Informe de observación de las Elecciones de Gobernadores realizadas el 15 de octubre.

El patrón de comportamiento de la autoridad electoral vuelve a repetirse. Después de un año de silencio sobre la fecha definitiva de estos comicios, el CNE incurre nuevamente en un listado de irregularidades que viene ejecutando desde la elección de la Asamblea Nacional Constituyente: adelanta el llamado a postular candidatos previo a la publicación de la fecha del evento y el cronograma electoral, fija arbitrariamente la fecha, ejecuta actividades previas, cierra la posibilidad de que nuevos electores se inscriban en el registro Electoral, entre otras. Conoce 11 detalles sobre las venideras elecciones. 

1)  Los primeros anuncios y un año de silencio.

El 18 de octubre de 2016, la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tibisay Lucena, anunció que los comicios municipales serían realizados a finales del segundo semestre de 2017. Luego, transcurrieron doce meses sin que el organismo hiciera mención a estos comicios: entretanto organizó velozmente una elección para elegir una Asamblea Nacional Constituyente y ejecutó, también con rapidez, los comicios de gobernadores que tenían 10 meses de retraso. Solo cuando el oficialismo obtuvo la victoria electoral en 18 de 23 estados del país, se aceleró la convocatoria a estas elecciones.

2)  Convocatoria constituyente sin concejales.

Tras una propuesta presentada por el ex gobernador de Carabobo, Francisco Ameliach, el 26 de octubre la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) aprobó la convocatoria de elecciones de alcaldes en diciembre de 2017, dejando por fuera –sin explicación alguna– la elección de concejales y de las alcaldías Metropolitana de Caracas y de Alto Apure, legalmente fijadas para realizarse de manera conjunta.  Así, el proceso inició con la violación de la Constitución y la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), en cuyas disposiciones señala al Consejo Nacional Electoral como único organismo encargado de anunciar dicha convocatoria. El decreto fue publicado ese mismo día en la Gaceta Oficial N° 41.265.

3) Repetición de elecciones en Zulia.

Desconociendo la voluntad popular de quienes votaron el 15 de octubre por Juan Pablo Guanipa como gobernador del Zulia, le fue impedido asumir el cargo al no prestar juramento ante la ANC. Ni la Constitución, ni ninguna otra ley venezolana, estipulan que el titular de un cargo de elección popular deba subordinarse ante una instancia constituyente.

Ese 26 de octubre, el Consejo Legislativo declaró la “falta absoluta” de Guanipa y, posteriormente, en una acción que sienta un precedente peligroso, la ANC anuló la elección de gobernador en esa entidad y ordenó su repetición para el mes de diciembre (propuesta presentada por el constituyente Hermann Escarrá). El decreto también fue publicado ese mismo día en la Gaceta Oficial N° 41.265.

4) Fechas a cuentagotas.

Al día siguiente, el 27 de octubre, la máxima autoridad electoral informó que el organismo acataba ambos decretos de la ANC para realizar los dos procesos de manera conjunta, tanto la elección de alcaldes como la repetición de elecciones de gobernadores en Zulia: “Ambas elecciones se efectuarán el mismo día y se regirán por el mismo cronograma”, anunció Tibisay Lucena.

Antes de publicar la fecha definitiva y el cronograma electoral, llamó a los partidos políticos a inscribir a sus candidatos el lunes 30 de octubre, estipulando así apenas un día para habilitar el Sistema Automatizado de Postulaciones (SAP) y reincidiendo por tercera vez en la violación del artículo 42 de la LOPRE, el cual especifica que la convocatoria es el acto público en el que debe fijarse la fecha de la elección y conocerse el cronograma.

El CNE estableció la presentación de las postulaciones ante las juntas regionales entre el martes 31 de octubre y miércoles 1 de noviembre, la admisión o rechazo de la postulaciones entre el mismo miércoles hasta el viernes 3 de noviembre.

5) Registro Electoral sin cambios.

Ese día también se anunció que el corte del Registro Electoral para las elecciones de diciembre sería el del 15 de julio de 2017, el mismo utilizado para los comicios de la ANC y gobernadores. Esto significó que no habría actualizaciones en la base de datos de votantes, privando del derecho al sufragio a quienes cumplieron 18 años entre mediados y finales de año, como también el derecho de cualquier ciudadano inscrito a solicitar modificaciones. Desde principios de 2016, la autoridad electoral no ha habilitado suficientes operativos o puntos móviles para la inscripción en el RE y, por ello, se estima que alrededor de un millón de ciudadanos no han sido incluidos a la base de datos del CNE.

Igualmente, la presidenta Lucena explicó que continuarían en funciones los mismos miembros de las Juntas Regionales y Municipales, además de los miembros de mesa, de las elecciones anteriores, quienes fueron seleccionados a través de un mecanismo que no fue público, tal como lo exige la legislación vigente.

6) 10 de diciembre, la fecha definitiva

Seis días después de llamar a los partidos políticos a postular a sus candidatos, el árbitro fijó arbitrariamente la fecha definitiva para las elecciones: serían el 10 de diciembre de 2017, en la que podrán participar 19.740.846 electores para elegir a los 335 alcaldes de las 24 entidades del país, por un período de cuatro años, y al nuevo gobernador de Zulia. En esa rueda de prensa del 2 de noviembre, se difundieron las nuevas fechas del cronograma: la campaña electoral iniciará el 23 de noviembre y finalizará el 7 de diciembre.

7) Publicación del cronograma.

Faltando tan solo 36 días para las elecciones, el CNE publicó el 4 de noviembre el cronograma electoral con todas las etapas y actuaciones a cumplirse, atropellando los tiempos indispensables para organizar y ejecutar un proceso electoral imparcial, confiable y en igualdad de condiciones para todos los participantes. De esta forma, planeó 85 actividades: 14 en octubre, 48 en noviembre (con un promedio de dos actividades diarias), 19 en diciembre, tres en enero y una en febrero.
Aunque en esta oportunidad no estableció en el documento un apartado de “actividades previas”, ejecutó 20 tareas en una fecha anterior a la publicación del cronograma e, incluso, definió para la actividad denominada “Publicación del cronograma en www.cne.gob.ve y en la Gaceta Electoral” un lapso de 30 días, entre el 30 de octubre y 28 de noviembre, acción que contradice lo estipulado en la legislación vigente. La LOPRE exige un solo día para la publicación del cronograma.

8) Candidatos.

La noche del 31 de octubre Lucena informó que 4.800 ciudadanos se inscribieron como candidatos (4.016 hombres y 784 mujeres), esta cifra aumentó a casi el doble tres días después alcanzando los 9.249 candidatos. De ese grupo, para el 3 de noviembre solo 3.517 candidatos se habían presentado ante las juntas electorales correspondientes.

Un total de 72 partidos participaron en el proceso, 17 nacionales (que representan el 82% del total) y 55 regionales (84% del total). Entre lo nacionales se encuentran: el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Tupamaro, el Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), Patria Para Todos (PPT), Unión Popular Venezolana (UPV), Podemos, Partido Comunista de Venezuela (PCV), Nuevo Camino Revolucionario (NCR), Nuvipa, Organización Renovadora Auténtica (ORA), IPP, UPP89, Copei, Avanzada Progresista (AP), Movimiento Al Socialismo (MAS) y Un Nuevo Tiempo Contigo (Untc).

Para estas elecciones de alcaldes, tres de los partidos que conforman la alianza opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y que acudieron a las elecciones de gobernadores anunciaron que no participarán esta vez: Acción Democrática (AD), Voluntad Popular (VP) y Primero Justicia (PJ), además de que alertaron con sancionar con la expulsión de sus filas a los integrantes que decidieran postularse. Sin embargo, esta postura no fue asumida por todas las toldas que hacen oposición al Gobierno de Nicolás Maduro y algunos integrantes de la coalición inscribieron candidatos, entre los que destacan UNT y AP.

A pesar de no estar legalizado ante el CNE, el partido La Causa R participó a la elección anterior avalada por otras organizaciones, especialmente en Bolívar con una representación del miembro de la dirección nacional, Andrés Velásquez; pero después de la denuncia de “fraude” en esa entidad, el partido anunció que no acudirá a los comicios para elegir alcaldes y, más bien, propuso a la MUD realizar unas primarias para escoger un candidato presidencial. De igual forma, Alianza Bravo Pueblo (ABP), Convergencia, Partido Unido y Entendimiento (Puente), Movimiento Progresista de Venezuela (MPV) y Bandera Roja se mostraron de acuerdo con no participar.

De acuerdo al cronograma electoral, para el 5 de noviembre el organismo ya debía poseer el acta de cierre de postulaciones. Sin embargo, aún se espera algún pronunciamiento de las autoridades electorales sobre el número de candidaturas admitidas.

9) Reubicación de centros.

El miércoles 1 de noviembre, la presidenta Lucena indicó que para estas elecciones de alcaldes el CNE evaluará la reubicación de centros de votación cerrados por violencia durante las elecciones a la Constituyente, con la intención de situarlos en un lugar más cercano a sus puntos de origen. El Poder Electoral decidió no reabrir aquellos centros en los que ocurrieron situaciones irregulares, como agresión física al personal del CNE, quema de máquinas y destrucción del material electoral, así como aquellos en donde fue impedido el acto de votación.

“Sin embargo, decidimos, como dije, racionalmente hacer un análisis de estos 201 centros de votación y en aquellos casos que no son extremos, vamos a estudiar una nueva ubicación para estos centros”, añadió la presidenta del ente. Según el cronograma electoral, la generación del tabla/mesa para el evento –documento que indica la distribución de los electores por mesa y centro de votación– debía estar listo el 6 de noviembre y su publicación debió hacerse el lunes 20 de noviembre, apenas 20 días antes de los comicios.

 10) Voto asistido con planilla.

Debido al número de denuncias recibidas de irregularidades en las últimas elecciones, el CNE informó que aplicará una nueva forma de solicitar el voto asistido, a través de una planilla que poseerá el miembro de mesa, sin ofrecer más explicaciones al respecto. Adicionalmente, el ente señaló que se mantendrá eliminado el uso de la tinta indeleble.

11) Acompañamiento internacional.

El 15 de noviembre se instaló la misión de acompañamiento internacional conformada, en su primera etapa, por 15 miembros del Consejo de Expertos Electorales de Latinoamérica (Ceela), entre expertos, ex presidentes y ex magistrados de instancias de la región. Más integrantes se unirán a la misión el día de las elecciones, desplegados en centros electorales de todo el país. Así, el CNE vuelve a restringir la presencia de veedores internacionales en el país, reduciendo la función de los observadores internacionales al rol de “acompañantes” y negando el ingreso de misiones de la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Unión Europea (UE).

Por su parte, la observación nacional no aparece contemplada en ninguna actividad del cronograma electoral, ni en la distribución de invitaciones, ni en la acreditación de sus participantes, lo que genera una alta incertidumbre sobre la participación de las organizaciones destinadas a esta tarea. Para las elecciones de gobernadores, la autoridad concedió la acreditación a algunas organizaciones y se la negó a otras, tal como al Observatorio Electoral Venezolano (OEV).

Desde la antigua Roma, la justicia es frecuentemente representada por una diosa de cuya mano derecha pende una balanza para medir las fuerzas a favor y en contra de cada caso. También es común que lleve una espada de dos filos en su otra mano, para simbolizar el poder de la razón y la justicia. Desde el renacimiento, además, la diosa a menudo es presentada con los ojos vendados para simbolizar la fe en que la justicia debería ser aplicada objetivamente, sin miedo ni favoritismos, independientemente de la identidad, el dinero, el poder o debilidad de los involucrados, una justicia ciega e imparcial.

El 30 diciembre de 2015, pocos días después de la realización de las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre y apenas un día después de recibir un escrito, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó una sentencia mediante la cual suspendía los actos de totalización, adjudicación y proclamación de los diputados electos en Amazonas y la Región Indígena Sur. Con esa sentencia, quedó denegando el derecho a la representación política de los electores del estado Amazonas y se conculcaron los derechos políticos de los diputados electos, sin resolver sobre el fondo del asunto. La sentencia del TSJ se fundamenta en una impugnación presentada ante la Sala Electoral por la candidata perdedora, Nicia Maldonado. Una sentencia que privilegia los derechos de la demandante sobre los de los candidatos ganadores y los de todo el pueblo del Estado. La demanda se sustentaba en la acusación de que se habrían comprado votos para favorecer candidatos opositores, manipulando la votación libre y secreta de los electores del Estado. Como prueba de ello se presentó una conversación, ilegalmente grabada, supuestamente entre la secretaria de la Gobernación y otra persona. Eso bastó para abrir una averiguación, considerar procedente la solicitud de amparo cautelar y ordenar de forma provisional e inmediata, y mientras ese proceso concluya, la anulación de las consecuencias de la elección, con lo que se le restan a la Asamblea Nacional (AN) cuatro diputados. De esa sentencia hacen ya casi dos años y el Estado Amazonas continua sin representación ante la Asamblea Nacional. Como consecuencia directa de esta decisión, la AN no pudo instalarse con la mayoría calificada de 2/3 de diputados opositores, mayoría resultado de las elecciones del 6 de diciembre. Basándose también en esa sentencia, la Sala Constitucional del TSJ ha tomado, a lo largo de estos meses, múltiples decisiones para erosionar el funcionamiento normal de la Asamblea.

El 15 de octubre de este año se realizaron las elecciones de gobernadores en los 23 estados del país. En su primer boletín, el CNE no informó los resultados de Bolívar porque, a esa hora y dada la estreches de la brecha entre los dos candidatos más votados, no podía todavía proclamar un ganador. Esa incertidumbre se prolongó un par de días adicionales. En la media noche del 18, la Junta Regional del CNE en Bolívar proclamó a Justo Noguera Pietri, candidato del PSUV, como gobernador electo del Estado, con una diferencia de apenas 0,26% de votos válidos. El candidato opositor Andrés Velásquez prontamente informó que impugnaría esos resultados, apoyando su reclamo en copias de actas de escrutinio que testigos suyos había legalmente recogido en mesas electorales del Estado. Denunció, además, que testigos suyos fueron arbitrariamente expulsados de la sala de totalización y que allí se habría producido una alteración manual de los resultados, arrebatándole con ello la victoria. La impugnación fue presentada ante la oficina principal del CNE en Caracas el 23 de octubre y finalmente el 2 de noviembre el recurso fue admitido.
Pero a diferencia de lo ocurrido en Amazonas en 2015, donde cuatro diputados fueron des proclamados a partir de una conversación ilegalmente grabada y que, por tal razón, carece de validez procesal, en Bolívar el gobernador impugnado en base a pruebas físicas que parecen irrefutables, está ya instalado en el Palacio de Gobierno del Estado. No puede pasarse por alto la importancia estratégica de ese estado. Además de ser el estado territorialmente más grande del país, están allí ubicadas importantes industrias básicas (hierro y acero, aluminio, energía hidroeléctrica) y es también asiento del denominado Arco Minero del Orinoco.

Dos impugnaciones que en principio podrían parecer similares, en su conclusión resultan claramente divergentes. Dos años sin resolverse el fondo de la impugnación en Amazonas, que mantiene a ese Estado sin representación ante la AN. ¿Correrá suerte similar la impugnación en Bolívar, pero con el gobernador cuestionado en ejercicio? ¿Funciona equilibradamente la balanza de la antigua diosa romana? ¿Se mantiene firme y en su puesto la venda que hace ciega a la justicia? ¿O, por el contrario, es una justicia que se administra con los ojos bien abiertos para beneficiar a unos y perjudicar a otros?

16 de noviembre de 2017

Recién finalizados los comicios celebrados el pasado 15 de octubre, los venezolanos hemos sido llamados para el domingo 10 de diciembre de este año a unas nuevas elecciones, con el fin de designar a los 335 alcaldes de todos los municipios del país y repetir la escogencia del gobernador del estado Zulia. Nuevamente la convocatoria fue “decretada” por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Así, el proceso comienza de mala manera, violando la Constitución y la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), en cuyas disposiciones se señala al Consejo Nacional Electoral (CNE) como el único organismo encargado para anunciar dicha convocatoria, en correspondencia con los períodos legalmente establecidos.

El proceso continúa, además, en medio de otras irregularidades. Fija arbitrariamente el día de la elección, atropellando los tiempos indispensables para organizar y ejecutar un proceso electoral imparcial, confiable y en igualdad de condiciones para todos. Llama a los partidos políticos y ciudadanos por iniciativa propia a inscribir candidatos antes de convocar formalmente las elecciones, excluyendo como postulantes a los grupos de electores. Publica tardíamente el cronograma electoral, luego de dar a conocer a cuentagotas algunas fechas. No pone al día el Registro Electoral, privando del ejercicio del derecho al voto a alrededor de un millón de ciudadanos. Mantiene los miembros de mesa de las elecciones anteriores, seleccionados a través de un mecanismo que no fue público, tal como lo exige la legislación vigente.

Adicionalmente, decidió no llevar a cabo, sin que mediara explicación alguna, la elección de los concejales, legalmente fijada para realizarse de manera conjunta con la de los alcaldes, como complemento indispensable del gobierno local. De nuevo cabe pensar que tal resolución fue adoptada en función de la conveniencia política gubernamental.
Por su parte, la repetición de las elecciones en Zulia, tras la declaración de “falta absoluta” del cargo de gobernador por la negativa de Juan Pablo Guanipa de juramentarse ante la ilegítima ANC, representa una violación al Estado de derecho y a la voluntad popular expresada el pasado 15 de octubre. La ley estipula que los gobernadores electos solo deben juramentarse ante los Consejos Legislativos de sus estados. 

Dado lo anterior, pareciera claro que país nuevamente transita un proceso de acuerdo a un formato ya conocido, imponiendo condiciones que contravienen la transparencia y la equidad universalmente exigidas para la celebración de elecciones democráticas.
En estas circunstancias, el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) muestra, una vez más, su alarma por la calidad del arbitraje electoral venezolano, cuya actuación sesgada alimenta el escepticismo y la desconfianza, con respecto a una herramienta fundamental de la convivencia social: el sufragio.