos acontecimientos históricos a partir de los cuales se popularizaron los términos desinformación y fake news: las presidenciales de EEUU y el proceso de referéndum del Brexit, ambos en 2016.

Hasta entonces, desinformación podía ser sinónimo de falta de información. A partir de esos dos procesos, la desinformación también alude, y de manera creciente, a esfuerzos deliberados de determinados agentes por comunicar mentiras, medias verdades, saturación, sobreabundancia o contenidos inexactos al ciudadano.

El fenómeno de la desinformación también ha tomado fuerza a razón de la disrupción tecnológica y por la crisis de los medios de comunicación tradicionales. Dos elementos que van también unidos y que, de acuerdo con Rodríguez-Virgili, han llevado la desinformación a esta nueva dimensión.

Es lo que en el informe llaman la ‘arquitectura digital de la desinformación’. Las nuevas tecnologías son enormemente proclives para la difusión de contenidos falsos.

“En estas elecciones en Venezuela preocupa la desinformación”, expuso Rodríguez-Virgili.

Con base en el estudio global de 37 países analizados, se determinó que a más gente le preocupa la información falsa o engañosa de los políticos que la de cualquier otra fuente. Pero, al comparar los resultados globales con cómo se entiende esta preocupación por el emisor de las fake news en el caso Venezuela, se evidencia que aquí es distinto: no son los políticos quienes están en primer lugar, sino que hay más preocupados por la conducta de los periodistas (que, a escala global, están de terceros).

La investigación aporta una tipología de la información problemática, que desgranó el vicedecano:

De un lado, la información errónea: datos que no son ciertos, conexiones falsas, información descontextualizada, que contiene errores, no es cierta.

De otro lado, la información maliciosa: es cierta, pero deriva de filtraciones, busca hostigar a algún adversario.

Tratando de ubicarla teóricamente, la desinformación estaría en medio de una y otra, en una tercera zona de intersección: es información falsa, que descontextualiza la información; hay un contenido impostor, manipulado, fabricado.

Al ratificar la “clara relación de las emociones con la polarización (se habla, de hecho, de “polarización afectiva”) Rodríguez-Virgili se paseó por el concepto de posverdad, el cual defiende que los hechos objetivos son menos influyentes en la opinión pública que las emociones o creencias. O, dicho de otro modo, que prima la emoción y las creencias personales previas del sujeto receptor.

La polarización, disertó el académico español en otro momento del foro, también tiene que ver con el sentido de pertenencia. Y esto acarrea dos consecuencias: primera, la ya estudiada exposición selectiva; es decir, que la gente se expone selectivamente a determinados medios de comunicación y cuentas en redes, entrando así -y con sofisticados algoritmos- en las llamadas “cámaras deco” o “cajas de resonancia” características del pensamiento: “yo sigo a la gente principalmente que piensa como yo”. Y segunda, la percepción selectiva o sesgo de confirmación; esto es, que tendemos a creer y compartir como verdadero lo que refuerza nuestras creencias, acorde con nuestras emociones.

Lo preocupante radica en que esta desinformación, con la polarización y con la posverdad, “desemboca en una banalización de la mentira y, por ende, en una relativización de la verdad y eso dificulta, impide casi, el diálogo político, la búsqueda del acuerdo, la búsqueda del consenso, gestionar la heterogeneidad en la democracia”.

Y cuando la política se plantea desde el “estás conmigo o estás contra mí”, se dificulta el debate público y, como consecuencia, crece la desconfianza ciudadana y se provoca una desconexión entre la sociedad, los políticos y las instituciones. “Se pone en riesgo la propia cohesión social, se debilita el contorno social y se llega a cuestionar la democracia”.

Ilustración: ijnet

Protesta social, trasladada a las redes

El investigador del Laboratorio de Investigaciones Forense Digitales de Atlantic Council Daniel Suárez Pérez clarificó que las estrategias de desinformación son cambiantes.

Con base en estudios y mediciones ejemplificó que en Twitter, previo a instalación del periodo de sesiones 2020 de la Asamblea Nacional en enero pasado, solo 1 % de cuentas que promovieron etiquetas contra Juan Guaidó influyeron en una cuarta parte de las conversaciones.

Entre los rasgos de esa narrativa notó la utilización de términos despectivos o el uso de algunos textos de spam sacados de Wikipedia.

Con la pandemia, observa Suárez Pérez, las personas trasladaron la protesta social a las redes sociales.

La también expositora Mercedes De Freitas, directora ejecutiva de Transparencia Venezuela, organización coautora del estudio junto a la Universidad de Navarra, contextualizó que en época electoral el Estado suele elevar su política de control de un flujo informativo que, en el caso venezolano, no tiene contrapeso. Una situación de desinformación tiende a confundir mucho más al electorado.

En la moderación del seminario virtual estuvo Diego Area, director asociado del Centro para América Latina Adrienne Arsht del Atlantic Council.

La actividad se dio el mismo día que, en Venezuela, el Consejo Electoral anunció que en las elecciones parlamentarias planificadas para diciembre de 2020 elevarán de 167 a 277 el número de diputados a elegir, mientras los partidos mayoritarios de la oposición democrática plantean un decálogo de condiciones mínimas de participación al ente rector.