A un año de la celebración de las elecciones presidenciales del 20 de mayo de 2018 es necesario resaltar que sus resultados están lejos de ser producto de un proceso electoral imparcial, equitativo, transparente y, por ende, confiable. Al punto que esas elecciones presidenciales solo sirvieron para profundizar la crisis política debido a la pérdida de legitimidad en la reelección de Nicolás Maduro y, además, le sumaron nuevas aristas a un complicado contexto de recesión económica y de emergencia social en Venezuela.

Desde el Observatorio Electoral Venezolano (OEV), se cuestionó que fuera un órgano sin legitimidad política como la Asamblea Nacional Constituyente que hiciera la convocatoria a tales comicios. Aparte de que se inhabilitaron a candidatos y a partidos políticos de la oposición venezolana con grandes cuotas de representación en la Asamblea Nacional y, a la vez, se limitó la actualización y la inscripción de personas en el Registro Electoral, en especial de los venezolanos en el exterior que ya suman, al menos, un conjunto de 3,7 millones de personas de acuerdo a las cifras de la Organización Internacional de Migraciones (OIM).

Todas estas acciones de ventajismo político se hicieron bajo la mirada despreocupada del Consejo Nacional Electoral (CNE), quien no fue la única autoridad que tuvo un papel como árbitro electoral. Otros cuerpos como el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y la Contraloría General de la República (CGR) también tomaron participación en decisiones que marcaron la contienda electoral, que resultó desconocida tanto a lo interno de Venezuela como afuera de sus fronteras.

El resultado no podía ser otro que una histórica baja participación en una elección presidencial venezolana apenas con 46,07%, como lo marcaron los resultados oficiales del CNE. Esta cifra que pudiera ser alta que cualquier otro país de América Latina está muy lejos de la participación electoral de 74,69% que se reportó en las presidenciales de 2006, el 80,49% de las presidenciales de 2012 o incluso, de la participación de 79,68% que se dio durante las presidenciales de 2013.

Valga el momento, además, para evocar que el equipo de veedores del OEV en los 24 estados fue testigo de un cúmulo de 459 irregularidades electorales, durante el propio día de las votaciones del 20 de mayo. En concreto, se registraron 75 hechos de violencia o momentos de tensión, 84 fallas en la organización y más importante, 294 reportes de abuso con la propaganda electoral y los recursos públicos.

Este ventajismo del partido político a cargo del Gobierno también se expresó en una campaña de coartación para aquellos electores que reciben los beneficios de los distintos programas sociales que se entregan a través del mecanismo del llamado “Carnet de la Patria”. No es sencillo olvidar tampoco que todavía no se ha levantado una investigación profunda e imparcial sobre la denuncia de la compra de los votantes con la entrega de una bonificación especial en bolívares para aquellos portadores del “Carnet de la Patria”.

Aparte los representantes del OEV, tuvieron que lidiar con 6 episodios distintos que le pusieron reservas para efectuar su labor de observación electoral en algunos centros de votación. Estos números apenas dan cuenta de la tendencia en los 313 centros electorales que formaron parte de la muestra usada para la observación.

Todas estas irregularidades son parte de los argumentos que llevaron a más de 50 países en el mundo a desconocer la reelección de Nicolás Maduro y que hoy se expresan en distintas iniciativas de mediación política que intentan encontrar una salida a la crisis política en Venezuela.
En las ofertas del Grupo de Lima, del Grupo Internacional de Contacto y otras gestiones como el reciente encuentro liderado por Noruega, la celebración de unas elecciones equitativas, justas y con garantías aparece como una de las herramientas más útiles para resolver el grave desafío nacional.

Sin embargo, en el OEV queremos resaltar que nada de esto puede darse sin que se resuelva primero: el nombramiento de un nuevo cuerpo de rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE), se realice un operativo especial para actualizar el Registro Electoral que permita la participación de todos los electores venezolanos tanto adentro como afuera del país y se garantice el cumplimiento de, al menos, 12 auditorias básicas y de las misiones de observación electoral tanto nacionales como internacionales

Observatorio Electoral Venezolano
Caracas, 20 de mayo de 2019

No hay duda que las elecciones son la mejor vía para resolver la actual crisis del país. La gravedad de la crisis obliga a transitar esa vía lo más pronto posible. Pero hacerlas a la carrera no es una buena idea. Elecciones de calidad requieren tiempo para cumplir múltiples y complejas tareas que garanticen su transparencia, confiabilidad y legitimidad.

Ante esta urgencia, el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) considera que deben respetarse un conjunto de condiciones. Más que apuntar con rigidez los lapsos de las distintas etapas, la intención del OEV es señalar la trascendencia de algunas fases y los riesgos o deficiencias en las que podría incurrirse si se atropellan los tiempos (repitiendo el patrón de convocar elecciones de forma acelerada vivido en 2017 y 2018).

iertamente, muchas actividades que se realizan en condiciones democráticas normales pueden flexibilizarse en función de la urgencia de las circunstancias, pero nunca es buena idea hacer elecciones a la carrera. A continuación enumeramos las etapas, cuya ejecución puede ocurrir de forma simultánea en algunos casos.

1) Reestructuración del arbitraje institucional.

La reestructuración del arbitraje electoral, para alcanzar uno imparcial y que goce del reconocimiento de las mayorías, pasa por la designación de un nuevo Poder Electoral, un nuevo CNE. Ese nuevo CNE debería recuperar las funciones que le pauta la Constitución de la República Bolivariana (CRBV) que le asigna independencia y autonomía plena frente a otros poderes del Estado.

Pero garantizar un arbitraje institucional imparcial requiere, además de un nuevo CNE, cambios profundos en otros poderes públicos. La justicia electoral, expresada en sentencias de tribunales de diversas jerarquías, han mostrado sesgos inaceptables. Decisiones de la Contraloría General de la República, inhabilitando políticamente a ciudadanos mediante dictámenes administrativos, por ser violatorios de la CRBV, son igualmente inaceptables.

2) Convocatoria.

Se trata de una de las actividades más relevantes y, en vista de ser el punto de partida de la elección, define las reglas del juego de todo el proceso. La convocatoria es el acto público en el cual se fija la fecha de la elección y se difunde el cronograma del proceso, según lo estipulado en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre). El mismo día en que se anuncia la fecha de la elección debe obligatoriamente aparecer publicado este documento en Gaceta Oficial.

Difundido oportunamente y con suficiente antelación, el respeto al cronograma es uno de los elementos que contribuye a crear condiciones de transparencia, puesto que permite a todos los contendientes conocer las actividades pre-electorales, electorales y post-electorales con sus respectivos lapsos de duración y fechas de ocurrencia. La fijación de la fecha misma de las elecciones no debe ser producto de una decisión arbitraria y unilateral del CNE. En esta oportunidad, más que nunca, debe ser producto de un entendimiento entre los actores políticos y sociales del país.

El análisis comparado de las elecciones realizadas en Latinoamérica en 2018 permite comprobar que, como regla, estos procesos suelen convocarse con al menos nueve meses de anticipación a la fecha de las votaciones, tomando en cuenta la fecha en que fueron anunciados los comicios y aprobados los cronogramas electorales correspondientes: en Costa Rica (18 meses de antelación), El Salvador (19 meses), Colombia (12 meses, tanto para las legislativas como para las presidenciales), Paraguay (14 meses), México (15 meses), Brasil (9 meses) y Perú (11 meses). Sirve también como ejemplo la preparación para las elecciones presidenciales de 2012 en Venezuela, cuando la fecha de la elección se dio a conocer con 13 meses de antelación al evento, mientras que la convocatoria formal –con la publicación del cronograma­– se realizó con poco más de seis meses de anticipación.

3) Registro Electoral.

Nunca antes Venezuela había tenido un número tan elevado de electores fuera de sus fronteras, producto de la actual crisis migratoria. Esto significa que la organización de un proceso electoral presidencial, que es el único que en Venezuela permite la participación de nacionales residenciados fuera del país, pasa por garantizar la inclusión de todos estos ciudadanos que, por alguna u otra razón, decidieron marcharse del país.

En este sentido, resulta esencial establecer un plazo prudencial para la realización de operativos especiales de inscripción y actualización de los datos de electores, dentro y fuera del país. De manera que, el encargado de administrar el padrón, debe garantizar a todos los potenciales electores la posibilidad de actualizar sus datos en el registro.

Por ejemplo, estas jornadas extraordinarias se extendieron entre tres y cinco meses, en el caso de las elecciones presidenciales de 2012 y las parlamentarias de 2015 respectivamente. Pero importa, sobre todo, el número de puntos que se habiliten y el diseño de estos operativos, en los cuales se deben desplegar una mayor cantidad de máquinas en zonas de todo el país con gran afluencia de ciudadanos, así como en embajadas y consulados alrededor del mundo. El padrón electoral debe ser preciso, confiable y estar actualizado, por lo que deben respetarse también sus lapsos de impugnación y auditoría.

4) Postulaciones.

Se trata del procedimiento a través del cual quienes aspiran convertirse en candidatos presentan su inscripción ante la autoridad electoral. Aunque es una etapa técnicamente sencilla de resolver, necesita tiempo para que, por un lado, los partidos políticos seleccionen a sus nominados y, por otro, se den plazos de preparación para candidatos independientes (ya sea a través del mecanismo de grupo de electores o por iniciativa propia, de acuerdo a lo establecido en las leyes electorales vigentes). En la actualidad venezolana, no resultará posible organizar un proceso electoral libre hasta tanto no se revierta la condición de inhabilitación que se mantiene sobre candidatos y partidos políticos de oposición, para que participen en condiciones de igualdad y en un clima exento de amenazas.

5) Catastro.

Esta fase implica la revisión de los centros de votación para verificar su condición previa a la elección. Incluye la actualización o depuración, agregación de nuevos establecimientos y posterior aprobación en directorio de los centros definitivos. Resulta vital en todos los comicios.
Según los cronogramas electorales respectivos, se otorgaron 44 días para la organización de actividades asociadas al catastro en las parlamentarias de 2005, tres días en las regionales de 2008, tres días en las parlamentarias de 2010, 84 días en las presidenciales de 2012, 46 días en las municipales de 2013 y tres días en las parlamentarias de 2015. Como se observa, los lapsos atribuidos en el pasado no han sido regulares.

Lo dicho hasta aquí supone que cualquier elección futura requerirá, particularmente, una revisión exhaustiva de los centros de votación creados por el CNE a partir de 2015.

6) Auditorías.

Para garantizar la verificación de todos los recursos materiales, tecnológicos y los datos que se utilizan en las distintas fases del proceso automatizado venezolano –de forma que se asegure la confiablidad, transparencia e integridad de su funcionamiento–, se han establecido 12 auditorías elementales (básicas). El tiempo de estas actividades alcanza como mínimo un plazo de 160 días, tal y como puede apreciarse en la siguiente tabla, tomada del informe Auditorías del Sistema Electoral Venezolano, publicado por el Poder Electoral en 2010.

7) Capacitaciones.

El correcto funcionamiento del sistema electoral venezolano depende también del comportamiento de los electores llamados a prestar servicio electoral obligatorio (miembros de mesa e integrantes de las juntas regionales y municipales), de los coordinadores de los centros de votación y operadores de máquinas (personal técnico y operativo). Es tarea de la autoridad electoral capacitar el recurso humano indispensable para alcanzar un proceso verdaderamente independiente. Sin embargo, esto no se hace de la noche a la mañana.

Inicialmente, los miembros de mesa e integrantes de las juntas deben ser elegidos de forma aleatoria en un sorteo público y auditable, contando con presencia de los partidos políticos. De inmediato, los seleccionados en el sorteo deben ser notificados y posteriormente capacitados. Lograr que los escogidos para prestar el servicio acudan al llamado y reciban una capacitación de calidad requiere tiempo, algo fundamental para evitar que las plazas sean ocupadas por ciudadanos no capacitados el día de la elección. A las actividades de capacitación se le han asignado en elecciones anteriores al 2015 entre uno y cuatro meses.

8) Campaña electoral.

Se refiere a las actividades de carácter público desarrolladas para promover y captar el voto por los candidatos o partidos políticos a través de cualquier medio o herramienta propagandística. Se ha extendido entre 20 ó 30 días en el caso de elecciones parlamentarias y hasta 90 días para presidenciales (2012). Suele culminar entre 72 ó 48 horas antes del evento electoral por instrucción del CNE.

Más importante que el plazo dado para que los aspirantes expongan sus ofertas y propuestas (programas y planes de gobierno), es el acceso a medios de comunicación proporcional y equilibrado para todos los participantes, así como la vigilancia y aplicación de sanciones que la autoridad electoral ejerza por el incumplimiento a las normas de campaña, especialmente cuando está involucrado el uso de los recursos del Estado para tal fin (ventajismo gubernamental) o la realización de actos proselitistas fuera del lapso estipulado. Es cada vez más urgente que el árbitro haga seguimiento a las fuentes de financiamiento de los candidatos y partidos políticos.

9) Observación nacional e internacional.

El Cronograma Electoral de unas elecciones libres debe contemplar actividades relacionadas a la participación de observadores nacionales e internacionales, que tienen carácter complementario, cada una con sus particulares capacidades. Entre tales actividades están la distribución de invitaciones, las fases de recibimiento, entrega de acreditaciones, despliegue y presentación de los informes sobre las misiones. Los lapsos de esta etapa debe ser suficientes para que misiones técnicas como las ejecutadas por la Organización de Estados Americanos (OEA) o la Unión Europea –las cuales requieren ser notificadas con varios meses de antelación– se desplieguen en el país.

Para ello, resulta urgente devolver la pluralidad en la conformación de estas misiones, revirtiendo la figura de “acompañantes” por la de “observadores” y publicando con suficiente antelación la información de quiénes integrarán estas delegaciones. La diferencia fundamental es que los acompañantes no tienen verdadero acceso a la verificación de todas las etapas que forman parte del proceso electoral, se instalan con poca anticipación –apenas una semana antes de los comicios–, y tienen prohibido hacer pronunciamientos públicos sin autorización. Consiste, más bien, en una presencia política simbólica y no en una evaluación sistemática, como corresponde a los observadores.

10) Otras actividades

Otras etapas, como la campaña institucional de información y divulgación –sobre todo para reforzar la credibilidad en la secrecía del voto y en el sistema automatizado de votación–, el simulacro y las ferias electorales, la generación e impresión de boletas o el ensamblaje y despliegue del material y la acreditación de testigos de los partidos políticos también son relevantes para llevar a cabo un proceso de calidad.

De todo lo anterior se desprende que las elecciones son resultado de un complejo proceso que requiere la participación de una diversidad de actores, cada uno con diferentes funciones y agendas. Si se atropellan las etapas y tiempos electorales se corre el riesgo de atentar contra principios democráticos fundamentales, tales como la garantía de que todos los ciudadanos tengan igual derecho a participar como electores y como candidatos, que su voto tenga el mismo valor, que tengan libertad de organizarse, el derecho de acceder a información con antelación y que las leyes electorales sean aplicadas de manera justa y no partidista. En definitiva, organizar elecciones a la carrera es una mala idea.

El 10 de Enero es una fecha políticamente muy importante. Nicolás Maduro se proclama este día autorizado a ejercer un segundo período como Presidente de la República. Esta juramentación se sostiene en una elección que ha sido puesta en duda, tanto a nivel nacional como a nivel internacional.

El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) llevó a cabo un análisis del proceso electoral convocado para el 20 de mayo de 2018, el cual quedó recogido en un informe de dos partes que puede ser leído en la página web www.oevenezolano.org. En dicho documento pueden encontrarse las irregularidades –registradas por el OEV cometidas a lo largo de todo el proceso– que permiten calificar como ilegal el nombramiento de Maduro, por ser resultado dehttps://oevenezolano.org/wp-content/uploads/2020/05/Informe-Presidenciales-2018-Parte-I-2018.pdf un evento que transcurrió en abierta contradicción con las normas legales vigentes en Venezuela, establecidas para garantizar la celebración de comicios equitativos, transparentes y confiables.

Tales irregularidades pueden expresarse de manera muy sucinta en los siguientes aspectos:

a) Convocada por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), usurpando las funciones que constitucionalmente corresponden al CNE.

b) Convocadas de manera adelantada, con un sesgo evidente a favor de la candidatura oficial, y con apenas 80 días de antelación. Tradicionalmente, las elecciones presidenciales se celebraban en diciembre y eran convocadas con, por lo menos, seis meses de anticipación.

c) El Cronograma Electoral, publicado a destiempo, fue modificado en su totalidad una vez convocadas las elecciones (sin prestar atención a los lapsos y disposiciones legales).

d) Restricción del pluralismo político y la oferta electoral con la anulación de los partidos de oposición más votados y la inhabilitación de potenciales candidatos.

e) Limitación para la inscripción y actualización en el Registro Electoral de jóvenes con edad para sufragar y de venezolanos residentes en el exterior.

f) Ventajismo de Estado con el uso indiscriminado de los recursos y medios públicos, especialmente con la instalación de los “Puntos rojos” en ocho de cada 10 centros de votación el día la elección, de acuerdo a la observación realizada por el OEV.

g) Uso del Carnet de la Patria y la entrega de bonos como instrumentos de coacción y como evidencia de compra de votos con recursos del Estado.
Sobre la base de su informe, el OEV introdujo en junio –junto a Provea y Acceso a la Justicia–, una demanda en la que solicitó ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la nulidad de la designación de Maduro, recurso que fue desestimado. Esto pone de manifiesto que las arbitrariedades elctorales no provinenen exclusivamente del Consejo Nacional Electoral (CNE), sino también de otros poderes públicos, debilitando el Estado de Derecho.

Por otro lado, desde la óptica política, los resultados anunciados por el CNE mostraron un respaldo minoritario para la re-elección de Maduro: siete de cada 10 venezolanos con derecho a sufragar no votaron por él. En estas cuestionadas elecciones, se registró la más alta abstención para unos comicios presidenciales desde la época democrática (54%). Como consecuencia, Nicolás Maduro no es sólo un Presidente ilegítimamente nombrado, sino con un apoyo político muy precario pese a las acciones ejercidas para coartar la libertad del voto.

Se configura así un escenario muy complicado para el país, sobre todo si se toma en cuenta que se inicia el año con una situación muy comprometida desde el punto de vista económico, social e institucional, que va a tener al frente del gobierno a un Presidente en las peores condiciones para encarar las muy difíciles circunstancias con las que tiene que lidiar.

Toca construir una opción frente al contexto esbozado. Existen diversas fórmulas políticas que están siendo examinadas, a fin de revertir la gravedad que supone el acto celebrado ante el TSJ el 10 de enero y poder vislumbrar una salida política que tiene visos urgentes. Las mismas deben tener, como común denominador, la realización de elecciones que recuperen la legitimidad del gobierno y amplíen sustancialmente sus bases de apoyo. La gravedad de la crisis venezolana exige el mayor esfuerzo para suscribir un compromiso nacional. No se trata de otra cosa que no sea reestablecer el hilo constitucional.

OEV, 10 de Enero de 2019


El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) monitoreó el desarrollo de las elecciones de los Concejos Municipales, del domingo 9 de diciembre de 2018, en todos los estados del país, con la participación efectiva de 300 observadores.

De acuerdo con los resultados recopilados, 88% de las mesas observadas abrieron antes de las 8 a.m. En la gran mayoría de los centros, la asistencia de electores fue baja. Nuestros observadores registraron colas de menos de 15 electores esperando para sufragar en 73% de los casos (a las 9 a.m.) y en 83 % (a las 3 p.m.).

Respecto al funcionamiento de los centros de votación, en 20% de los casos se reportaron quejas de electores por lentitud en el proceso en horas de la mañana. Aunque el 12% de las máquinas de votación presentaron fallas, las mismas fueron reparadas o sustituidas por otras.

En cuanto a la propaganda partidista, se reportó presencia de la misma en los alrededores del 38% de los centros observados, principalmente en forma de vestimenta alusiva a algún partido. Asimismo, en los alrededores del 72% de los centros observados se reportó presencia de puntos rojos, cuyas principales actividades fueron el registro de votantes, la orientación al sufragio y formas de presión relacionadas con el Carnet de la Patria.

Se observó la presencia del Plan República en más del 90% de los centros. Sin embargo, se reportó la presencia indebida de la Milicia Nacional Bolivariana en 74% de los casos. Por otra parte, en el 99% de la muestra no se reportó la presencia de grupos violentos ni de hechos que atentaran contra el orden público.

En cuanto a la fase final de la jornada electoral, el 75% de los centros de votación cerró entre las 6 y 7 p.m. El 25% prorrogó el cierre sin electores en cola. En el 30% de la muestra, los observadores del OEV no pudieron acceder al acto de escrutinio y la verificación ciudadana.

Si bien este informe preliminar refleja los principales hallazgos de la observación de la jornada electoral por parte del OEV, la organización realizó un análisis de los diversos aspectos asociados al proceso electoral desde su convocatoria, mostrando diversas y graves irregularidades. Es importante destacar que nuevamente el Consejo Nacional Electoral, sin que mediara explicación alguna, se negó a acreditar al OEV a los fines de observar este proceso electoral, lo cual entorpeció las labores inherentes al trabajo de monitoreo.

El pasado 14 de noviembre, contra viento y marea, los estudiantes de la Universidad de Carabobo llevaron a cabo, luego de no haber podido hacerlo en los últimos diez años, la elección de sus representantes a los organismos de gobierno y cogobierno. La participación fue masiva y resultaron triunfantes las planchas encabezadas por los jóvenes opositores al oficialismo.

Sin embargo, el 27 de noviembre, mediante una cuestionada decisión jurídica, que, entre otras cosas ignoró olímpicamente la autonomía universitaria, el TSJ determinó, no la anulación de los comicios y la obligación de repetirlos, lo que de por sí hubiese sido una incontestable arbitrariedad, sino la victoria de la candidata oficialista a la Presidencia de la Federación de Centros Universitarios, no obstante haber obtenido apenas el 20 por ciento de los votos, contra el 80 por ciento de quien resultó vencedor en las urnas. Significa lo anterior que fue el TSJ el que eligió, entonces, a Jessica Bello sin importar que fue Marlon Díaz, quien resultó seleccionado en los comicios estudiantiles.

Semejante decisión reitera el que pareciera un propósito estratégico del Gobierno, el de achicar la democracia lo más posible en todos los ámbitos de la sociedad venezolana, convirtiendo cada votación, no importa el escenario, en un evento diseñado bajo condiciones que procuren el triunfo de sus candidatos, o, en el caso de una derrota, que tramiten su anulación, el desconocimiento de sus consecuencias políticas (por ejemplo nombrar “protectores” en las gobernaciones en donde triunfe un candidato contrario), mediante la intervención de algún otro organismo del poder público, el TSJ en el presente caso, pero que podría ser cualquier otro, vistas las irregularidades con las que funcionan nuestros poderes públicos.

El organismo habilitó 28.783 mesas de votación para las próximas Elecciones de Concejales, suprimiendo más de 5.300 mesas con respecto a la elección presidencial celebrada el 20 de mayo de 2018. El 75,7% de estas mesas sobrepasa la capacidad máxima de 600 electores fijada por el propio CNE. Más de 5.700 mesas (equivalente al 20%) tienen entre 901 y 1000 electores, decisión cuyas razones no han sido explicadas por el árbitro

En los dos últimos años el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha reducido el número de mesas de votación habilitadas para cada comicio, pese a que la población electoral se mantiene en aumento. Para las próximas Elecciones de Concejales del 9 de diciembre, el organismo instalará 28.783 mesas de votación en 14.382 centros, una cantidad que se acerca a la desplegada en la cuestionada elección de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Esta medida tendrá altas probabilidades de producir un efecto de “embotellamiento” o congestión en las afueras de los centros y podría interpretarse como un pronóstico de que el CNE calcula baja asistencia al evento.

Regresión desde 2015

Alrededor de 19,5 millones de electores estaban habilitados para acudir a las urnas en las parlamentarias de 2015, por lo que el árbitro electoral instaló 40.601 mesas en 14.515 centros de votación. Esa cifra de mesas cayó a poco más de la mitad en la elección siguiente, cuando el CNE organizó en tiempo récord un proceso para elegir a los integrantes de una ANC que –de acuerdo a los sondeos del momento– fue rechazada por la mayoría de los venezolanos. En esa ocasión, para el 30 de julio de 2017, el organismo electoral mantuvo el mismo número de centros que en 2015 pero habilitó apenas 24.138 mesas de votación para 19,8 millones de votantes inscritos en el Registro Electoral.

Mesas de votación 2010-2018
Infogram

La cantidad de mesas creció en las elecciones siguientes pero no volvió a alcanzar la cifra de las parlamentarias de 2015. Así, para la elección de gobernadores de octubre de 2017, el CNE redujo los centros a 13.559 en los que habilitó 30.274 mesas de votación. Precisamente, una de las mayores irregularidades recopiladas previo a esa jornada electoral, fue la decisión del organismo de eliminar 76 centros, crear 11 y reubicar otros 274 centros faltando 48 horas para el evento. Estos cambios a última hora una vez cerrado el Registro Electoral no solo afectaron a 715.502 electores (3,96% del Registro Electoral) sino que, de acuerdo a la ley electoral vigente (artículo 215 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales), son causales de nulidad de la elección.

Posteriormente, para las elecciones de alcaldes del 10 de diciembre de 2017, el CNE habilitó 32.775 mesas en 14.384 centros de votación. Seguida de las elecciones Presidenciales y de Consejos Legislativos del 20 de mayo de 2018, para las que el árbitro desplegó 34.143 mesas en 14.638 centros de votación para que alrededor de 20,7 millones de votantes acudieran a las urnas.

Esto significa que el CNE suprimió más de 5.300 mesas en un lapso de siete meses, transcurrido desde esa última elección presidencial a la elección de concejales que deberá celebrarse el próximo diciembre. En otras palabras, el porcentaje de reducción de mesas desde diciembre de 2015 hasta diciembre de 2018 ha sido de 29%.

75% de las mesas superan el límite de electores

Para los comicios del 9D el Poder Electoral excedió el tope máximo de 600 electores por mesa. Este límite fue fijado por el organismo a partir de 2004, cuando aplicó una “política de descongestionamiento” para “facilitar el acto de votación y estimular la participación ciudadana”, según lo describió la propia presidenta del CNE Tibisay Lucena en el texto titulado El Poder Electoral, la experiencia venezolana.

En esta ocasión, y de acuerdo a los datos que proporciona el ente en su página web, el 75,7% de las mesas de votación que serán desplegadas para la próxima Elección de Concejales supera el límite de 600 votantes. Entre ellas, 5.792 mesas –equivalente al 20,1%– concentran entre 901 y 1.000 electores. Observa la tabla presentada a continuación.

Concentración electores por mesa 9D
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Por ejemplo, de los 32 centros que tienen mesas con 1.000 electores, resaltan cuatro ubicados en el Distrito Capital: la Unidad Educativa “Diego de Lozada” (parroquia 23 de enero), la Unidad Educativa Bolivariana “José Martí” (parroquia El Recreo), el Liceo Bolivariano “José Ávalos” (parroquia El Valle) y la Escuela Básica Nacional “Antonio Calcaño” (parroquia El Valle).

En este sentido, es importante resaltar que el número de mesas desplegadas el día de la jornada electoral no guarda relación con el tipo de elección, sino con la dimensión del Registro Electoral. Así, el número de máquinas (equivalente al número de mesas, dada la ubicación de una máquina en cada mesa) se define por la suma de datos que guarda el padrón electoral.

Bajo este diseño el CNE lesiona el derecho al sufragio de los venezolanos, pues deberían instalarse mesas suficientes para todos los inscrito. Pese a ello, el árbitro no ha explicado las razones de esta reducción, pudiéndose interpretar como un pronóstico de que espera baja participación al evento.

Los días anteriores a la fecha fijada para las votaciones, no presagiaban un proceso electoral tranquilo. Discursos agresivos y numerosos actos de violencia, instigados desde el oficialismo, se sumaron a la intervención directa del propio Gobernador, con el propósito de obstaculizar de distintas maneras la realización normal del proceso, desconociendo el principio de la autonomía universitaria y buscando favorecer abiertamente, sin reparar en los medios empleados, a una de las opciones en juego.
En el día de las votaciones encapuchados armados intentaron sabotear el proceso electoral, irrumpiendo en distintas facultades con el propósito de llevarse las cajas que contenían las papeletas, agrediendo a varios grupos de estudiantes y amenazando a los testigos de mesa. Adicionalmente, estudiantes partidarios de una de las planchas que se presentaron a la FCU, nombraron una comisión electoral paralela, para que arbitrara el evento, de nuevo con visible apoyo gubernamental.

Las elecciones estudiantiles de la Universidad de Carabobo –que no se celebraban desde hace diez años– discurrieron en una atmósfera hostil, de espaldas a las normas establecidas para garantizar el voto como expresión libre de cada estudiante y la participación igualitaria de las distintas alternativas que se presentaron. Aun así, los estudiantes consiguieron, superando todas las barreras, nombrar a sus representantes a la Federación de Centros Universitario, a los Centros de Estudiantes, a los Consejos de Facultad y a los Consejos de Escuela.

En suma, fueron éstos unos comicios irregulares, marcados por el atropello oficialista. Los venezolanos tienen derecho a preguntarse si los resultados obtenidos, claramente contrarios a las aspiraciones oficialistas, serán respetados.
 

OEV, 18 de noviembre de 2108

En el simulacro de este 11 de noviembre se redujeron los centros disponibles para los electores en todo el país. En esta ocasión, por ejemplo, la cifra de centros representó apenas la mitad de los activados para las elecciones parlamentarias de 2015. En algunos centros, se apreció una concurrencia importante pero, en general, fue principalmente oficialista, caracterizada por el ventajismo del partido de gobierno con la instalación de puntos rojos en las cercanías de los centros


Con el despliegue de una cantidad de centros pilotos, los simulacros electorales permiten a los votantes practicar sobre el sistema antes del evento comicial, así como verificar el funcionamiento de la plataforma tecnológica –máquinas, captahuellas, boletas electrónicas, la red y los medios de transmisión de resultados– y afinar detalles logísticos –operadores de máquinas, personal electoral y Plan República–. Al igual que las ferias electorales, su objetivo es ofrecer al elector la mayor cantidad de información y prepararlo para el momento de votar.

Menos centros habilitados

El Consejo Nacional Electoral ha reducido en las últimas elecciones la cantidad de centros habilitados en los simulacros de votación, pese a que el Registro Electoral ha experimentado un ligero incremento. Para el simulacro de este 11 de noviembre –en preparación para las elecciones de concejales del próximo 9 de diciembre de 2018–, fueron activadas 1.154 máquinas de votación en 373 centros para un total de 20,8 millones de votantes. Esta cifra representa la mitad de los centros dispuestos para las elecciones parlamentarias de 2015, cuando el simulacro se realizó con 4.555 mesas de votación en 749 centros para una población electoral de 19,5 millones. Igualmente, implica una reducción de 788 mesas y 123 centros en comparación con las irregulares elecciones de la Asamblea Nacional Constituyente, el pasado 30 de julio de 2017, cuando el organismo desplegó 1.942 máquinas en 496 centros de votación.
La cantidad de centros también se vio disminuida en relación al simulacro realizado previo a las más recientes elecciones presidenciales y de Consejos Legislativos del 20 de mayo, cuando se habilitaron 1.200 máquinas de votación en 500 centros.

Evaluación del simulacro

De la evaluación del simulacro realizada por el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) se puede concluir que, si bien en algunos centros se apreció una concurrencia importante, influida por la notable reducción de los centros habilitados para tal fin, los asistentes se identificaron principalmente con el gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Al respecto, en una rueda de prensa transmitida a comienzos de la tarde del domingo 11 de noviembre, la vicepresidenta del Poder Electoral, Sandra Oblitas, indicó que la afluencia de electores fue “alta durante todo el día y aumentó en horas del mediodía”.

El evento se caracterizó por el correcto funcionamiento de la plataforma tecnológica, con pocas interrupciones durante el proceso de votación simulado, así como por un buen desempeño en las máquinas de votación y captahuellas. Adicionalmente, nuestros voluntarios de la red describieron la actuación del personal del CNE, así como la organización logística del evento, como buenos.

Oblitas aseguró que el simulacro “ha funcionado como se ha querido”, sin reportes de incidencias. Sin embargo, el CNE no incluyó en su balance el tiempo cronometrado para ejercer el derecho al sufragio, promedio aproximado en que el votante completa el recorrido por la herradura electoral.

A grandes rasgos, y de acuerdo al OEV, el simulacro no cumplió los objetivos de un evento de esta naturaleza, debido a que participaron solo los simpatizantes de una fuerza política y no el electorado en general, al tiempo en que se advirtieron, desde ya, irregularidades asociadas a la instalación de puntos rojos. De esta forma, se repite el patrón de ventajismo de Estado fuera del lapso estipulado para la campaña electoral, la cual fue fijada para iniciar formalmente el 22 de noviembre.

En esta elección de los concejos municipales, clave para la descentralización política del país, el CNE no solo incurrió en la violación del mandato que obliga a realizar conjuntamente la escogencia de alcaldes y concejales, tras una decisión tomada por la Asamblea Nacional Constituyente en usurpación de las funciones del árbitro electoral, sino que incumplió con los períodos constitucionales al convocarla con un año de retraso. Además, es un evento que se organiza con reducida oferta electoral luego de la anulación de los partidos de oposición más votados. Así, los comicios en Venezuela ya no transcurren en igualdad de condiciones y no son percibidos por muchos votantes como justos, transparentes, libres e imparciales


En los últimos 18 años los concejales han sido electos en apenas tres ocasiones en procesos de distinta naturaleza. En las dos primeras oportunidades ellos se escogieron conjuntamente con los integrantes de las Juntas Parroquiales, siendo esta última la figura de la unidad político territorial de menor rango y que últimamente está siendo sustituida por las comunas. En la más reciente elección de concejales, el 8 de diciembre de 2013, los votantes acudieron a las urnas para elegir simultáneamente alcaldes y concejales. Todos estos comicios se caracterizaron por altos niveles de abstención.

La diferencia entre estos casos se vincula a la aprobación, en 2010, de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales[4], la cual obliga a realizar conjuntamente la elección de alcaldes y concejales (artículo 2). A partir de esa fecha, los comicios para seleccionar a los representantes del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo a nivel local se agrupó en un evento electoral denominado “municipales”, mandato legal incumplido en 2017, cuando el árbitro, atendiendo a un decreto de la ANC, convocó al electorado a sufragar exclusivamente por la autoridad ejecutiva municipal.
A continuación se presentan las cosas más relevantes que deben tomarse en cuenta sobre la elección del próximo 9 de diciembre. 

1) ¿Cuántos cargos se elegirán y quiénes pueden ser electos?

El 9-D se elegirán los titulares de 2.459 curules en las 335 Cámaras Municipales del país: 1.704 cargos serán electos de forma nominal, 686 por lista y 69 serán representantes de las comunidades indígenas[5]. Con respecto a las municipales de 2013, cuando fueron electos 2.435 concejales[6] (686 lista, 1.680 nominales y 69 representantes indígenas), representa un incremento de 24 escaños adicionales.

Según información proporcionada por la rectora Tania D’Amelio en Twitter, hasta el 8 de octubre el CNE había recibido 53.735 postulaciones de candidatos. Cada postulante debe garantizar la cuota de paridad de género establecida en el manual de postulaciones[7], en la que ninguna lista de candidaturas debe tener más de 60% ni menos de 40% por sexo.


De acuerdo al artículo 93 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM)[8], serán elegibles como concejales los venezolanos (por nacimiento o naturalización), mayores de 21 años y que hayan residido en el municipio por los menos tres años justo antes de la elección. Si se trata de municipios fronterizos, los naturalizados deberán haber residido por los menos 10 años previos a la elección.

La cantidad de concejales por municipio está establecida en una escala fija presentada en el artículo 13 de la LOPRE[9] y en el 94 de la LOPPM. A municipios con 15.000 habitantes, o menos, corresponden cinco concejales; entre 15.001 y 100.000 se asignan siete; a municipios con una población entre 100.001 y 300.000 habitantes corresponden nueve representantes; para poblaciones entre 300.001 y 600.000 habitantes estipulan 11 concejales; y finalmente, a municipios de 600.001 y más habitantes corresponden 13 concejales. En consecuencia, el número total de miembros en las cámaras municipales no es permanente y dependerá entonces del crecimiento poblacional del municipio, aunque sí establece límites: un máximo de 13 y un mínimo de cinco integrantes.

2) ¿Quiénes pueden votar?

En estas elecciones podrán sufragar los venezolanos residentes en el país y los extranjeros con más de 10 años de residencia, que hayan cumplido 18 años y se estén inscritos en el Registro Electoral, con la condición de presentar su Cédula de Identidad laminada. En cambio, los criollos en el exterior no podrán ejercer su derecho al voto por tratarse de una elección local.

En Venezuela, los privados de libertad que han sido condenados por un tribunal del país no pueden votar en ninguna elección, de manera que solo aquellos que aún no tienen sentencia podrán acudir a las urnas el 9-D en centros de votación habilitados en su lugar de reclusión. Tampoco podrán sufragar quienes tengan inhabilitación política, que implica la suspensión temporal del goce del derecho activo y pasivo al sufragio (elegir y ser elegido), o interdicción civil, personas declaradas incapaces de ejercer actos de la vida civil por adolecer de un defecto intelectual grave (identificados como “entredichos” en el Código Civil Venezolano).

3) ¿Cuáles son las funciones de los concejales?

Los concejales ejercen la función legislativa del municipio, es decir, simbolizan el Poder Legislativo a nivel local. Cada concejal es un representante de los electores en su circunscripción ante la cámara municipal. Según lo establece el artículo 95 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM), los concejos municipales tienen, entre otras cosas, los siguientes deberes y atribuciones:

  1. Impulsar proyectos de ordenanzas municipales.
  2. Realizar consultas públicas en las comunidades para discutir proyectos de ordenanzas municipales o el Plan Municipal de Desarrollo.
  3. Aprobar, en las sesiones del concejo, las concesiones de servicios públicos o de uso de bienes del dominio público.
  4. Promover la participación ciudadana en el proceso de formación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública municipal.
  5. Ejercer funciones de control sobre el gobierno y la administración pública municipal.
  6. Presentar anualmente, ante los ciudadanos de su circunscripción, la rendición de cuentas de su gestión legislativa y política.
  7. Organizarse en comisiones con el fin de atender diferentes temas de interés del municipio.
  8. Llevar adelante investigaciones sobre las materias municipales que estimen pertinentes, para lo cual pueden citar al alcalde, funcionarios y/o empleados para que comparezcan ante ellos.
  9. Exigirle al alcalde, funcionarios y empleados que entreguen documentación relacionadas con la investigación que realizan.

4) Se incumplen los periodos constitucionales

En esta oportunidad, las elecciones de concejales se realizarán con un año de retraso, pues los últimos comicios en los que se escogieron a los integrantes de los Concejos Municipales de los 335 municipios del país ocurrió el 8 de diciembre de 2013, hace más de cuatro años, período establecido por la normativa vigente para el cargo de concejales. Sin embargo, no se trata de la demora más larga en la que ha incurrido el Consejo Nacional Electoral (CNE).

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En 2009 el árbitro incumplió el mandato legal de convocar a elecciones municipales ese año, postergando esos comicios de concejales durante cuatro años y cuatro meses (extendiendo la estadía de los miembros de las Cámaras Municipales por ocho años). La autoridad electoral inicialmente justificó la medida en el artículo de la Constitución que impide reformar las leyes electorales seis meses antes de cualquier votación y retrasó la celebración de los comicios municipales tras la modificación de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), aprobada en 2009 por la Asamblea Nacional de mayoría oficialista. Así, sin previo aviso, el Poder Electoral dejó correr el tiempo.

5) Municipales reprogramadas sin explicación

En un lapso de un año y ocho meses el CNE anunció en tres oportunidades la fecha para celebrar las elecciones municipales. Estos comicios de concejales fueron primero pospuestos, al no realizarse junto a los comicios de alcaldes en diciembre de 2017; luego, fijados a última hora para realizarse conjuntamente con la elección presidencial; y, más tarde, aplazados nuevamente por otros nueve meses.

Primer anuncio. El 18 de octubre de 2016, la presidenta del CNE, Tibisay Lucena, anunció que los comicios municipales serían realizados a finales del segundo semestre de 2017, en un intento de aplacar las reacciones que generaría la suspensión del referendo revocatorio dos días más tarde.

Transcurridos 12 meses desde el anuncio (el 26 de octubre de 2017), en los que el organismo electoral no hizo ninguna mención a estos comicios municipales, la entonces ya instalada Asamblea Nacional Constituyente –cuya elección fue legalmente puesta en duda y políticamente cuestionada por distintos actores políticos nacionales y diversas instancias internacionales– aprobó la convocatoria de elecciones de alcaldes para diciembre de ese año, dejando por fuera, sin explicación alguna, la elección de concejales y de las alcaldías Metropolitana de Caracas y de Alto Apure (aún sin fecha estimada), legalmente fijadas, como ya se mencionó, para realizarse de manera conjunta.

Segundo anuncio. Con la propuesta de “megaelecciones”, sugerida por el oficialismo y admitida por la ANC previo a las elecciones presidenciales de 2018, se barajó la posibilidad de celebrar simultáneamente la elección del Jefe de Estado, los 23 Consejos Legislativos, las 335 Cámaras Municipales e, inclusive, adelantar los comicios de la Asamblea Nacional, que para esa fecha todavía no culminaba la mitad de su gestión y cuyo mandato constitucional debe extenderse hasta el 2021. Esto implicaba la selección de más de 2.860 cargos en tres niveles del Poder Público (un presidente, 167 diputados nacionales, 251 legisladores regionales y alrededor de 2.450 concejales, sin incluir suplentes). Organizada además en apenas tres meses, la propuesta fue aprobada parcialmente por el CNE.

El 1 de marzo de 2018, y producto de un acuerdo firmado por los partidos postulantes, el Poder Electoral reprogramó las elecciones para elegir al mandatario nacional el 20 de mayo y convocó para la misma fecha los comicios de diputados regionales y concejales[10]. Sin embargo, debido a las “dificultades técnicas” y a la inviabilidad práctica y logística que implicaba la organización de un proceso que concentrara tres tipos de elección, el organismo postergó la escogencia de los Concejos Municipales sin anunciarlo públicamente.

Tercer anuncio. Finalmente, el 11 de julio de 2018 el CNE anunció que las elecciones para elegir a los concejales se realizarían el 9 de diciembre del año en curso. Dos días más tarde, el ente publicó el Cronograma Electoral, formalizando la convocatoria con 149 días de antelación (casi cinco meses). Se trata de la única convocatoria electoral de los últimos dos años que no ha sido inicialmente aprobada por la ANC, instancia que había estado tomándose atribuciones que –conforme a las normas vigentes– corresponden exclusivamente al CNE, único organismo encargado de fijar y anunciar la fecha de las elecciones.

6) Mayoría de partidos opositores inhabilitados para participar

Con la conformación de un nuevo ecosistema de partidos, las organizaciones de oposición más votadas en elecciones recientes fueron anuladas e inhabilitadas para presentar candidatos el próximo 9D. Entre ellas se encuentran: Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Primero Justicia (PJ), Voluntad Popular (VP), Acción Democrática (AD), Un Nuevo Tiempo (UNT), La Causa R (LCR) y Alianza Bravo Pueblo (ABP).
Inicialmente, la rectora del CNE Tania D’Amelio informó a través de Twitter que 37 partidos políticos estaban habilitados para postular candidatos el 9 de diciembre: 21 partidos nacionales –de los cuales diez son oficialistas, ocho de tendencia opositora o independientes sin vínculos con la MUD y dos de tendencia opositora que estuvieron vinculados a la extinta MUD–, 11 regionales y cinco indígenas[11]. Sin embargo, la cifra aumentó a 51 partidos por la adición a último momento de otras 14 organizaciones indígenas regionales[12].


De manera que, en la última década, distintas instituciones del Estado han ejecutado acciones sistemáticas para avanzar en un proceso continuado de debilitamiento y extinción de partidos políticos de oposición, lesionando así el derecho de los ciudadanos a tener una oferta electoral más diversa.
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7) Diseño de circunscripciones sin explicación

No debe dejarse de lado que, en esta ocasión, el árbitro definió el diseño de 702 circunscripciones (265 uninominales y 437 plurinominales) –que implica la elaboración de 702 boletas electorales– y estableció la distribución de estos cargos sin solicitar aprobación previa de la Asamblea Nacional que, por ley –artículo 11 de la LOPRE–, debe autorizar las proyecciones poblacionales elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Esto también ocurrió en la pasada elección de los Consejos Legislativos el 20 de mayo de 2018.

Cada municipio tiene competencia para organizar el funcionamiento de sus órganos y regular las atribuciones de las distintas entidades municipales, por lo que puede dictar las normas que regulan su autonomía funcional y su propio ordenamiento interno (artículo 53 de la LOPPM). Estos instrumentos (ordenanzas, acuerdos, reglamentos, decretos, resoluciones, etcétera) son de obligatorio cumplimiento por parte de las autoridades nacionales, estadales y locales.

Los concejales integran el Consejo Local de Planificación Pública en cada municipio, junto al alcalde y a representantes de organizaciones vecinales. Adicionalmente, tienen una participación en los Consejos de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas de cada estado.

Los concejales resultan piezas fundamentales en el proceso de descentralización que ha sufrido retrocesos en los últimos años con acciones como la instalación de instancias paralelas en espacios conquistados por la oposición –tales como la Jefatura de Gobierno en el Distrito Capital, Corpomiranda o Corpolara–, con la creación de Consejos Comunales en sustitución de las Juntas Parroquiales, la reducción del situado constitucional y de competencias tributarias en estados y municipios, así como la persecución, destitución y encarcelamiento de autoridades locales.


[1] Consejo Nacional Electoral. Estadísticas: Elecciones 1989, 1992, 1993, 1995, 1998, 1999 y 2000. Cuadros comparativos. Recuperado de: http://www.cne.gob.ve/web/documentos/estadisticas/e009.pdf
[2] Consejo Nacional Electoral. Estadísticas: Elecciones Municipales y Parroquiales 2005. Porcentajes de abstención. Recuperado de: http://www.cne.gob.ve/int_divulgacion_resultados/documentos/abstencion.pdf
[3] Consejo Nacional Electoral. CNE emite primer boletín y autoriza a las Juntas Municipales a proclamar a los ganadores. Recuperado de: http://www.cne.gob.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=3280
[4] Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.013 (23 de diciembre, 2010). Recuperado de: http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/LEY-DE-REGULARIZACIÓN-DE-LOS-PERÍODOS-CONSTITUCIONALES-Y-LEGALES-DE.pdf
[5] Rodríguez, R. (10 de septiembre, 2018). Candidatos a concejales tendrán hasta el 19 de septiembre para postularse vía Internet. Efecto Cocuyo. Recuperado de: http://efectococuyo.com/politica/candidatos-a-concejales-tendran-hasta-el-19-de-septiembre-para-postularse-via-internet/
[6] Consejo Nacional Electoral, (8 de diciembre, 2018). CNE emite primer boletín y autoriza a las Juntas Municipales a proclamar a los ganadores. Recuperado de: http://www.cne.gov.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=3280
[7] Consejo Nacional Electoral. Manual de Postulaciones Elecciones Concejos Municipales 2018. Recuperado de: http://www.cne.gov.ve/web/normativa_electoral/elecciones/2018/concejales/documentos/postulaciones/Manual-PROCESOS-POSTULACION-9DIC2018-14092018.pdf
[8] Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Recuperado de: http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/LEY_ORGANICA_DEL_PODER_PUBLICO_MUNICIPAL.pdf
[9] Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE). Artículo 13. Recuperado de: http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/ley_organica_procesos_electorales/titulo2.php
[10] León, I. (1 de marzo, 2018). CNE reprograma megaelecciones para el 20 de mayo. Efecto Cocuyo. Recuperado de: http://efectococuyo.com/politica/cne-reprograma-megaelecciones-para-el-20-de-mayo/
[11] Correo del Orinoco. (12 de septiembre, 2018). 37 partidos políticos pueden postular candidatos para las elecciones del 9-D. Recuperado de: http://www.correodelorinoco.gob.ve/37-partidos-politicos-pueden-postular-candidatos-para-las-elecciones-del-9-d/
[12] Consejo Nacional Electoral (9 de octubre, 2018). 51 organizaciones políticas escogerán posición en boleta para municipales del 9-D. Recuperado de: http://www.cne.gov.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=3745

La publicación oportuna del cronograma para la elección de concejales representa un cambio en la forma en que el CNE venía planificando los comicios. Así, el árbitro volvió a incluir actividades que habían sido suprimidas en los comicios más recientes, al tiempo en que otorgó plazos más extensos a importantes etapas del proceso. Para demostrarlo, presentamos a continuación una comparación con el cronograma de las municipales de 2013. Pero, ¿serán estos cambios suficientes para restituir en la ciudadanía la confianza en el voto?

Para la elección de concejales a celebrarse el próximo 9 de diciembre, el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha seguido las reglas en la elaboración del cronograma electoral. Pese al retraso de un año que experimentaron dichos comicios, los cuales debieron realizarse en diciembre de 2017 por mandato constitucional, el ente convocó el proceso con casi cinco meses de antelación (cuatro meses y 24 días para ser exactos), un comportamiento muy distinto al exhibido en los últimos cuatro procesos electorales.

Cabe recordar que el organismo estableció un plazo de 56 días de anticipación para preparar la irregular elección de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) a mediados del año pasado, 34 días para programar la escogencia de 23 gobernadores el 15 de octubre, 38 días para planificar los comicios de alcaldes del 10 de diciembre y 80 días para planear las elecciones presidenciales y de Consejos Legislativos el pasado 20 de mayo de 2018. Sin embargo, en esta ocasión, el Poder Electoral ha anunciado un lapso de 149 días para la preparación del evento electoral, hasta dos y tres veces más tiempo que el estipulado para los procesos mencionados.


Precisamente, y como ha sido señalado en reiteradas oportunidades por el Observatorio Electoral Venezolano (OEV), los cronogramas de las últimas cuatro elecciones se caracterizaron por ser manejados con alta discrecionalidad por parte del órgano electoral en beneficio del partido gobernante: no fueron publicados con suficiente antelación, sufrieron recortes drásticos, las fechas se modificaron sin previa notificación y las actividades fueron anunciadas a cuentagotas o una vez vencidos sus plazos. Nada de esto parece estar sucediendo en la etapa pre-electorales camino al 9-D.

Cronogramas similares en distintos contextos

En este sentido, el cronograma de estas elecciones para elegir alrededor de 4.900 concejales principales y suplentes tiene muchas similitudes con el cronograma de las municipales de 2013, a pesar de las diferencias que rodean ambos procesos. Mucho ha cambiado el panorama político, empezando por el hecho de que, aunque se traten de comicios de la misma naturaleza, esta vez el CNE incurrió en la violación del mandato que obliga a realizar conjuntamente la escogencia de alcaldes y concejales, tal como lo estipula el artículo 2 de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales[1]. Y es que el organismo solo convocó para diciembre de 2017 la elección de alcaldes, pese a que correspondía también la escogencia de los representantes de los 335 Concejos Municipales del país.

En segundo término, las elecciones en Venezuela ya no transcurren en igualdad de condiciones: no son percibidas como justas, transparentes, libres ni imparciales debido a una cadena de graves episodios que comenzó con la suspensión del Referendo Revocatorio Presidencial, en 2016, y que derivó en el debilitamiento del valor del voto. Ahora, los comicios no solo se organizan con reducida oferta electoral –tras la anulación de los partidos de oposición más votados–, sino que también admiten la alteración de la voluntad popular a través de la sistematización de diversas estrategias políticas –tales como la coacción del electorado a través del Carnet de la Patria, por ejemplo– que acentúan el ventajismo oficialista.

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El hecho de que los venezolanos tengan pocas alternativas para elegir a sus representantes en las cámaras municipales, una restricción en el ejercicio de la democracia, termina por empañar la regularidad con la que fue elaborado el cronograma electoral.

Cronogramas Municipales 2013 vs. Concejales 2018

Mientras que en 2013 el CNE estipuló 103 actividades en el cronograma electoral en un transcurso de 241 días, en 2018 determinó 105 actividades distribuidas en un lapso de 212 días. En ambos casos las actividades incluyen las tres etapas del proceso (pre-electoral, electoral y post-electoral), que inician con la convocatoria y culminan con el proceso de auditoría y sustanciación de las investigaciones por los gastos de campaña.

A grandes rasgos, son escasas las diferencias significativas entre las actividades y sus tiempos de realización en ambos cronogramas. Así, por ejemplo, la convocatoria de 2013 fue hecha con casi seis meses de antelación y en 2018 se materializó casi cinco meses antes, apenas un mes de diferencia contando desde el momento en que fueron publicados formalmente los cronogramas electorales. Aunque desde el OEV se ha promovido que la convocatoria de cualquier comicio debería fijarse y publicarse con un mínimo de seis meses de anticipación, no debe pasar desapercibido el comportamiento de la autoridad electoral en esta oportunidad.

De la misma forma, para las elecciones del próximo 9 de diciembre el organismo incluyó el “Programa de acompañamiento internacional” en un lapso de siete días, mientras que en el documento de 2013 no se hace ninguna mención a actividades relacionadas al acompañamiento. Una importante actividad que también fue excluida de los cronogramas en las últimas cuatro elecciones. Algo similar ocurrió con la etapa para elaborar el diseño de las circunscripciones, la cual contó con 21 días en 2018 y ningún día en 2013.


Algunas etapas sufrieron ligeras reducciones o incrementos de tiempo en el cronograma de 2018. Entre ellas se incluyen: la campaña institucional (con 29 días menos que en 2013), las actividades relacionadas con el Registro Electoral (con seis días menos), la campaña electoral (con cuatro días menos), la feria electoral (un día más que en 2013) y la publicación de resultados en Gaceta Electoral (12 días más que hace cinco años).

En el caso de las actividades asociadas al Registro Electoral, por ejemplo, el CNE otorgó un plazo de 82 días para estas elecciones, similar al de los comicios presidenciales de 2012 (84 días) o al de las municipales de 2013 (88 días) y en contraste con el tiempo de esta etapa estipulado para las presidenciales de 2018 (35 días). Esto permitió la inclusión en el cronograma de una “Jornada especial del Registro Electoral” a realizarse en 32 días, para la inscripción o actualización de los datos de los votantes y para la cual habilitó 706 puntos con máquinas captahuellas[2] distribuidos a lo largo de todo el territorio nacional.

Otras actividades, en cambio, sí reflejaron incrementos o disminuciones de tiempo considerables en comparación con la planificación de 2013, aunque esto no implica necesariamente que se vea alterado el desarrollo del proceso de forma significativa, de acuerdo al análisis realizado por el OEV.
Por un lado, el CNE redujo en 2018 todas las actividades relacionadas a la generación del tabla mesa y la organización del directorio de centros de votación, que sumaron un total de siete días (versus los 97 días planificados en 2013); al tiempo en que estipuló dos actividades relacionadas a la selección y funcionamiento de los miembros de mesa e integrantes de organismos subalternos con una duración de 94 días en 2018, en contraste con los 229 días estipulados para estas actividades en las municipales de 2013. Igualmente, disminuyeron las actividades y los plazos asociados a la elaboración de las boletas electorales (que pasaron de 50 días en 2013 a 12 días en 2018), así como las capacitaciones electorales (73 días menos de una elección a otra).

Vale analizar detalladamente el caso de las postulaciones, una de las etapas que se ha visto más afectada por los recortes en los últimos procesos electorales. Para los comicios del próximo diciembre, el ente estableció 22 actividades en 192 días, frente a las 27 actividades organizadas durante 351 días en 2013 (entendiendo que muchas de las actividades ocurren de forma simultánea). Pese a que esta diferencia se concentró especialmente en los lapsos asignados a la sustitución y modificación de las postulaciones listas y nominales, la realidad es que el lapso para la inscripción de candidatos fue mayor en el proceso de este año, cuando el CNE otorgó 10 días para realizar las postulaciones por internet y otros seis días para presentarlas (el cual fue solo de cinco días en 2013).


También las auditorías sufrieron importantes recortes de tiempo este 2018, con una diferencia de 82 días entre un cronograma y otro, pese a que se estipuló un número similar de actividades para ambos comicios (16 auditorías en 2018 y 21 en 2013). Esta diferencia radica en la supresión del Sistema de Información al Elector (SIE) del sistema de votación y el uso de la tinta indeleble, considerando que se trata de dos mecanismos que refuerzan el sistema pero que no resultan indispensables para su correcto funcionamiento.


Por otro lado, el Poder Electoral incrementó el tiempo para trabajar en las actividades relacionadas a la producción, ensamblaje, despliegue y repliegue del material electoral, a las cuales dedicará 351 días para la elección del 9-D en franco contraste con los 149 días que destinó para la organización del proceso en 2013; aumentó en 60 días las actividades asociadas a la generación de las acreditaciones (incluyendo los lapsos para que los partidos, grupos de electores y comunidades indígenas validen a sus testigos políticos); y amplió igualmente el lapso estipulado para la rendición de cuentas de las organizaciones postulantes, contemplando más de 81 días en 2018 versus los más de 52 días en las municipales de 2013.

Como ha sido referido con anterioridad, los cronogramas de los procesos electorales celebrados desde 2017 experimentaron la eliminación de importantes actividades como el simulacro, los lapsos de inscripción o impugnación al Registro Electoral, el plazo para postular candidatos o las postulaciones de grupos de electores e iniciativa propia, los programas de observación o acompañamiento internacional e, incluso, algunas auditorías que terminaron por debilitar el blindaje de la plataforma tecnológica, mermando la confianza en el sistema automatizado de votación en algunas de estas elecciones.

Es por ello que la publicación oportuna del cronograma para la elección de concejales del próximo 9-D representa, más bien, un cambio en la forma en que el CNE venía regularizando la planificación de los comicios. A diferencia de los últimos cuatro eventos electorales, el cronograma más reciente no cuenta, por ejemplo, con un renglón de “Actividades previas”, lo que indica que el proceso no comenzó antes de que se materializara la convocatoria formal, un actuación que se había hecho recurrente y que es contrario a lo establecido en la Ley Orgánica de Procesos Electorales en su artículo 42.

Lo dicho hasta ahora pone de manifiesto que, pese a que la etapa pre-electoral (que comprende las actividades previas al evento) transcurra con normalidad y sin irregularidades aparentes, eso no asegura que el proceso cumpla con las garantías de una elección justa, libre y democrática de acuerdo a los estándares internacionales. Está por verse si este comportamiento del árbitro, que se evalúa como positivo y en la dirección correcta, será suficiente para recuperar en la mayoría de la ciudadanía la confianza en el voto.


REFERENCIAS
[1] Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.013 (23 de diciembre, 2010). Recuperado de: http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/LEY-DE-REGULARIZACIÓN-DE-LOS-PERÍODOS-CONSTITUCIONALES-Y-LEGALES-DE.pdf
[2] Consejo Nacional Electoral (20 de Julio, 2018). CNE inicia jornada especial de Registro Electoral para Elecciones Municipales 2018. Recuperado de: http://www.cne.gob.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=3727